Con fecha 31 de marzo de 2009 se ha suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia.
Según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del citado Convenio, que figura como anexo a la presente resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 26 de junio de 2009.–El Secretario General de Política Social, Francisco Moza Zapatero.
ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia
En Mérida, a 31 de marzo de 2009.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril (B.O.E. número 90, de 14 de abril de 2008).
Y, D.ª Pilar Rodríguez Rodríguez, como Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), nombrada por Real Decreto 1455/2008, de 29 de agosto (B.O.E. número 211, de 1 de septiembre de 2008).
Y, de otra parte, D. Guillermo Fernández Vara, Presidente de la Junta de Extremadura, elegido por la Asamblea de Extremadura en la sesión celebrada los días 26 y 27 de junio de 2007 y nombrado para este cargo por Real Decreto 863/2007, de 28 de junio (B.O.E. n.º 155, de 29 de junio de 2007), actuando en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en virtud de la autorización otorgada al efecto por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 13 de marzo de 2009.
Y, la Sra. D.ª María Jesús Mejuto Carril, Consejera de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 26/2007, de 30 de junio (Diario Oficial de Extremadura Extraordinario número 6, de 2 de julio de 2007).
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,
EXPONEN
I
El Gobierno ha puesto en marcha medidas extraordinarias para la reactivación de la actividad económica y la generación y mantenimiento del empleo, a través del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de Inversión local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación.
II
Que el citado Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo tiene, entre otras finalidades, la realización de actuaciones vinculadas con el sector de los servicios sociales y, en concreto, con la atención a la dependencia, asignando para tal fin una partida de 400 millones de euros al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 que desarrolla el Real Decreto-Ley citado.
III
Que los referidos créditos, que se distribuirán entre las Comunidades Autónomas sin contraprestación económica para ellas, tienen carácter finalista y se destinarán a facilitar el desarrollo y modernización de la Red de Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y la formación de profesionales. Paralelamente, este reparto de créditos tiene por objetivo favorecer la dinamización de la economía y la creación de empleo, con una estimación de generar 35.000 puestos de trabajo.
IV
Que la partida de 400 millones de euros se distribuirá según los criterios que fueron informados en el seno del Consejo Territorial del SAAD, en su reunión de 22 de diciembre de 2008. Los programas susceptibles de ser financiados con los citados créditos y sus destinatarios finales quedan especificados en las cláusulas Cuarta y Quinta del presente Convenio.
V
Que los créditos del Fondo Especial del Estado destinados a generar más servicios de atención a la dependencia serán gestionados por las Comunidades Autónomas mediante la suscripción de los correspondientes Convenios de colaboración con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, con el compromiso por parte de las Administraciones Autonómicas de facilitar información estadística sobre el desarrollo de los programas, fundamentalmente la referida al número de beneficiarios y a la creación de puestos de trabajo que se generen con el desarrollo de los programas.
VI
Que la Comunidad Autónoma de Extremadura ha planteado determinados proyectos de desarrollo de los servicios y programas vinculados a la atención a la dependencia que se encuadran dentro de los criterios aludidos en el punto IV anterior.
Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Consejería de Sanidad y Dependencia en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.–Es objeto del presente Convenio de colaboración definir los programas y establecer el procedimiento por el que se transferirá por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, a la Comunidad Autónoma de Extremadura para su gestión, los créditos destinados a la promoción de servicios de atención a la dependencia, según el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008, publicado por la Orden EHA/3566/2008, de 9 de diciembre.
Segunda. Cuantía de los créditos destinados a la Atención a la Dependencia.–La Comunidad Autónoma de Extremadura recibirá con cargo al Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo, creado por el Real Decreto-ley 9/2008, de 28 de noviembre, la cantidad de once millones tres mil trescientos dieciséis euros (11.003.316.€) para la realización de las actuaciones que se establecen en el presente Convenio, de acuerdo con los criterios de distribución del Fondo que fueron informados en el Consejo Territorial del SAAD, celebrado el día 22 de diciembre de 2008.
