Con fecha 1 de abril de 2009 se ha suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia.
Según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo a la presente resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 26 de junio de 2009.–El Secretario General de Política Social, Francisco Moza Zapatero.
ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia
En Sevilla, a 1 de abril de 2009.
REUNIDAS
De una parte, D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril (B.O.E. número 90, de 14 de abril de 2008).
Y, D.ª Pilar Rodríguez Rodríguez, como Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), nombrada por Real Decreto 1455/2008, de 29 de agosto (B.O.E. número 211, de 1 de septiembre de 2008).
Y, de otra parte, la Sra. Micaela Navarro Garzón, como Consejera para la Igualdad y Bienestar Social nombrada por Decreto 13/2008, de 19 de abril (B.O.J.A. número 79, de 21 de abril de 2008), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,
EXPONEN
I
El Gobierno ha puesto en marcha medidas extraordinarias para la reactivación de la actividad económica y la generación y mantenimiento del empleo, a través del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de Inversión local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación.
II
Que el citado Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo tiene, entre otras finalidades, la realización de actuaciones vinculadas con el sector de los servicios sociales y, en concreto, con la atención a la dependencia, asignando para tal fin una partida de 400 millones de euros al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 que desarrolla el Real Decreto-Ley citado.
III
Que los referidos créditos, que se distribuirán entre las Comunidades Autónomas sin contraprestación económica para ellas, tienen carácter finalista y se destinarán a facilitar el desarrollo y modernización de la Red de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y la formación de profesionales. Paralelamente, este reparto de créditos tiene por objetivo favorecer la dinamización de la economía y la creación de empleo, con una estimación de generar 35.000 puestos de trabajo.
IV
Que la partida de 400 millones de euros se distribuirá según los criterios que fueron informados en el seno del Consejo Territorial del SAAD, en su reunión de 22 de diciembre de 2008. Los programas susceptibles de ser financiados con los citados créditos y sus destinatarios finales quedan especificados en las cláusulas Cuarta y Quinta del presente Convenio.
V
Que los créditos del Fondo Especial del Estado destinados a generar más servicios de atención a la dependencia serán gestionados por las Comunidades Autónomas mediante la suscripción de los correspondientes Convenios de colaboración con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, con el compromiso por parte de las Administraciones Autonómicas de facilitar información estadística sobre el desarrollo de los programas, fundamentalmente la referida al número de beneficiarios y a la creación de puestos de trabajo que se generen con el desarrollo de los programas.
VI
Que la Comunidad Autónoma de Andalucía ha planteado determinados proyectos de desarrollo de los servicios y programas vinculados a la atención a la dependencia que se encuadran dentro de los criterios aludidos en el punto IV anterior.
Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Consejería de Igualdad y Bienestar Social en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.–Es objeto del presente Convenio de colaboración definir los programas y establecer el procedimiento por el que se transferirá por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su gestión, los créditos destinados a la promoción de servicios de atención a la dependencia, según el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008, publicado por la Orden EHA/3566/2008, de 9 de diciembre.
Segunda. Cuantía de los créditos destinados a la Atención a la Dependencia.–La Comunidad Autónoma de Andalucía recibirá con cargo al Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo, creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, la cantidad de setenta y cuatro millones doscientos sesenta y seis mil novecientos sesenta y tres euros (74.266.963 €) para la realización de las actuaciones que se establecen en el presente Convenio, de acuerdo con los criterios de distribución del Fondo que fueron informados en el Consejo Territorial del SAAD, celebrado el día 22 de diciembre de 2008.
Los créditos transferidos se distribuirán en cuarenta y ocho millones doscientos setenta y tres mil quinientos veintiséis euros (48.273.526 €), con cargo al capítulo VII y en veinticinco millones novecientos noventa y tres mil cuatrocientos treinta y siete euros (25.993.437 €), con cargo al capítulo IV.
