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Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2024-22061·26 de octubre de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 25 de octubre de 2024 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. El objeto principal de esta resolución es la publicación de los precios de venta al público (PVP) actualizados de determinadas marcas y tipos de productos de tabaco que se venden en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. Esta resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de productos de tabaco, ya que los precios publicados son los que ellos han propuesto. Expendedurías de Tabaco y Timbre, que deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de productos de tabaco, quienes pagarán los precios actualizados. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de precios: La resolución establece los precios de venta al público (PVP) específicos para una lista detallada de labores de tabaco. Estos precios incluyen todos los impuestos aplicables. Ámbito geográfico: Se especifican precios diferentes para la Península e Islas Baleares, y para Ceuta y Melilla, reflejando las diferencias fiscales y de costes en estas regiones. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la facultad de regular los precios de estos productos.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de octubre de 2024.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.