Los créditos transferidos se distribuirán en siete millones ciento cincuenta y dos mil ciento cincuenta y cinco euros (7.152.155 €), con cargo al capítulo VII y tres millones ochocientos cincuenta y un mil ciento sesenta y un euros (3.851.161 €), con cargo al capítulo IV.
Tercera. Naturaleza de los créditos a transferir.–Los créditos a que se refiere la cláusula anterior tendrán carácter finalista e irán destinados, exclusivamente, a facilitar el desarrollo y modernización de la Red de Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y la formación de profesionales, en los términos que se contienen en la cláusula siguiente. Paralelamente, tendrán como objetivo prioritario la generación de empleo en el sector.
En ningún caso los créditos derivados del Fondo Especial del Estado para la Economía y el Empleo consolidarán para ejercicios futuros ya que se trata de una financiación extraordinaria, temporal y no consolidable.
Cuarta. Actuaciones y proyectos objeto de financiación.–Con cargo a los créditos previstos en el presente Convenio de colaboración se podrán financiar los siguientes programas:
I. De inversión:
a) Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día, alojamientos residenciales y centros de promoción de la autonomía personal. Quedarán comprendidas en este programa cuantas iniciativas se dirijan a:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de prevención y atención a la dependencia.
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
3. La transformación de plazas de válidos en plazas para la atención de personas en situación de dependencia.
b) Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día, alojamiento y promoción de la autonomía.
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
II. De gasto corriente:
a) Programas de obras en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales, con el fin de facilitar la accesibilidad y la adaptación del hogar de las personas ya valoradas en situación de dependencia que lo precisen para facilitar la permanencia de las mismas en su domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias.
b) Actuaciones dirigidas a fomentar la formación y cualificación de profesionales y cuidadores ya ligados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como para el desarrollo de un programa de formación específicamente destinado a la capacitación profesional para acceder a los nuevos empleos.
c) Con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la Administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, actuaciones de gestión, mediante compra o concierto, de servicios para la atención de personas en situación de dependencia, siempre que suponga un incremento de los servicios presupuestados por la Comunidad Autónoma en el año 2009.
d) Programas específicamente dedicados a la mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio y de transporte, sobre todo en aquellas zonas carentes de servicios de atención a la dependencia.
La concreción de los programas que desarrollará la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a los créditos que se transfieren y de acuerdo con las líneas de actuación descritas se concretan en el Anexo I y en el Anexo II de este Convenio.
El Fondo Especial podrá destinarse, dentro del crédito previsto para gasto corriente, a financiar nuevos servicios del catálogo incluidos en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y, en ningún caso, al pago de las prestaciones económicas previstas en el artículo 14. Si entre las opciones de programas, se optara por la alternativa contemplada en el apartado II, letra c de esta cláusula cuarta, una vez agotado el crédito o vencido el plazo de vigencia del presente Convenio, la Comunidad Autónoma deberá hacer frente con sus propios recursos a la continuidad de estos servicios.
Los programas que desarrolle la Comunidad Autónoma, incorporados en el Anexo I y en el Anexo II, se estima que beneficiarán a 1.855 personas y generarán 963 puestos de empleo, aproximadamente, en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Quinta. Destinatarios de los créditos.–Aunque los destinatarios de los créditos y responsables de su gestión son las Comunidades Autónomas, podrán ser destinatarios finales de los créditos:
a) Las propias Comunidades Autónomas a través de la ejecución de proyectos propios.
b) Las Entidades Locales en su condición de Administración que colabora en la prestación de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
c) Las Organizaciones sin fin de Lucro para inversiones en centros que forman parte del Sistema o que pasarán a serlo como consecuencia de la inversión.
Sexta. Transferencia de los créditos a la Comunidad Autónoma de Extremadura.–Una vez acordados los servicios y programas y, en su caso, las inversiones previstas en los Anexos al presente Convenio de colaboración, el IMSERSO procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Extremadura los créditos establecidos en la cláusula Segunda una vez suscrito el presente Convenio.
