Con fecha 6 de abril de 2009 se ha suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia.
Según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del citado Convenio, que figura como anexo a la presente resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 26 de junio de 2009.–El Secretario General de Política Social, Francisco Moza Zapatero.
ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia
En Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2009.
REUNIDAS
De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril (B.O.E. número 90, del 14); mediante Orden Comunicada de 23 de marzo de 2009, por la que se delega la firma de este Convenio de colaboración, doña Amparo Valcarce García, Secretaria de Estado de Política Social, Familia y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, nombrada por Real Decreto 474/2008, de 14 de abril (B.O.E. número 91, del 15).
Y, doña Pilar Rodríguez Rodríguez, como Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), nombrada por Real Decreto 1455/2008, de 29 de agosto (B.O.E. número 211, de 1 de septiembre).
Y, de otra parte, la Sra. doña Inés Nieves Rojas de León, como Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, nombrada por Decreto 208/2007, de 13 de julio (B.O.C. número 141), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,
EXPONEN
I
El Gobierno ha puesto en marcha medidas extraordinarias para la reactivación de la actividad económica y la generación y mantenimiento del empleo, a través del Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de Inversión local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación.
II
Que el citado Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo tiene, entre otras finalidades, la realización de actuaciones vinculadas con el sector de los servicios sociales y, en concreto, con la atención a la dependencia, asignando para tal fin una partida de 400 millones de euros al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 que desarrolla el Real Decreto-ley citado.
III
Que los referidos créditos, que se distribuirán entre las Comunidades Autónomas sin contraprestación económica para ellas, tienen carácter finalista y se destinarán a facilitar el desarrollo y modernización de la Red de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y la formación de profesionales. Paralelamente, este reparto de créditos tiene por objetivo favorecer la dinamización de la economía y la creación de empleo, con una estimación de generar 35.000 puestos de trabajo.
IV
Que la partida de 400 millones de euros se distribuirá según los criterios que fueron informados en el seno del Consejo Territorial del SAAD, en su reunión de 22 de diciembre de 2008. Los programas susceptibles de ser financiados con los citados créditos y sus destinatarios finales quedan especificados en las cláusulas Cuarta y Quinta del presente convenio.
V
Que los créditos del Fondo Especial del Estado destinados a generar más servicios de atención a la dependencia serán gestionados por las Comunidades Autónomas mediante la suscripción de los correspondientes convenios de colaboración con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, con el compromiso por parte de las Administraciones Autonómicas de facilitar información estadística sobre el desarrollo de los programas, fundamentalmente la referida al número de beneficiarios y a la creación de puestos de trabajo que se generen con el desarrollo de los programas.
VI
Que la Comunidad Autónoma de Canarias ha planteado determinados proyectos de desarrollo de los servicios y programas vinculados a la atención a la dependencia que se encuadran dentro de los criterios aludidos en el punto IV anterior.
Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.–Es objeto del presente convenio de colaboración definir los programas y establecer el procedimiento por el que se transferirá por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, a la Comunidad Autónoma de Canarias para su gestión, los créditos destinados a la promoción de servicios de atención a la dependencia, según el Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008, publicado por la Orden EHA/3566/2008, de 9 de diciembre.
Segunda. Cuantía de los créditos destinados a la Atención a la Dependencia.–La Comunidad Autónoma de Canarias recibirá con cargo al Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo, creado por el Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, la cantidad de doce millones novecientos un mil novecientos cincuenta y tres euros (12.901.953 €) para la realización de las actuaciones que se establecen en el presente Convenio, de acuerdo con los criterios de distribución del Fondo que fueron informados en el Consejo Territorial del SAAD, celebrado el día 22 de diciembre de 2008.
Los créditos transferidos se distribuirán en ocho millones trescientos ochenta y seis mil doscientos setenta euros (8.386.270 €), con cargo al capítulo VII y en cuatro millones quinientos quince mil seiscientos ochenta y tres euros (4.515.683 €), con cargo al capítulo IV.
Tercera. Naturaleza de los créditos a transferir.–Los créditos a que se refiere la cláusula anterior tendrán carácter finalista e irán destinados, exclusivamente, a facilitar el desarrollo y modernización de la Red de Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y la formación de profesionales, en los términos que se contienen en la cláusula siguiente. Paralelamente, tendrán como objetivo prioritario la generación de empleo en el sector.
