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Resolución de 27 de febrero de 2020, de la Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 193/2020, interpuesto ante la Audiencia Nacional contra la Circular 7/2019, de 5 de diciembre, por la que se aprueban las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado que se emplearán en el cálculo de la retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica.

BOE-A-2020-3505·11 de marzo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Su objeto principal es emplazar a terceros interesados a personarse como demandados en un recurso contencioso-administrativo interpuesto por Red Eléctrica de España, S.A.U. (REE) ante la Audiencia Nacional. El recurso contencioso-administrativo (193/2020) se dirige contra la Circular 7/2019, de 5 de diciembre, de la CNMC. Esta circular establece las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia para la operación y mantenimiento de los activos fijos, que se utilizarán para calcular la retribución de las empresas propietarias de las instalaciones de transporte de energía eléctrica. Esta resolución afecta a todas aquellas personas o entidades que puedan tener un interés legítimo en el resultado del litigio relacionado con la Circular 7/2019, especialmente a aquellas empresas del sector eléctrico que se vean afectadas por la metodología de cálculo de la retribución establecida en la circular. La disposición más relevante es el emplazamiento a los interesados para que se personen como demandados en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la resolución. Esto significa que cualquier persona o entidad que considere que la Circular 7/2019 le perjudica o que tiene un interés en su validez, tiene la oportunidad de defender su posición ante la Audiencia Nacional en el marco del recurso interpuesto por REE. La resolución se basa en el artículo 49 de la Ley 29/1998, que regula el procedimiento contencioso-administrativo.

U. ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Circular 7/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado que se emplearán en el cálculo de la retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica, recurso que se sigue por la Sección 4 de la mencionada Sala en el marco del procedimiento ordinario 193/2020. De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se emplaza a los interesados para que, si a su derecho conviene, puedan personarse como demandados en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución.

–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Joaquim Hortalà i Vallvé.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.