Séptima. Ejecución de los Programas objeto de financiación.–Los proyectos deberán ejecutarse de forma inmediata, no pudiendo ser objeto de financiación obras y programas previstos en el presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009.
La ejecución de los programas e inversiones financiados con cargo al presente Convenio deberá realizarse mediante las diversas formas de contratación previstas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
El objeto de estos contratos debe tener un valor estimado, en el caso de las obras, inferior a cinco millones de euros (5.000.000 €) y su contratación se tramitará por el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 96 de la Ley de Contratos del Sector Público, y con los plazos previstos en el artículo 9.1 del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre.
Octava. Justificación de la ejecución de los programas por la Comunidad Autónoma.
1. Sin perjuicio del control de la Intervención General del Estado, respecto de la correcta aplicación de los recursos del Fondo, la Comunidad Autónoma de Extremadura deberá acreditar ante la Dirección General del IMSERSO la realización de las inversiones y la ejecución de los programas previstos en el presente Convenio, durante el primer trimestre del año 2010.
En el supuesto de ejecución de obras podrá prorrogarse el plazo hasta un periodo máximo de seis meses, de mutuo acuerdo por ambas partes, cuando incidencias no imputables a la Comunidad Autónoma hayan retrasado la ejecución de las inversiones. En este caso, la justificación deberá presentarse dentro del mes siguiente a la conclusión de la citada prórroga.
2. La justificación de los programas y actuaciones se materializará en un Certificado firmado por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en este Convenio y adverado por el interventor, en el que conste su estado de ejecución, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año, detallado por cada una de las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito, de acuerdo con el modelo de estado de ejecución que se adjunta como Anexo III al presente Convenio de colaboración.
3. La falta de justificación parcial o total de la aplicación de los recursos recibidos con cargo al Fondo generará la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas. Se entiende por falta de justificación la no remisión a la Dirección General del IMSERSO de la acreditación a la que se refiere el apartado anterior.
Novena. Comisión de Seguimiento.–La organización y supervisión de las actividades correspondientes al presente Convenio de Colaboración, son competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cual, a los efectos de lo establecido en la cláusula siguiente, informará de sus actuaciones a un equipo paritario designado por la Administración General del Estado y por la Comunidad Autónoma, que estará compuesto por tres miembros nombrados por cada parte con funciones de interpretación y vigilancia de lo establecido en el presente Convenio.
Décima. Información, publicidad y difusión.–La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a ofrecer la información estadística que se le solicite desde la Administración General del Estado. Asimismo, la Comunidad Autónoma se compromete a colocar en cada una de las actuaciones y obras previstas en el presente Convenio, y en lugar visible, una valla o elemento de señalización según el modelo que se adjunta como Anexo IV. Además, en cuantas actividades realice para la difusión de estos programas deberá destacar la leyenda «Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo» y el logotipo del Plan que se incluye en el Anexo IV.
Undécima. Vigencia.–La duración del presente Convenio se extenderá hasta la completa justificación de los programas e inversiones previstas en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Octava.
Duodécima. Causas de resolución.–Será causa de resolución el incumplimiento del Convenio de colaboración por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta, en función de la que haya incumplido y del momento en que éste se produzca.
Decimotercera. Naturaleza y régimen jurídico.
1. El presente Convenio de colaboración se halla excluido del ámbito de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público en virtud de lo establecido en el artículo 4.1.c) de dicho texto legal. No obstante, los principios de dicha ley sí serán de aplicación para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse, tal y como establece el artículo 4.2 de la mencionada norma.
2. Su régimen jurídico está regulado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 sobre Convenios de Colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, en el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008 que desarrolla el Real Decreto-Ley citado.