En ningún caso los créditos derivados del Fondo Especial del Estado para la Economía y el Empleo consolidarán para ejercicios futuros ya que se trata de una financiación extraordinaria, temporal y no consolidable.
Cuarta. Actuaciones y proyectos objeto de financiación.–Con cargo a los créditos previstos en el presente convenio de colaboración se podrán financiar los siguientes programas:
I. De inversión:
a) Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día, alojamientos residenciales y centros de promoción de la autonomía personal. Quedarán comprendidas en este programa cuantas iniciativas se dirijan a:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de prevención y atención a la dependencia.
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
3. La transformación de plazas de válidos en plazas para la atención de personas en situación de dependencia.
b) Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día, alojamiento y promoción de la autonomía.
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
II. De gasto corriente:
a) Programas de obras en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales, con el fin de facilitar la accesibilidad y la adaptación del hogar de las personas ya valoradas en situación de dependencia que lo precisen para facilitar la permanencia de las mismas en su domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias.
b) Actuaciones dirigidas a fomentar la formación y cualificación de profesionales y cuidadores ya ligados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como para el desarrollo de un programa de formación específicamente destinado a la capacitación profesional para acceder a los nuevos empleos.
c) Con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la Administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, actuaciones de gestión, mediante compra o concierto, de servicios para la atención de personas en situación de dependencia, siempre que suponga un incremento de los servicios presupuestados por la Comunidad Autónoma en el año 2009.
d) Programas específicamente dedicados a la mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio y de transporte, sobre todo en aquellas zonas carentes de servicios de atención a la dependencia.
La concreción de los programas que desarrollará la Comunidad Autónoma de Canarias con cargo a los créditos que se transfieren y de acuerdo con las líneas de actuación descritas se concretan en el Anexo I y en el Anexo II de este Convenio.
El Fondo Especial podrá destinarse, dentro del crédito previsto para gasto corriente, a financiar nuevos servicios del catálogo incluidos en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y, en ningún caso, al pago de las prestaciones económicas previstas en el artículo 14. Si entre las opciones de programas, se optara por la alternativa contemplada en el apartado II, letra c de esta cláusula cuarta, una vez agotado el crédito o vencido el plazo de vigencia del presente convenio, la Comunidad Autónoma deberá hacer frente con sus propios recursos a la continuidad de estos servicios.
Los programas que desarrolle la Comunidad Autónoma, incorporados en el Anexo I y en el Anexo II, se estima que beneficiarán a 1.927 personas y generarán 413 puestos de empleo, aproximadamente, en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Quinta. Destinatarios de los créditos.–Aunque los destinatarios de los créditos y responsables de su gestión son las Comunidades Autónomas, podrán ser destinatarios finales de los créditos:
a) Las propias Comunidades Autónomas a través de la ejecución de proyectos propios.
b) Las Entidades Locales en su condición de Administración que colabora en la prestación de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
c) Las Organizaciones sin fin de Lucro para inversiones en centros que forman parte del Sistema o que pasarán a serlo como consecuencia de la inversión.
Sexta. Transferencia de los créditos a la Comunidad Autónoma de Canarias.–Una vez acordados los servicios y programas y, en su caso, las inversiones previstas en los Anexos al presente convenio de colaboración, el IMSERSO procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Canarias los créditos establecidos en la cláusula Segunda una vez suscrito el presente convenio.
Séptima. Ejecución de los Programas objeto de financiación.–Los proyectos deberán ejecutarse de forma inmediata, no pudiendo ser objeto de financiación obras y programas previstos en el presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009.
La ejecución de los programas e inversiones financiados con cargo al presente Convenio deberá realizarse mediante las diversas formas de contratación previstas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
El objeto de estos contratos debe tener un valor estimado, en el caso de las obras, inferior a cinco millones de euros (5.000.000 €) y su contratación se tramitará por el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 96 de la Ley de Contratos del Sector Público, y con los plazos previstos en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre.
Octava. Justificación de la ejecución de los programas por la Comunidad Autónoma.
1. Sin perjuicio del control de la Intervención General del Estado, respecto de la correcta aplicación de los recursos del Fondo, la Comunidad Autónoma de Canarias deberá acreditar ante la Dirección General del IMSERSO la realización de las inversiones y la ejecución de los programas previstos en el presente Convenio, durante el primer trimestre del año 2010.