Tercera. Naturaleza de los créditos a transferir.–Los créditos a que se refiere la cláusula anterior tendrán carácter finalista e irán destinados, exclusivamente, a facilitar el desarrollo y modernización de la Red de Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y la formación de profesionales, en los términos que se contienen en la cláusula siguiente. Paralelamente, tendrán como objetivo prioritario la generación de empleo en el sector.
En ningún caso los créditos derivados del Fondo Especial del Estado para la Economía y el Empleo consolidarán para ejercicios futuros ya que se trata de una financiación extraordinaria, temporal y no consolidable.
Cuarta. Actuaciones y proyectos objeto de financiación.–Con cargo a los créditos previstos en el presente Convenio de colaboración se podrán financiar los siguientes programas:
I. De inversión:
a) Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día, alojamientos residenciales y centros de promoción de la autonomía personal. Quedarán comprendidas en este programa cuantas iniciativas se dirijan a:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de prevención y atención a la dependencia.
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
3. La transformación de plazas de válidos en plazas para la atención de personas en situación de dependencia.
b) Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día, alojamiento y promoción de la autonomía.
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
II. De gasto corriente:
a) Programas de obras en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales, con el fin de facilitar la accesibilidad y la adaptación del hogar de las personas ya valoradas en situación de dependencia que lo precisen para facilitar la permanencia de las mismas en su domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias.
b) Actuaciones dirigidas a fomentar la formación y cualificación de profesionales y cuidadores ya ligados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como para el desarrollo de un programa de formación específicamente destinado a la capacitación profesional para acceder a los nuevos empleos.
c) Con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la Administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, actuaciones de gestión, mediante compra o concierto, de servicios para la atención de personas en situación de dependencia, siempre que suponga un incremento de los servicios presupuestados por la Comunidad Autónoma en el año 2009.
d) Programas específicamente dedicados a la mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio y de transporte, sobre todo en aquellas zonas carentes de servicios de atención a la dependencia.
La concreción de los programas que desarrollará la Comunidad Autónoma de Andalucía con cargo a los créditos que se transfieren y de acuerdo con las líneas de actuación descritas se concretan en el Anexo I y en el Anexo II de este Convenio.
El Fondo Especial podrá destinarse, dentro del crédito previsto para gasto corriente, a financiar nuevos servicios del catálogo incluidos en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y, en ningún caso, al pago de las prestaciones económicas previstas en el artículo 14. Si entre las opciones de programas, se optara por la alternativa contemplada en el apartado II, letra c de esta cláusula cuarta, una vez agotado el crédito o vencido el plazo de vigencia del presente Convenio, la Comunidad Autónoma deberá hacer frente con sus propios recursos a la continuidad de estos servicios.
Los programas que desarrolle la Comunidad Autónoma, incorporados en el Anexo I y en el Anexo II, se estima que beneficiarán a 26.335 personas y generarán 6.458 puestos de empleo, aproximadamente, en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Quinta. Destinatarios de los créditos.–Aunque los destinatarios de los créditos y responsables de su gestión son las Comunidades Autónomas, podrán ser destinatarios finales de los créditos:
a) Las propias Comunidades Autónomas a través de la ejecución de proyectos propios.
b) Las Entidades Locales en su condición de Administración que colabora en la prestación de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
c) Las Organizaciones sin fin de Lucro para inversiones en centros que forman parte del Sistema o que pasarán a serlo como consecuencia de la inversión
Sexta. Transferencia de los créditos a la Comunidad Autónoma de Andalucía.–Una vez acordados los servicios y programas y, en su caso, las inversiones previstas en los Anexos al presente Convenio de colaboración, el IMSERSO procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Andalucía los créditos establecidos en la cláusula Segunda una vez suscrito el presente Convenio.
Séptima. Ejecución de los Programas objeto de financiación.–Los proyectos deberán ejecutarse de forma inmediata, no pudiendo ser objeto de financiación obras y programas previstos en el presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009.
