resolucionVigente

Resolución de 27 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, por la que se publica la tercera Adenda al Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general.

BOE-A-2020-438·13 de enero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que publica la tercera adenda al convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y SEIASA. El objeto principal es encargar a SEIASA nuevas obras de modernización y consolidación de regadíos, utilizando tanto el capital disponible de la sociedad como una nueva ampliación de capital. Afecta a SEIASA y al Ministerio, modificando los anexos del convenio original de 2017 para incluir las nuevas obras a ejecutar.

Con fecha 23 de diciembre de 2019 se ha suscrito la tercera adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, actual Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de diciembre de 2019.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, Isabel Bombal Díaz.

ANEXO

Tercera adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general

En Madrid, a 23 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento, y actuando conforme a las competencias que le atribuye la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Y de otra, don Alejandro Alonso Núñez, mayor de edad, que actúa en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), con C.I.F. n.º A-82535303 y con domicilio social en Madrid, c/ José Abascal n.º 4, 6.ª Planta, teniendo facultades bastantes para este acto en virtud del Acuerdo del Consejo de Administración adoptado el 27 de julio de 2018 y elevado a escritura pública en la Escritura de Poder otorgada a su favor el 7 de agosto de 2018, ante el notario de Madrid, don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla, al n.º 4.677 de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 32.904, Folio 150, Sección 8, Hoja número M-246121, las cuales asegura no han sido revocadas ni disminuidas.

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 29 de diciembre de 2017, se formalizó un Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, actual Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general.

Este convenio sustituyó al suscrito el 3 de diciembre de 2012, a su modificación de 27 de diciembre de 2013 y sus correspondientes adendas, suscritos entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) y SEIASA, los cuales quedaron extinguidos.

Segundo.

La cláusula tercera del citado convenio de 29 de diciembre de 2017 establece que SEIASA es beneficiaria de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), a través de la medida de los Programas de Desarrollo Rural, M04: Inversión en activos físicos, en la submedida de modernización de regadíos. SEIASA es beneficiaria tanto del Programa Nacional de Desarrollo Rural(PNDR), como de los Programas de Desarrollo Rural de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura y Murcia.

Para todo el territorio nacional, siempre que tanto la comunidad de regantes como SEIASA no reciban fondos del PDR regional.

Para poder acceder a los fondos provenientes de los Programas de Desarrollo Rural (PDR) de las comunidades autónomas es necesaria la suscripción de un convenio marco entre el actual MAPA y la Consejería competente de la comunidad autónoma que haya considerado a SEIASA beneficiaria de la medida de regadíos en su Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

En el caso de que tanto SEIASA como la comunidad de regantes no reciban fondos del PDR regional, podrán acceder a los fondos del Programa Nacional de Desarrollo Rural.

Tercero.

En estos momentos, SEIASA es beneficiaria de manera efectiva en el PNDR y en el PDR de Castilla y León, a través de los siguientes convenios:

PNDR: Segunda Adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, tal como se recoge en el exponendo quinto.

PDR de Castilla y León: Convenio Marco entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Junta de Castilla y León para la realización de las obras de modernización y consolidación de determinados regadíos de la Comunidad Autónoma, firmado el 5 de mayo de 2017.

Cuarto.

Que, con fecha 27 de diciembre de 2018, se formalizó la primera Adenda al convenio correspondiente a la ampliación de capital de 2018 por una cuantía de 18.000.312,53 euros, introduciendo un anexo V.c) en el citado convenio en el que pasan a relacionarse las diez obras programadas con ampliación de capital de 2018. Todas las obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego están declaradas de interés general.

Quinto.

Que con fecha 26 de abril de 2019 se formalizó la segunda adenda al Convenio suscrito el 29 de diciembre de 2017, referido en el exponendo primero.

Sexto.

Que, se estima necesario proceder al encargo de nuevas obras programadas por el MAPA, así como aportar los recursos financieros necesarios para su ejecución por SEIASA.

Séptimo.

Que en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2018, presupuestos prorrogados para 2019, se contempla una partida presupuestaria de 18.003.320,00 euros, para financiar la ampliación de capital social de la sociedad.

Octavo.

Que, como consecuencia de obras encargadas y no realizadas, SEIASA cuenta con un capital social disponible de 12.292.236,55 euros que, para poder utilizarse, necesitan de una nueva encomienda de obras.

Que, atendiendo a lo expuesto, ambas partes deciden suscribir la presente Adenda al Convenio que las mismas suscribieron con fecha 29 de diciembre de 2017, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es el encargo a SEIASA de nuevas obras programadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para su ejecución, tanto con el capital disponible que posee la sociedad como con la autorización de una nueva ampliación de capital que permita la ejecución de las citadas nuevas obras.

Segunda. Obra a ejecutar.

Se modifican los anexos establecidos en el Convenio suscrito el 29 de diciembre de 2017, entre el MAPAMA y SEIASA, en el sentido siguiente:

1. Se modifican el anexo IV apartado b) y el anexo V apartados a), b) y c) eliminando las siguientes obras que aparecían en los citados anexos:

2. Se añade un nuevo anexo V. d), con las nuevas actuaciones programadas para su ejecución por la sociedad con la ampliación de capital prevista en los PGE 2018, prorrogados a 2019, incrementada la cuantía en los 12.292.236,55 euros procedentes de obras encomendadas y no ejecutadas por la sociedad.

Anexo V.d). Obras programadas con el importe disponible en los PGE 2018, prorrogados a 2019 y con el capital social disponible de la sociedad:

El 4 de marzo de 2010, por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro, se creó la CR Molinar del Flumen, que resulta de la fusión de tres CCRR que fueron extinguidas en esa misma Resolución: la CR de «Torres del Barbués», la CR de «Barbués» y la CR del «Canal del Flumen de Sangarrén». Esta situación hace que se mencionen dos normas para dar cabida a las tres CCRR que hoy conforman la CR de Molinar del Flumen.

La «Mejora de regadío de la CR Grañén-Flumen, de Grañén (Huesca)» se encuentra recogida en la Ley 24/2001 de 27 de diciembre. Por otro lado, el RDL 14/2009 de 4 de diciembre recoge las actuaciones en las CCRR de base de Riegos del Alto Aragón, en las que Almuniente se encuentra incluida.

3. La financiación a la sociedad en ningún caso superará, en el conjunto de las obras, la cantidad máxima de 18.000.312,53 euros.

La ampliación de capital supone la suscripción de 2.995 acciones de la sociedad, por un importe de 18.000.312,53 euros.

Tercera. Transferencia de fondos.

Para ejecutar las obras anteriores, se transferirá a SEIASA, en el ejercicio de 2019, la cantidad máxima de 18.000.312,53 euros, que corresponden al valor nominal de un número exacto de acciones, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414A.851 de los PGE de 2018 prorrogados a 2019, para financiar la ampliación de capital de dicha sociedad.

Cuarta. Publicación y eficacia.

La presente Adenda comenzará a producir efectos desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), tras su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de lo convenido, ambas partes suscriben la presente Adenda, en triplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al inicio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente Ejecutivo, Alejandro Alonso Núñez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.