En el supuesto de ejecución de obras podrá prorrogarse el plazo hasta un periodo máximo de seis meses, de mutuo acuerdo por ambas partes, cuando incidencias no imputables a la Comunidad Autónoma hayan retrasado la ejecución de las inversiones. En este caso, la justificación deberá presentarse dentro del mes siguiente a la conclusión de la citada prórroga.
2. La justificación de los programas y actuaciones se materializará en un Certificado firmado por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este convenio y adverado por el interventor, en el que conste su estado de ejecución, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año, detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito, de acuerdo con el modelo de estado de ejecución que se adjunta como Anexo III al presente convenio de colaboración.
3. La falta de justificación parcial o total de la aplicación de los recursos recibidos con cargo al Fondo generará la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas. Se entiende por falta de justificación la no remisión a la Dirección General del IMSERSO de la acreditación a la que se refiere el apartado anterior.
Novena. Comisión de Seguimiento.–La organización y supervisión de las actividades correspondientes al presente Convenio de Colaboración, son competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, la cual, a los efectos de lo establecido en la cláusula siguiente, informará de sus actuaciones a un equipo paritario designado por la Administración General del Estado y por la Comunidad Autónoma, que estará compuesto por tres miembros nombrados por cada parte con funciones de interpretación y vigilancia de lo establecido en el presente Convenio.
Décima. Información, publicidad y difusión.–La Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a ofrecer la información estadística que se le solicite desde la Administración General del Estado. Asimismo, la Comunidad Autónoma Canarias se compromete a colocar en cada una de las actuaciones y obras previstas en el presente Convenio, y en lugar visible, una valla o elemento de señalización según el modelo que se adjunta como Anexo IV. Además, en cuantas actividades realice para la difusión de estos programas deberá destacar la leyenda «Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo» y el logotipo del Plan que se incluye en el Anexo IV.
Undécima. Vigencia.–La duración del presente convenio se extenderá hasta la completa justificación de los programas e inversiones previstas en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Octava.
Duodécima. Causas de resolución.–Será causa de resolución el incumplimiento del convenio de colaboración por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta, en función de la que haya incumplido y del momento en que éste se produzca.
Decimotercera. Naturaleza y régimen jurídico.
1. El presente Convenio de Colaboración se halla excluido del ámbito de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público en virtud de lo establecido en el artículo 4.1.c) de dicho texto legal. No obstante, los principios de dicha ley sí serán de aplicación para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse, tal y como establece el artículo 4.2 de la mencionada norma.
2. Su régimen jurídico está regulado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 sobre Convenios de Colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, en el Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 que desarrolla el Real Decreto-ley citado.
3. Asimismo, de este Convenio de Colaboración no se derivará, en ningún caso, relación laboral alguna entre la Administración General del Estado y los profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades que constituyen su objeto. La Comunidad Autónoma de Canarias determinará en cada caso la naturaleza y vigencia de la relación contractual que establezca con los mencionados profesionales, cuando así proceda.
Decimocuarta. Orden jurisdiccional.–Dada la naturaleza administrativa de este convenio de colaboración, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo, sin perjuicio de la competencia, en su caso, del Tribunal Constitucional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En prueba de conformidad, firman el presente convenio de colaboración en triplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte (Por Orden Comunicada de 23 de marzo), Amparo Valcarce García, Secretaria de Estado de Política Social, Familia y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad.–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales: Pilar Rodríguez Rodríguez, Directora General del IMSERSO.–Por la Comunidad Autónoma de Canarias: Inés Nieves Rojas de León, Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda
ANEXO I
Actuaciones y proyectos de inversión objeto de financiación
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía
Quedarán comprendidas en este programa cuantas iniciativas se dirijan a:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de atención y prevención de las situaciones de dependencia.
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
3. Las obras en alojamientos dirigidas a la transformación de plazas de válidos en plazas para atender a personas en situación de dependencia.
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día y alojamiento.
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
Total inversiones
Suma del Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios y del Programa de ampliación de la oferta de plazas
(*) TABLA DE ALTERNATIVAS
(**) TABLA DE CODIFICACIÓN DE TIPO DE SERVICIOS
ANEXO II
Actuaciones y proyectos de gasto corriente objeto de financiación
1. Programas de inversión en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales para la realización de obras y adaptaciones que favorezcan la accesibilidad del hogar de las personas que ya hayan sido valoradas en situación de dependencia y que precisen de una adecuación del hogar (ej.: eliminar una bañera, disponer productos de apoyo…). El objetivo de estos programas es facilitar la permanencia de las personas con dependencia en su propio domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias.