La ejecución de los programas e inversiones financiados con cargo al presente Convenio deberá realizarse mediante las diversas formas de contratación previstas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
El objeto de estos contratos debe tener un valor estimado, en el caso de las obras, inferior a cinco millones de euros (5.000.000 €) y su contratación se tramitará por el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 96 de la Ley de Contratos del Sector Público, y con los plazos previstos en el artículo 9.1 del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre.
Octava. Justificación de la ejecución de los programas por la Comunidad Autónoma.
1. Sin perjuicio del control de la Intervención General del Estado, respecto de la correcta aplicación de los recursos del Fondo, la Comunidad Autónoma de Andalucía deberá acreditar ante la Dirección General del IMSERSO la realización de las inversiones y la ejecución de los programas previstos en el presente Convenio, durante el primer trimestre del año 2010.
En el supuesto de ejecución de obras podrá prorrogarse el plazo hasta un periodo máximo de seis meses, de mutuo acuerdo por ambas partes, cuando incidencias no imputables a la Comunidad Autónoma hayan retrasado la ejecución de las inversiones. En este caso, la justificación deberá presentarse dentro del mes siguiente a la conclusión de la citada prórroga.
2. La justificación de los programas y actuaciones se materializará en un Certificado firmado por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este Convenio y adverado por el interventor, en el que conste su estado de ejecución, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año, detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito, de acuerdo con el modelo de estado de ejecución que se adjunta como Anexo III al presente Convenio de colaboración.
3. La falta de justificación parcial o total de la aplicación de los recursos recibidos con cargo al Fondo generará la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas. Se entiende por falta de justificación la no remisión a la Dirección General del IMSERSO de la acreditación a la que se refiere el apartado anterior.
Novena. Comisión de Seguimiento.–La organización y supervisión de las actividades correspondientes al presente Convenio de Colaboración, son competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la cual, a los efectos de lo establecido en la cláusula siguiente, informará de sus actuaciones a un equipo paritario designado por la Administración General del Estado y por la Comunidad Autónoma, que estará compuesto por tres miembros nombrados por cada parte con funciones de interpretación y vigilancia de lo establecido en el presente Convenio.
Décima. Información, publicidad y difusión.–La Comunidad Autónoma de Andalucía se compromete a ofrecer la información estadística que se le solicite desde la Administración General del Estado. Asimismo, la Comunidad Autónoma se compromete a colocar en cada una de las actuaciones y obras previstas en el presente Convenio, y en lugar visible, una valla o elemento de señalización según el modelo que se adjunta como Anexo IV. Además, en cuantas actividades realice para la difusión de estos programas deberá destacar la leyenda «Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo» y el logotipo del Plan que se incluye en el Anexo IV.
Undécima. Vigencia.–La duración del presente Convenio se extenderá hasta la completa justificación de los programas e inversiones previstas en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Octava.
Duodécima. Causas de resolución.–Será causa de resolución el incumplimiento del Convenio de colaboración por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta, en función de la que haya incumplido y del momento en que éste se produzca.
Décimotercera. Naturaleza y régimen jurídico.
1. El presente Convenio de Colaboración se halla excluido del ámbito de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público en virtud de lo establecido en el artículo 4.1.c) de dicho texto legal. No obstante, los principios de dicha ley sí serán de aplicación para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse, tal y como establece el artículo 4.2 de la mencionada norma.
2. Su régimen jurídico está regulado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 sobre Convenios de Colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, en el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 que desarrolla el Real Decreto-Ley citado.
3. Asimismo, de este Convenio de Colaboración no se derivará, en ningún caso, relación laboral alguna entre la Administración General del Estado y los profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades que constituyen su objeto. La Comunidad Autónoma de Andalucía determinará en cada caso la naturaleza y vigencia de la relación contractual que establezca con los mencionados profesionales, cuando así proceda.