3. Asimismo, de este Convenio de Colaboración no se derivará, en ningún caso, relación laboral alguna entre la Administración General del Estado y los profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades que constituyen su objeto. La Comunidad Autónoma de Extremadura determinará en cada caso la naturaleza y vigencia de la relación contractual que establezca con los mencionados profesionales, cuando así proceda.
Decimocuarta. Orden jurisdiccional.–Dada la naturaleza administrativa de este Convenio de colaboración, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo, sin perjuicio de la competencia, en su caso, del Tribunal Constitucional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En prueba de conformidad, firman el presente Convenio de colaboración en cuadruplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte (Por Orden Comunicada de 23 de marzo).–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Pilar Rodríguez Rodríguez, Directora General del IMSERSO.–Por la Comunidad Autónoma de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura.–Por la Consejería de Sanidad y Dependencia, María Jesús Mejuto Carril, Consejera de Sanidad y Dependencia.
ANEXO I
Actuaciones y proyectos de inversión objeto de financiación
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía. Quedarán comprendidas en este programa cuantas iniciativas se dirijan a:
1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de atención y prevención de las situaciones de dependencia.
2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas.
3. Las obras en alojamientos dirigidas a la transformación de plazas de válidos en plazas para atender a personas en situación de dependencia.
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:
1. Inversión en nuevas plazas de centros de día y alojamiento.
2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes.
Total inversiones
Suma del Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios
y del Programa de ampliación de la oferta de plazas
(*) Tabla de alternativas:
(**) Tabla de codificación de tipo de servicios:
ANEXO II
Actuaciones y proyectos de gasto corriente objeto de financiación
1. Programas de inversión en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales para la realización de obras y adaptaciones que favorezcan la accesibilidad del hogar de las personas que ya hayan sido valoradas en situación de dependencia y que precisen de una adecuación del hogar (ej.: Eliminar una bañera, disponer productos de apoyo…). El objetivo de estos programas es facilitar la permanencia de las personas con dependencia en su propio domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias.
2. Actuaciones dirigidas a fomentar la formación y cualificación de los profesionales y cuidadores ya ligados al SAAD, así como para el desarrollo de un programa de formación específicamente destinado a la capacitación profesional para acceder a nuevos empleos.
3. Con carácter excepcional y sin compromiso alguno de financiación futura por parte de la Administración General del Estado, debido al carácter no consolidable de este crédito, actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante compra o concierto.
4. Programas específicamente dedicados a la mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio y de transporte, sobre todo en aquellos territorios carentes de infraestructuras de servicios de atención a la dependencia.
Total gasto corriente
Total inversiones y gasto corriente
ANEXO III
Estado de ejecución de los créditos del Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economia y el Empleo derivados del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, y la Comunidad Autónoma de Extremadura
D./D.ª..………………………………..………....................................................... Director/a General de............................................................................. de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
CERTIFICA:
1.º Que, según consta en los archivos de esta Comunidad Autónoma, se ha recibido del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, una aportación por importe total de 11.003.316 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 3138.451.0 y 3138.751.0 de los Presupuestos Generales del Estado del año 2009
2.º Que el estado de ejecución a fecha de 31 de diciembre de 2009 es el que se especifica a continuación:
3.º Que, una vez finalizada la vigencia del Convenio, se han ejecutado los proyectos presentados a financiación del Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo,en los términos expresados en los Anexos I y II, o, en su caso, de conformidad con los proyectos recogidos en los nuevos anexos que se adjuntan a la presente certificación.
Lugar y fecha: ...................................a ...... de ...................... de 2010
ANEXO IV
(No se procede a su publicación al tratarse del Manual de identidad del PlanE, que contiene las reglas de difusión de las actuaciones objeto del convenio; disponible en la página web wwww. Saad. Mtas.es).
N.º proyecto
Alternativas(*)
Tipo de servicio (**)
Provincia
Localidad
Nombre del Centro
Financiación Fondo Especial
N.º de plazas mejoradas
Puestosde trabajo generados
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Total
N.ºproyecto
Alternativas
Tipo de Servicio
PROV
Localidad
Nombre del Centro
Financiación Fondo Especial
N.º de plazas ampliadas
Puestos de Trabajo generados
1
2.2
RAE
Cáceres.