2. Actuaciones dirigidas a fomentar la formación y cualificación de los profesionales y cuidadores ya ligados al SAAD, así como para el desarrollo de un programa de formación específicamente destinado a la capacitación profesional para acceder a nuevos empleos.
3. Con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la Administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante compra o concierto.
4. Programas específicamente dedicados a la mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio y de transporte, sobre todo en aquellos territorios carentes de infraestructuras de servicios de atención a la dependencia.
TOTAL GASTO CORRIENTE
ANEXO III
Estado de ejecución de los créditos del Fondo Especial para la Dinamización de la Economía y el Empleo derivados del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, y la Comunidad Autónoma de Canarias
D./D.ª..………………………………..……….. Director/a General de................................................................... de la Comunidad Autónoma de Canarias.
CERTIFICA:
1.º Que, según consta en los archivos de esta Comunidad Autónoma, se ha recibido del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, una aportación por importe total de 12.901.953 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 3138.451.0 y 3138.751.0 de los Presupuestos Generales del Estado del año 2009
2.º Que el estado de ejecución a fecha de 31 de diciembre de 2009 es el que se especifica a continuación:
3.º Que, una vez finalizada la vigencia del convenio, se han ejecutado los proyectos presentados a financiación del Fondo Especial para la Dinamización de la Economía y el Empleo, en los términos expresados en los Anexos I y II, ó, en su caso, de conformidad con los proyectos recogidos en los nuevos anexos que se adjuntan a la presente certificación.
Lugar y fecha: _______________ a ___ de __________ de 2010
ANEXO IV
(No procede su publicación al tratarse del Manual de Identidad del PlanE, que contiene las reglas de difusión de las actuaciones objeto del convenio; disponible en la página web www.saad.mtas.es)
N.º Proyecto
Alternativas(*)
Tipo de servicio (**)
Provincia
Localidad
Nombre del Centro
Financiación Fondo Especial–Euros
N.º de plazas mejoradas
Puestos detrabajo generados
1
1.1
CDAE
LPGC
Arucas
Centro de Alzheimer Arucas
30.56
*(2)
2
1.1
CDDP
SCTFE
Breña Alta
Residencia discapacitados Nina Jaubert
10.634
10
1
3
1.1
RAE/CDAE
LPGC
Sta María Guía
CAMP Obispo Padre Cueto
21.358
56
1
4
1.1
RM
LPGC
Taliarte
Residencia Mixta Taliarte
1.318.049
194
42
5
1.1
CDM
LPGC
Las Palmas Gran Canaria
Centro de Mayores Escaleritas
33.956
*(2)
6
1.1
RAE/CDAE
LPGC
Las Palmas Gran Canaria
CAMP Reina Sofía
125.4
102
4
7
1.1
RAE/CDAE
LPGC
Telde
CAMP San José de Las Llongueras
46.233
54
1
8
1.1
RM
SCTFE
Frontera
Residencia de la Tercera Edad de Frontera
51.613
26
2
9
1.1
RAE/CDAE
SCTFE
Güímar
CAMP Reina Sofía
67.912
65
2
1.1
RAE/CDAE
SCTFE
Güímar
CAMP Reina Sofía
88.285
3
1.2
RAE/CDAE
SCTFE
Güímar
CAMP Reina Sofía
20.374
1
10
1.1
CDDP
SCTFE
La Laguna
Trisomicos 21
61.121
43
4
11
1.2
CDDP/PAP
SCTFE
La Laguna
Centro Ocupacional Los Verodes
13.582
41
1
1.2
CDDP/PAP
SCTFE
La Laguna
Centro Ocupacional Los Verodes
305.603
7
12
1.2
RDP
SCTFE
La Matanza de Acentejo