Décimocuarta. Orden jurisdiccional.–Dada la naturaleza administrativa de este Convenio de colaboración, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo, sin perjuicio de la competencia, en su caso, del Tribunal Constitucional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En prueba de conformidad, firman el presente Convenio de colaboración en triplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.
Por el Ministerio de Educación Política Social y Deporte Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte.–Por El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Pilar Rodríguez Rodríguez, Directora General del IMSERSO.–Por la Comunidad Autónoma de Andalucía, Micaela Navarro Garzón, Consejera para la Igualdad y Bienestar Social.
ANEXO I
Actuaciones y proyectos de inversión objeto de financiación
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía. Quedarán comprendidas en este programa cuantas iniciativas se dirijan a:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de atención y prevención de las situaciones de dependencia.
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
3. Las obras en alojamientos dirigidas a la transformación de plazas de válidos en plazas para atender a personas en situación de dependencia.
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día y alojamiento.
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
Total inversiones
Suma del Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios y del Programa de ampliación de la oferta de plazas:
(*) Tabla de Alternativas:
(**) Tabla de codificación de tipo de servicios:
ANEXO II
Actuaciones y proyectos de gasto corriente objeto de financiación
1. Programas de inversión en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales para la realización de obras y adaptaciones que favorezcan la accesibilidad del hogar de las personas que ya hayan sido valoradas en situación de dependencia y que precisen de una adecuación del hogar (ej.: eliminar una bañera, disponer productos de apoyo…). El objetivo de estos programas es facilitar la permanencia de las personas con dependencia en su propio domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias.
2. Actuaciones dirigidas a fomentar la formación y cualificación de los profesionales y cuidadores ya ligados al SAAD, así como para el desarrollo de un programa de formación específicamente destinado a la capacitación profesional para acceder a nuevos empleos.
3. Con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la Administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante compra o concierto.
4. Programas específicamente dedicados a la mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio y de transporte, sobre todo en aquellos territorios carentes de infraestructuras de servicios de atención a la dependencia.
Total gasto corriente
Total inversiones y gasto corriente
ANEXO III
Estado de Ejecución de los Créditos del Fondo Especial para la Dinamización de la Economía y el Empleo derivados del Convenio de dolaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, y la Comunidad Autónoma de Andalucía,
D./Dª..………………………………..……….. Director/a General de.................................de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CERTIFICA:
1.º Que, según consta en los archivos de esta Comunidad Autónoma, se ha recibido del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, una aportación por importe total de 74.266.963 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 3138.451.0 y 3138.751.0 de los Presupuestos Generales del Estado del año 2009
2.º Que el estado de ejecución a fecha de 31 de diciembre de 2009 es el que se especifica a continuación:
3.º Que, una vez finalizada la vigencia del Convenio, se han ejecutado los proyectos presentados a financiación del Fondo Especial para la Dinamización de la Economía y el Empleo,en los términos expresados en los Anexos I y II, ó, en su caso, de conformidad con los proyectos recogidos en los nuevos anexos que se adjuntan a la presente certificación.
Lugar y fecha: ............................ a ............... de ......................... de 2010
ANEXO IV
(No procede su publicación al tratarse del Manual de Identidad del PlanE, que contiene las reglas de difusión de las actuaciones objeto del convenio; disponible en la página web www.saad.mtas.es).
N.ºProyecto
Alternativas(*)
Tipo de servicio (**)
Provincia
Localidad
Nombre del Centro
Financiación Fondo Especial–Euros
N.º de plazas mejoradas
Puestos detrabajo generados
1
1,1
RM
Cádiz.
Puerto Sta. María.
CR. Afanas
300.000,00
46
26
2
1,1
RM
Granada.
Montefrio.
CR. Municipal
706.000,00
29
61
3
1,1
CDM
Huelva.
Moguer.
UED. Municipal
499.878,85
30
43
4
1,1
RM
Armería.
Armería.
CR. Diputación
240.000,00
136
21
5
1,1
RM
Málaga.
Antequera.