Acehúche.
Centro Residencial.
100
3
8,75
2
2.2
CDAE
Cáceres.
Ahigal.
Centro Atención Diurna.
180
15
15,75
3
2.2
RAE
Badajoz.
Albuera La.
Centro Residencial.
400.155
13
35,10
4
2.2
RAE
Cáceres.
Aldeacentenera.
Centro Residencial.
316
11
27,65
5
2.2
RAE
Badajoz.
Barcarrota.
Centro Residencial.
500
17
43,75
6
2.2
RAE
Badajoz.
Berlanga.
Centro Residencial.
250
8
21,88
7
2.2
CDAE
Cáceres.
Bohonal de Ibor.
Centro Atención Diurna.
60
5
5,25
8
2.2
CDAE
Cáceres.
Cabrero.
Centro Atención Diurna.
240
20
21,00
9
2.2
CDAE
Badajoz.
Campo Lugar.
Centro Atención Diurna.
120
10
10,50
10
2.2
RAE
Cáceres.
Casares de las Hurdes.
Centro Residencial.
50
2
4,38
11
2.2
CDAE
Cáceres.
Coria.
Centro Atención Diurna.
150
13
13,13
12
2.2
CDAE
Badajoz.
Don Álvaro.
Centro Atención Diurna.
120
10
10,50
13
2.2
RAE
Cáceres.
Garrovillas de Alconétar.
Centro Residencial.
250
8
21,88
14
2.2
CDAE
Cáceres.
Gata.
Centro Atención Diurna.
75
6
6,56
15
2.2
CDAE
Cáceres.
Granja La.
Centro Atención Diurna.
30
3
2,63
16
2.2
RAE
Badajoz.
Guareña.
Centro Residencial.
280
9
24,50
17
2.2
CDAE
Cáceres.
Guijo de Granadilla.
Centro Atención Diurna.
150
13
13,13
18
2.2
CDAE
Badajoz.
Helechosa de los Montes.
Centro Atención Diurna.
200
17
17,50
19
2.2
CDAE
Cáceres.
Hernán Cortés.
Centro Atención Diurna.
120
10
10,50
20
2.2
CDAE
Badajoz.
Herrera de Alcántara.
Centro Atención Diurna.
60
5
5,25
21
2.2
CDAE
Cáceres.
Hervás.
Centro Atención Diurna.
144
12
12,60
22
2.2
RAE
Badajoz.
Hornachos.
Centro Residencial.
150
5
13,13
23
2.2
RAE
Cáceres.
Mata de Alcántara.
Centro Residencial.
48
2
4,20
24
2.2
CDAE
Cáceres.
Mirabel.
Centro Atención Diurna.
150
13
13,13
25
2.2
CDAE
Badajoz.
Mirandilla.
Centro Atención Diurna.
30
3
2,63
26
2.2
CDAE
Badajoz.
Oliva de Mérida.
Centro Atención Diurna.
60
5
5,25
27
2.2
CDAE
Badajoz.
Palazuelo.
Centro Atención Diurna.
50
4
4,38
28
2.2
CDAE
Badajoz.
Palomas.
Centro Atención Diurna.
100
8
8,75
29
2.2
CDAE
Cáceres.
Palomero.
Centro Atención Diurna.
25
2
2,19
30
2.2
RAE
Badajoz.
Peraleda de la Mata.
Centro Residencial.
326
11
28,53
31
2.2
RAE
Cáceres.
Pesga La.
Centro Residencial.
240
8
21,00
32
2.2
CDAE
Cáceres.
Puebla de Alcocer.
Centro Atención Diurna.
120
10
10,50
33
2.2
CDAE
Cáceres.
Rena.
Centro Atención Diurna.
96
8
8,40
34
2.2
RAE
Cáceres.
Riolobos.