Residencia Jesús de Nazareth
13.582
18
1
13
1.1
RDP
SCTFE
La Orotava
Residencia Santos Ángeles
67.912
17
3
1.2
RDP
SCTFE
La Orotava
Residencia Santos Ángeles
13.582
1
14
1.2
RAE
SCTFE
La Orotava
Hospital Santísima Trinidad
54.329
67
3
15
1.1
CDAE
SCTFE
Los Llanos de Aridane
Asociación Niños Especiales La Palma
349.696
13
*(1)
16
1.2
CDM
SCTFE
Los Llanos de Aridane
Centro de Día Los Llanos de Aridane
103.745
31
3
17
1.1
RM
SCTFE
Puerto de la Cruz
Hogar Santa Rita
1.018.677
207
48
18
1.2
CEAE
SCTFE
Breña Baja
CRPS y Residencia Salud Mental
135.033
16
3
19
1.2
RDP
SCTFE
San Miguel de Abona
Residencia San Miguel
13.582
18
1
20
1.1
CDAE
SCTFE
San Sebastián de la Gomera
Centro de Día Casa Los Leones
520.183
37
7
21
1.2
RM
SCTFE
Santa Cruz de La Palma
Residencia Pensionistas
429.542
136
5
22
1.1
RAE
SCTFE
Santa Cruz de Tenerife
Hospital Febles Campos
67.912
184
5
1.2
RAE
SCTFE
Santa Cruz de Tenerife
Hospital Febles Campos
101.868
6
23
1.2
RM
SCTFE
Santa Cruz de Tenerife
Residencia de Mayores de Ofra
101.868
114
3
1.2
RM
SCTFE
Santa Cruz de Tenerife
Residencia de Mayores de Ofra
254.669
6
1.1
RM
SCTFE
Santa Cruz de Tenerife
Residencia de Mayores de Ofra
50.934
2
24
1.1
RDP
SCTFE
Santiago del Teide
Residencia María Candelaria
33.956
16
2
1.2
RDP
SCTFE
Santiago del Teide
Residencia María Candelaria
13.582
1
25
1.2
RAE/CDAE
SCTFE
La Laguna
Hospital N.ª Señora de los Dolores
13.582
81
1
26
1.2
RDP
SCTFE
La Laguna
Residencia San José
13.582
18
1
27
1.2
RDP
SCTFE
La Laguna
Residencia Manolo Torrás
13.582
16
1
28
1.2
CDDP/PAP
SCTFE
La Laguna
Centro Ocupacional Valle Colino
47.538
81
3
29
1.2
RAE/CDAE
SCTFE
La Laguna
CAMP La Cuesta
101.868
44
6
30
1.3
RM
LPGC
Las Palmas Gran Canaria
C.S. Dermatológico
203.735
37
8
TOTAL
5.933.219
1.729
202
*(1)
Al tratarse de un centro rehabilitador y de terapias de salud, no se puede hablar de n.º de plazas, sólo de abonados.
*(2)
No es posible cuantificar los puestos que va a generar al tratrarse aún de redacciones de proyectos.
N.º Proyecto
Alternativas(*)
Tipo de servicio (**)
Provincia
Localidad
Nombre del Centro
Financiación Fondo Especial–Euros
N.º de Plazas ampliadas
Puestos detrabajo generados
1
2.1
CDM
LPGC
La Graciosa
Centro de Mayores La Graciosa
33.956
*(2)
2
2.1
RAE/CEAE
LPGC
Teguise
CRPS y Residencia Salud Mental
814.941
34
35
3
2.1
RDP/CDDP
LPGC
Puerto del Rosario
Residencia de Discapacitados Psíquicos de Fuerteventura y Centro Ocupacional: urbanización
217.572
21
32
4
2.1
RDP/CDDP
LPGC
Puerto del Rosario
Residencia de Discapacitados Psíquicos de Fuerteventura y Centro Ocupacional: edificio de servicios
597.369
5
2.1
CDM
SCTFE
Santa Cruz de Tenerife
Centro de Mayores S/C de Tfe
57.725
*(2)
6
2.1
CDM
SCTFE
Los Llanos de Aridane
Centro de día Mayores
46.702
17
7
2.1
RM
LPGC
Tijarafe
Residencia de Mayores Tijarafe
39.39
18
2
8
2.1
CDAE
SCTFE
La Laguna
Centro de Día niños con Autismo
241.087
12
10
9
2.2
RM
SCTFE
El Pinar
Residencia Tercera Edad El Pinar
217.318
7
4
10
2.2
RM
SCTFE
Breña Alta
Residencia de Mayores Breña Alta
17.212
18
11
2.2
CDM
SCTFE
Candelaria
Fundación Canaria Santuario de Candelaria
169.779
65
26
TOTAL
2.453.051
192
109
*(2)
No es posible cuantificar los puestos que va a generar al tratrarse aún de redacciones de proyectos.