CR. Diputación
120.588,28
59
11
6
1,1
RM
Málaga.
Archidona.
CR. Diputación
20.000,00
61
2
7
1,1
RM
Sevilla.
Marchena.
CR. Diputación
300.000,00
70
26
8
1,1
RM
Sevilla.
Sevilla.
CR. Diputación
800.000,00
39
70
9
1,1
CDM
Cádiz.
Chiclana de la Fra.
UED. Diputación
500.000,00
50
43
Total
3.486.467,13
520
303
N.º Proyecto
Alternativas (*)
Tipo de servicio(**)
Provincia
Localidad
Nombre del Centro
Financiación Fondo Especial
N.º de plazas ampliadas
Puestos de trabajo generados
1
2,1
RDF/ CDDF
Almería.
Albox
Residencia Discap. Físicos Gravemente Afectados y UED «El Saliente»
1.800.000,00
51
156
2
2,1
RDP
Córdoba.
El Viso
Residencia de Gravemente Afectados del Ayunt. de el Viso
2.000.000,00
50
174
3
2,1
RDP
Granada.
Loja
Residencia para Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Loja
2.500.000,00
73
217
4
2,1
RDP
Málaga.
San Pedro de Alcántara
Residencia de Personas Discapacitadas «Aspandem»
2.318.789,00
36
202
5
2,1
RDF/ CDDF
Sevilla.
Sevilla
Centro Polivalente de Canf-Cocemfe Andalucía
4.000.000,00
61
348
6
2,1
CDDP
Sevilla.
Sevilla
Centro Integral de Recursos «Angel Riviere»
600.000,00
25
52
7
2,1
RDF/ CDDF
Sevilla.
Salteras
UED y Residencia Para Sordociegos «Sta. Ángela de La Cruz»
2.000.000,00
42
174
8
2,1
RDP/ CDDP
Jaén.
Torredelcampo
Residencia Pdf y Co Agrupación Benefico Particulares del Ayunt. Torredelcampo.
1.300.000,00
55
113
9
2,1
RDP/ CDDP
Jaén.
Quesada
Rga y Ued Para Discapacitados del Ayunt. de Quesada
2.000.000,00
55
174
10
2,1
CDDP
Cádiz.
Jerez de la Frontera
Unidad de Estancia Diurna Asoc. Padres Niños Autistas
2.283.151,50
45
199
11
2,1
RDP/ CDDP
Cádiz.
San Fernando
Rga y Ued «Upace»
3.428.243,72
105
298
12
2,1
CDM
Almería.
Taberno
UED. Municipal
648.190,98
30
56
13
2,1
CDM
Almeria.
Albanchez
UED. Municipal
750.000,00
33
65
14
2,1
CDM
Almeria.
Pechina
UED. Municipal
200.000,00
40
17
15
2,1
CDM
Almeria.
Fines
UED. Municipal
500.000,00
30
43
16
2,1
CDM
Almeria.
Lubrin
UED. Municipal
450.119,29
30
39
17
2,1
CDM
Cádiz.
Cádiz
UED. Cruz Roja
380.000,00
30
33
18
2,1
CDM
Cádiz.
Cádiz
UED. Paz y Afiliación
450.000,00
50
39
19
2,1
CDM
Córdoba.
Benameji
UED. Municipal
400.000,00
20
35
20
2,1
CDM
Córdoba.
Santaella
UED. Municipal
650.000,00
30
57
21
2,1
CDM
Córdoba.
Nueva Cartelya
UED. Municipal
300.000,00
20
26
22
2,1
CDM
Córdoba.
San Sebastián de los Ballesteros
UED. Municipal
145.000,00
15
13
23
2,1
CDM
Córdoba.
Montalban
UED. Municipal
350.000,00
30
30
24
2,1
RM
Córdoba.
Palenciana
CR. Municipal
675.000,00
30
59
25
2,1
CDM
Granada.
Salar
UED. Municipal
754.314,00
35
66
26
2,1
CDM
Granada.
