Por Orden ECI/3769/2006, de 4 de diciembre de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 12 de diciembre), se establecieron las adaptaciones generales precisas para la aplicación del Estatuto del personal Investigador en formación, a los beneficiarios de programas de ayuda dirigidos al desarrollo de actividades de formación y especialización científica y técnica a través, como mínimo, de los correspondientes estudios oficiales de doctorado o de ayudas a doctores para investigación, existentes en el momento de la entrada en vigor Real decreto 63/2006, y cuya adecuación se establece en la Disposición transitoria única del mismo. En el punto 2 del artículo 4 de la mencionada Orden ECI/3769/2006, de 4 de diciembre, se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las entidades colaboradoras que lleven a cabo la gestión de las ayudas concedidas a lo beneficiarios de convocatorias inscritas en el marco del Estatuto del personal investigador, podrán percibir una compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas y contratos, tanto humanos como materiales, proporcional al número de beneficiarios activos y cuya cuantía se fijará anualmente por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. De conformidad con dicha normativa, en los ejercicios 2006 y 2007, las universidades y organismos de adscripción de beneficiarios de ayudas para becas y contratos de Formación de profesorado universitario, suscribieron el correspondiente convenio de colaboración, con una duración de cuatro años. En la cláusula 2.4 del mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente por el Ministerio de Educación y Ciencia, a través de resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación. Las ayudas concedidas para el programa de Formación de Profesorado Universitario, gestionado por la Dirección General de Universidades, cuya última convocatoria se publicó por Resolución de 25 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para becas y contratos en el marco del estatuto del personal investigador en formación, del programa de Formación de Profesorado Universitario, modificada por Resolución de 27 de noviembre de 2007, están sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación. Por las razones expuestas, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Uno. En aplicación del artículo cuarto, punto 2 de la Orden ECI/3769/2006, de 4 de diciembre de 2006 y de los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas de Formación de profesorado universitario gestionadas por la Dirección General de Universidades en el marco del Estatuto del personal investigador, se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año, más tres mil euros a aquellas entidades que se han incorporado a dicho programa en el ejercicio 2007, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en los diferentes programas de gestión.
Dos. La compensación por becario y año señalada en el punto anterior, será aplicable a las ayudas para los contratos realizados por las entidades colaboradoras como en su caso, a las ayudas para becas cuya gestión sea asumida en virtud del artículo Tercero de la Orden ECI/3769/2006, de 4 de diciembre de 2006, y que hubiera quedado recogido en el respectivo convenio de colaboración suscrito. Tres. La compensación referida al curso académico 2007-2008, por un importe de 1.052.750 €, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2007.
Cuatro. La compensación que corresponda abonar por las becas y ayudas que se concedan al amparo de la nueva convocatoria del Programa de Formación de Profesorado Universitario, se abonará a las entidades colaboradoras una vez se hayan incorporados los beneficiarios a los respectivos centros de adscripción, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2008.
Madrid, 26 de diciembre de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.
ANEXO Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de contratos y becas del Programa de Formación de Profesorado Universitario, en el marco del Estatuto del Personal investigador en formación y convenio de colaboración
Organismos
Núm. beneficiarios
Importe beneficiarios
Inicio gestión
Importe total compensación
ASOC. CENTRO DE INVESTIGACION COOP EN BIOCIENCIAS CIC BIOGUNE
CENTRO DE MEDICINA REGENERATIVA DE BARCELONA
CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS
CONSORCIO PARA CONSTRUCCION EQUIPAMIENTO Y EXPLOT DEL CENTRO NAC INVESTIGACION SOBRE LA EVOLUCION
CONSORCIO PARA LA GESTION DEL CENTRO DE CIRUGIA MINIMA INVASION
FUNDAC. CENTRO NACIONAL INVES. CARDIOVASC. CARLOS III (CNIC)
FUNDACIO PRIV. DE CATALUNYA PER A LA UNIV. RAMON LLULL
FUNDACIO PRIVADA CENTRE DE REGULACIO GENOMICA
FUNDACION CENTRO DE ESTUDIOS AMBIENTALES DEL MEDITERRANEO
FUNDACION CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES ONCOLOGICAS CARLOS III
FUNDACION JOSE ORTEGA Y GASSET
FUNDACION PARA LA FORMACION E INVESTIGACION SANITARIAS DE LA REGION DE MURCIA
FUNDACION UNIVERSITARIA SAN PABLO-CEU
FUNDACION VALENCIANA CENTRO DE INVESTIGACION PRINCIPE FELIPE
FUNDACION VASCA DE INNOVACION E INVESTIGACION SANITARIAS
INST. NAL. DE INVEST. Y TECNOLOGIA AGRARIA Y ALIMENTARIA
INSTITUT CATALA D'ARQUEOLOGIA CLASSICA
INSTITUT D'ESTUDIS ESPACIALS DE CATALUNYA
INSTITUTO DE CIENCIAS FOTONICAS -ICFO
INSTITUTO DE FISICA DE ALTAS ENERGIAS
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BARCELONA
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID
UNIVERSIDAD CARLOS III
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID
UNIVERSIDAD DE A CORUÑA
UNIVERSIDAD DE ALCALA DE HENARES
UNIVERSIDAD DE ALICANTE
UNIVERSIDAD DE ALMERIA
UNIVERSIDAD DE BARCELONA
UNIVERSIDAD DE BURGOS
UNIVERSIDAD DE CADIZ
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA
UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
UNIVERSIDAD DE CORDOBA
UNIVERSIDAD DE DEUSTO
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
UNIVERSIDAD DE GIRONA
UNIVERSIDAD DE GRANADA
UNIVERSIDAD DE HUELVA
UNIVERSIDAD DE JAEN
UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES
UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
UNIVERSIDAD DE LEON
UNIVERSIDAD DE LLEIDA
UNIVERSIDAD DE MALAGA
UNIVERSIDAD DE MURCIA
UNIVERSIDAD DE NAVARRA
UNIVERSIDAD DE OVIEDO
UNIVERSIDAD DE SALAMANCA
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
UNIVERSIDAD DE SEVILLA
UNIVERSIDAD DE VALENCIA / ESTUDI GENERAL
UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
UNIVERSIDAD DE VIGO
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA
UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ DE ELCHE
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA
UNIVERSIDAD PABLO OLAVIDE DE SEVILLA
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CATALUÑA
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA
UNIVERSIDAD POMPEU FABRA
UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS
UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI DE TARRAGONA
UNIVERSITAT INTERNACIONAL DE CATALUNYA
UNIVERSITAT JAUME I DE CASTELLO
Totales
1.010.750
1.052.750