Alternativas (*)
Financiación Fondo Especial
Puestos detrabajo generados
1.1
3.964.391
140
1.2
1.765.093
54
1.3
203.735
8
2.1
2.048.742
79
2.2
404.309
30
TOTAL
8.386.270
311
Programas
Alternativas
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía.1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de atención y prevención de las situaciones de dependencia.
1.1
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía.2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
1.2
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía.3. Las obras en alojamientos dirigidas a la transformación de plazas de válidos en plazas para atender a personas en situación de dependencia.
1.3
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:1. Inversión en nuevas plazas de centros de día y alojamiento
2.1
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia:2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
2.2
Servicios
Código
Servicio de atención residencial para mayores.
RM
Servicio de atención residencial para personas con discap. física.
RDF
Servicio de atención residencial para personas con discap. psíquica.
RDP
Servicio de atención residencial para personas con enfermedad mental.
REM
Servicio de atención residencial especializada.
RAE
Servicio de Centro de Día para mayores.
CDM
Servicio de Centro de Día para personas con discap. física.
CDDF
Servicio de Centro de Día para personas con discap. psíquica.
CDDP
Servicio de Centro de Día para personas con enfermedad mental.
CDEM
Servicio de Centro de Día de atención especializada.
CDAE
Servicio de Centro de Noche.
CN
Centros y Servicios de Promoción de la Autonomía Personal.
PAP
N.º Proyecto
Provincia
Localidad
N.º de obras
N.º adaptaciones
Financiación Fondo Especial
Puestos detrabajo generados
1
.
.
2
3
4
5
6
7
8
9
10
TOTAL
N.º Proyecto
Provincia
Localidad
Tipo y n.º de cursos
N.º plazas
Financiación Fondo Especial–Euros
Puestos detrabajo generados
1
Santa Cruz de Tenerife.
Santa Cruz de Tenerife.
7
229.864
* (1)
2
Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria.
6
178.29
* (1)
3
4
5
6
7
8
9
TOTAL
13
408.154
*(1)
No es posible cuantificar los puestos que va a generar al tratrarse aún de proyectos formativos.
Servicios
Nuevas plazas
Puestos de trabajo generados
Financiación fondo especial (en €)
En plazas propias
En plazas concertadas
Administración Local
Titularidad privada
Sº Prevención y Promocion de la Autonomía Personal
2
17
797.191
Sº Teleasistencia
Sº. Centro de Día y de Noche
Centro de Día mayores 65 años
Centro de Día menores 65 años
Centro de Día atención especializada
4
64
1.142.833
1.224.464
Centro de Noche
Sº Residencia
Personas mayores en situación de dependencia
Personas con discapacidad en situación de dependencia
TOTALES
6
81
1.142.833
2.021.655
TOTAL EN PLAZAS PROPIAS Y CONCERTADAS
3.164.488
Servicios
Nuevos servicios
Puestos de trabajo generados
Financiación fondo especial
Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio
Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de transporte
6
21
943.041
TOTAL
6
21
943.041
Programas
Financiación Fondo Especial
Puestos detrabajo generados
1. Programas de inversión en alojamientos particulares
2.1. Formación y cualificación de los profesionales ya ligados al SAAD y de los cuidadores no profesionales
408.154
2.2. Capacitación profesional para acceder a nuevos empleos.
3.1. Actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante compra.
3.2. Actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante concierto.
3.164.488
81
4.1. Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio
4.2. Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de transporte
943.041
21
TOTAL (1)
4.515.683
102
(1) La Comunidad Autónoma de Canarias podrá modificar esta cantidad, incrementando lo destinado a actuaciones de Inversiones (Capítulo 7), con los créditos vinculados a gasto corriente (Capítulo 4) en este anexo. Tal modificación se justificará según lo previsto en el anexo III.
Financiación Fondo Especial
Puestos detrabajo generados
INVERSIONES
8.386.270
311
GASTO CORRIENTE
4.515.683
102
TOTAL
12.901.953
413
APLICACIÓN ECONÓMICA DEL PGE
ASIGNACIÓN (EUROS)(1)
COMPROMISO DE CRÉDITO(2)
OBLIGACIONES RECONOCIDAS(3)
PAGOS REALIZADOS(4)
REMANENTES(1-2)
OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO(3-4)
3138.451.0
3138.751.0
V.º B.ºEL INTERVENTOR,
EL/LA DIRECTOR/A
(Firma y sello)
(Firma y sello)
Fdo.: (Nombre y apellidos)
Fdo.: (Nombre y apellidos)