Valderrubio
UED. Municipal
400.000,00
20
35
27
2,1
CDM
Granada.
Huelago
UED. Municipal
120.000,00
20
10
28
2,1
CDM
Granada.
Huescar
UED. Municipal
425.000,00
20
37
29
2,1
CDM
Huelva.
Arroyomolinos de León
UED. Municipal
195.250,00
15
17
30
2,1
CDM
Huelva.
Niebla
UED. Municipal
135.198,00
25
12
31
2,1
CDM
Huelva.
Aroche
UED. Municipal
386.567,15
20
34
32
2,1
CDM
Huelva.
San Bartolome de la Torre
UED. Municipal
550.525,26
30
48
33
2,1
CDM
Jaén.
Cabra del Santo Cristo
UED. Municipal
54.348,00
20
5
34
2,1
CDM
Jaén.
Segura de la Sierra
UED. Municipal
150.372,00
50
13
35
2,1
RM
Jaén.
Santiago Pontones
Cr.Municipal
73.997,40
20
6
36
2,1
RM
Jaén.
Jabalquinto
Cr.Municipal
56.000,00
20
5
37
2,1
RM
Jaén.
Vilches
Cr.Municipal
483.140,00
18
42
38
2,1
RM
Jaén.
Villacarrillo
Cr.Municipal
990.357,00
48
86
39
2,1
CDM
Málaga.
Alora
UED. Municipal
100.000,00
25
9
40
2,1
CDM
Málaga.
Casarabonela
UED. Municipal
100.000,00
30
9
41
2,1
CDM
Málaga.
Periana
UED. Municipal
90.000,00
40
8
42
2,1
CDM
Málaga.
Pizarra
UED. Municipal
600.000,00
30
52
43
2,1
CDM
Sevilla.
Alcalá de Guadaira
UED. Municipal
658.680,20
50
57
44
2,1
CDM
Sevilla.
Los Corrales
UED. Municipal
295.681,68
30
26
45
2,1
CDM
Sevilla.
Badolatosa
UED. Municipal
339.386,33
15
30
46
2,1
CDM
Sevilla.
Castillo de las Guardas
UED. Municipal
154.816,16
38
13
47
2,1
CDM
Sevilla.
Aguadulce
UED. Municipal
80.193,00
20
7
48
2,1
RM
Sevilla.
Almaden de la Plata
Cr. Municipal
1.292.438,88
34
112
49
2,1
RM
Málaga.
Cortes de la Fra.
Cr. Municipal
600.000,00
38
52
50
2,1
REM
Córdoba.
Cordoba
Casa Hogar
1.100.000,00
50
96
51
2,1
REM
Cádiz.
La Linea de la Concepción
Casa Hogar
360.000,00
20
31
52
2,1
REM
Málaga.
Velez Málaga
Casa Hogar/Estancias Diurnas
1.300.000,00
50
113
53
2,1
REM
Almería.
Armería
Casa Hogar
950.000,00
20
83
54
2,1
REM
Cádiz.
Jerez de la Frontera
Casa Hogar
980.000,00
20
85
55
2,1
CDDP/CDDF
Málaga.
Málaga
Ued/Asociación Serranía de Churriana
882.299,32
30
77
Total
44.787.058,87
1.887
3.895
Alternativas (*)
Financiación Fondo Especial–Euros
Puestos detrabajo generados
1,1
3.486.467,13
303
2,1
44.787.058,87
3.895
Total
48.273.526
4.198
Programas
Alternativas
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de atención y prevención de las situaciones de dependencia.
1.1
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
1.2
3. Las obras en alojamientos dirigidas a la transformación de plazas de válidos en plazas para atender a personas en situación de dependencia.