Centro Residencial.
7
-
0,61
35
2.2
CDAE
Cáceres.
Robledillo de la Vera.
Centro Atención Diurna.
50
4
4,38
36
2.2
CDAE
Badajoz.
Robledillo de Trujillo.
Centro Atención Diurna.
200
17
17,50
37
2.2
CDAE
Badajoz.
Ruecas.
Centro Atención Diurna.
150
13
13,13
38
2.2
CDAE
Cáceres.
Santibáñez el Bajo.
Centro Atención Diurna.
131
11
11,46
39
2.2
CDAE
Cáceres.
Serradilla.
Centro Atención Diurna.
24
2
2,10
40
2.2
CDAE
Cáceres.
Talaveruela de la Vera.
Centro Atención Diurna.
250
21
21,88
41
2.2
CDAE
Badajoz.
Táliga.
Centro Atención Diurna.
12
1
1,05
42
2.2
CDAE
Cáceres.
Tamurejo.
Centro Atención Diurna.
12
1
1,05
43
2.2
CDAE
Cáceres.
Valdecañas de Tajo.
Centro Atención Diurna.
150
13
13,13
44
2.2
RAE
Cáceres.
Valdeobispo.
Centro Residencial.
160
5
14,00
45
2.2
CDAE
Cáceres.
Valverde de la Vera.
Centro Atención Diurna.
190
16
16,63
46
2.2
RAE
Badajoz.
Valverde del Fresno.
Centro Residencial.
90
3
7,88
47
2.2
CDAE
Badajoz.
Vegaviana.
Centro Atención Diurna.
150
13
13,13
48
2.2
RAE
Badajoz.
Villalba de los Barros.
Centro Residencial.
56
2
4,90
49
2.2
RAE
Badajoz.
Villar del Rey.
Centro Residencial.
30
1
2,63
50
2.2
CDAE
Badajoz.
Zahínos.
Centro Atención Diurna.
100
8
8,76
51
2.2
RAE
Cáceres.
Zarza de Granadilla.
Centro Residencial.
200
7
17,50
Total
7.152.155
427
626
Alternativas (*)
Financiación Fondo Especial
Puestos detrabajo generados
2.2
7.152.155 €
626
Total
7.152.155 €
626
Programas
Alternativas
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía.1. La modernización de centros e instalaciones dedicados a la prestación de servicios de atención y prevención de las situaciones de dependencia .
1.1
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía.2. La adecuación de centros y servicios a las exigencias normativas
1.2
1. Programa de consolidación y mejora de la oferta de la red de servicios existente en centros de día y alojamientos residenciales, así como en centros de prevención y promoción de la autonomía.3. Las obras en alojamientos dirigidas a la transformación de plazas de válidos en plazas para atender a personas en situación de dependencia
1.3
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de atención a la dependencia:1. Inversión en nuevas plazas de centros de día y alojamiento
2.1
2. Programa de ampliación de la oferta de plazas en centros y servicios de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia:2. Inversión en creación de plazas de atención a la dependencia en el medio rural: adecuación de equipamientos preexistentes, ampliación de la oferta de servicios en centros para convertirlos en centros polivalentes
2.2
Servicios
Código
Servicio de atención residencial para mayores
RM
Servicio de atención residencial para personas con discap. física
RDF
Servicio de atención residencial para personas con discap. psíquica
RDP
Servicio de atención residencial para personas con enfermedad mental
REM
Servicio de atención residencial especializada
RAE
Servicio de Centro de Día para mayores
CDM
Servicio de Centro de Día para personas con discap. física
CDDF
Servicio de Centro de Día para personas con discap. psíquica
CDDP
Servicio de Centro de Día para personas con enfermedad mental
CDEM
Servicio de Centro de Día de atención especializada
CDAE
Servicio de Centro de Noche
CN
Centros y Servicios de Promoción de la Autonomía Personal.
