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Resolución de 26 de abril de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2024-8480·27 de abril de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 26 de abril de 2024 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) actualizados de determinadas labores de tabaco en las expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio en España. La resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de tabaco, quienes proponen los precios. Expendedurías de tabaco y timbre, que deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de tabaco, que se verán afectados por los nuevos precios. El Comisionado para el Mercado de Tabacos, que es el organismo responsable de regular el mercado y publicar los precios. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de precios: Se establecen los nuevos PVP para una lista específica de labores de tabaco, incluyendo todos los impuestos aplicables. Los precios se detallan por separado para la Península e Islas Baleares, y para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, reflejando las diferencias fiscales entre estos territorios. Obligatoriedad: Los precios publicados son de obligado cumplimiento para las expendedurías de tabaco y timbre. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Base legal: La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la potestad de publicar los precios. En resumen, la resolución actualiza los precios del tabaco en España, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente en el mercado del tabaco.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 2024.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.