1.3
1. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día y alojamiento
2.1
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia:
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes
2.2
Servicios
Código
Servicio de atención residencial para mayores
RM
Servicio de atención residencial para personas con discap. física
RDF
Servicio de atención residencial para personas con discap. psíquica
RDP
Servicio de atención residencial para personas con enfermedad mental
REM
Servicio de atención residencial especializada
RAE
Servicio de Centro de Día para mayores
CDM
Servicio de Centro de Día para personas con discap. física
CDDF
Servicio de Centro de Día para personas con discap. psíquica
CDDP
Servicio de Centro de Día para personas con enfermedad mental
CDEM
Servicio de Centro de Día de atención especializada
CDAE
Servicio de Centro de Noche
CN
Centros y Servicios de Promoción de la Autonomía Personal.
PAP
N.º Proyecto
Provincia
Localidad
N.º de obras
N.º adaptaciones
Financiación Fondo Especial
Puestos detrabajo generados
Total
Nº Proyecto
Provincia
Localidad
Tipo y n.º de cursos
N.ºPlazas
Financiación fondo especial
Puestos detrabajo generados
1
Andalucía*
Andalucía*
Dirigido a Personal Cibs y Delegac (36)
700
71.187,24
6
2
Andalucía*
Andalucía*
Dirigido a Personal Valorador (100)
2.436
208.065,00
18
3
Andalucía*
Andalucía*
Dirigido a Sscc
3.172
300.406,00
26
4
Andalucía*
Andalucía*
Dirigido a Red de Centros
900
219.467,16
19
5
Andalucía*
Andalucía*
Cuidadores/as Aulabus (800)
12.8
522.268,00
46
6
Andalucía*
Andalucía*
Talleres Cuidadores/as (16)
320
79.283,60
7
Total
1.146
20.328
1.400.677
122
* Las actividades formativas se llevarán a cabo en las ocho provincias de Andalucía, en la actualidad se esta procediendo a su organización y ubicación definitiva en las diferentes localidades en las que serán impartidas, por lo que dicha relación se enviará en cuanto las actividades estén cerradas.
Servicios
Nuevas plazas
Puestos de trabajo generados
Aportaciones Fondo Especial
En plazas propias
En plazas concertadas
Administración Local
Titularidad privada
Sº Prevención y Promoción de la Autonomía Personal.
Sº Teleasistencia.
Sº Centro de Día y de Noche
Centro de Día mayores 65 años.
2.25
1015
2.471.771
9.207.021
Centro de Día menores 65 años.
1.35
1123
2.519.595
10.394.373
Centro de Día atención especializada.
Centro de Noche.
SºResidencia
Personas mayores en situación de dependencia.
Personas con discapacidad en situación de dependencia.
Totales
3.6
2.138
4.991.366
19.601.394
Total en plazas propias y concertadas
24.592.760
Servicios
Nuevos servicios
Puestos de trabajo generados
Aportaciones fondo especial
Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio
Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de transporte
Total
Programas
Financiación fondo especial–Euros
Puestos deTrabajo generados
1. Programas de inversión en alojamientos particulares
2.1. Formación y cualificación de los profesionales ya ligados al SAAD y de los cuidadores no profesionales
1.400.677,00
122
2.2. Capacitación profesional para acceder a nuevos empleos.
3.1. Actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante compra.
3.2. Actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante concierto.
24.592.760,00
2.138
4.1. Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio
4.2. Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de transporte
Total
25.993.437
2.26
Financiación fondo especial–Euros
Puestos detrabajo generados
Inversiones
48.273.526
4.198
Gasto corriente
25.993.437
2.26
Total
74.266.963
6.458
Aplicación económica del PGE
Asignación (euros)(1)
Compromiso de crédito(2)
Obligaciones reconocidas(3)
Pagos realizados(4)
Remanentes(1-2)
Obligaciones pendientes de pago(3-4)
3138.451.0
3138.751.0
V.º B.º EL INTERVENTOR,(Firma y sello)Fdo.: (Nombre y apellidos)
EL/LA DIRECTOR/A(Firma y sello)Fdo.: (Nombre y apellidos)