PAP
N.º proyecto
Provincia
Localidad
N.º de obras
N.º adaptaciones
Financiación Fondo Especial–Euros
Puestosde trabajo generados
1
Badajoz.
Zona Almendralejo.
31
47.211,04
4,12
2
Badajoz.
Zona Azuaga-Llerena.
54
80.528,12
7,03
3
Badajoz.
Zona Badajoz.
97
146.028,11
12,76
4
Badajoz.
Zona de Castuera.
47
70.816,55
6,19
5
Badajoz.
Zona Villanueva-Don Benito.
65
97.044,91
8,48
6
Badajoz.
Zona Jerez de los Barros.
42
63.444,24
5,54
7
Badajoz.
Zona Mérida.
72
108.670,44
9,49
8
Badajoz.
Zona Montijo-San Vicente.
54
80.386,35
7,02
9
Badajoz.
Zona Olivenza.
30
45.509,73
3,98
10
Badajoz.
Zona Talarrubias.
35
51.889,60
4,53
11
Badajoz.
Zona Villafranca de los Barros.
47
71.170,99
6,22
12
Badajoz.
Zona de Zafra.
69
103.070,33
9
13
Caceres.
Zona de Brozas.
49
73.155,84
6,39
14
Caceres.
Zona de Cáceres.
78
116.751,61
10,2
15
Caceres.
Zona de Coria.
51
75.991,32
6,64
16
Caceres.
Zona de Miajadas.
37
55.079,53
4,81
17
Caceres.
Zona de Navalmoral de la Mata.
57
85.135,82
7,44
18
Caceres.
Zona de Plasencia Norte.
56
84.710,48
7,4
19
Caceres.
Zona de Plasencia Sur.
63
94.138,51
8,22
20
Caceres.
Zona de Trujillo.
35
51.960,48
4,54
Total
1.069
1.602.694,00
140
N.º proyecto
Provincia
Localidad
Tipo y n.º de cursos
N.º plazas
Financiación Fondo Especial
Puestosde trabajo generados
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Total
Servicios
Nuevas plazas
Puestosde trabajo generados
En plazas propias
En plazas concertadas
Administración Local
Titularidad privada
S.º Prevención y Promocion de la Autonomía Personal
S.º Teleasistencia
S.º Centro de Día y de Noche.
Centro de Día mayores 65 años
Centro de Día menores 65 años
Centro de Día atención especializada
70
25
284.667
Centro de Noche
S.º Residencia.
Personas mayores en situación de dependencia
279
172
1.764.900
198.9
Personas con discapacidad en situación de dependencia . . .
Totales
349
197
2.049.567
198
Total en plazas propias y concertadas
2.248.467
Servicios
Nuevos servicios
Puestosde trabajo generados
Financiación Fondo Especial
Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio
Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de transporte
Total
Programas
Financiación Fondo Especial (en €)
Puestosde trabajo generados
1. Programas de inversión en alojamientos particulares
1.602.694,00
140
2.1 Formación y cualificación de los profesionales ya ligados al SAAD y de los cuidadores no profesionales
2.2 Capacitación profesional para acceder a nuevos empleos
3.1 Actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante compra
3.2 Actuaciones de gestión de nuevos servicios del catálogo mediante concierto
2.248.467,00
197
4.1 Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de ayuda a domicilio
4.2 Mejora de la infraestructura para ampliar los servicios de transporte
Total l
3.851.161
337
Financiación FondoEspecial (en €)
Puestos de trabajo generados
Inversiones
7.152.155
626
Gasto corriente
3.851.161
337
Total
11.003.316
963
Aplicación económica del PGE
Asignación (euros)(1)
Compromiso de crédito(2)
Obligaciones reconocidas(3)
Pagos realizados(4)
Remanentes(1-2)
Obligaciones pendientesde pago(3-4)
3138-451.0
3138-751.0
V.º B.ºEl Interventor,(Firma y sello)Fdo.: (Nombre y apellidos)
El/La Director/a,(Firma y sello)Fdo.: (Nombre y apellidos)