Visto el texto de la revisión salarial final para el año 2005 y la provisional para el año 2006 del Convenio colectivo estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y comercio exclusivista de los mismos materiales (código de Convenio número 9902045), publicado en el Boletín Oficial del Estado de 11 de agosto de 2004, revisión que fue suscrita, con fecha 18 de enero de 2006, de una parte, por la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, en representación de las empresas del sector y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO., MCA-UGT y FIA-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 27 de marzo de 2006.-El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.
Comisión Mixta de Interpretación
Acta de revisión salarial final de 2005 y provisional para el año 2006
Asisten:
Por la representación empresarial: Don Luis Adolfo Martínez.
Don Juan Antonio Bueno Aranda. Don Carlos Martí. Don Pere Anrubia.
Por la representación sindical:
MCA-UGT: Don Pedro Echániz Biota.
FIA-UGT:
Doña Juliana Miranda.
Don Adolfo López Amigo. Don Francisco Ballester. Don Javier Hernándiz Alberola.
CC.OO.:
Don Fernando Justo.
Don José Espinosa. Don Manuel Fernández.
Secretario: Don José Luis Alonso.
En Madrid, siendo las 11 horas del día 18 de enero de 2006, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía, 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente orden del día.
Orden del día
1. Revisión de las tablas salariales de 2005.
2. Confección de las tablas salariales provisionales para el 2006. 3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.
1. Revisión de las tablas salariales de 2005:
1.1 Confección de las tablas salariales finales correspondientes al año 2005 teniendo en cuenta el IPC real (3,7 %) más el 0,50 pactado. Constatado que el IPC para el año 2005 asciende al 3,7 % y a la vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal.
Se acuerda que las tablas salariales para el año 2005 sean las de 2004 incrementadas en un 4,2 %. A excepción de la Tabla de Referencia que se incrementa en un 4,4 %:
a) Tablas salariales revisadas. Se unen como anexo formando parte de la presente, las siguientes: 1. Tablas salariales generales (anexo II).
2. Tablas salariales para la provincia de Madrid (anexo III). 3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV). 4. Tablas salariales para la fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático, provincia de Barcelona (anexo V). 5. Tablas salariales para la fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa) (anexo VI). 6. Tablas salariales para el sector de industrias extractivas y explotación y manufacturas de tierras industriales (anexo VII). 7. Tablas salariales para el comercio y manufacturas del vidrio plano de Valencia (anexo VIII). 8. Tablas salariales para el sector de baldosín cerámico de la provincia de Valencia (anexo IX). 9. Tablas salariales para el comercio y manufacturas del vidrio plano de Barcelona (anexo X). 10. Tablas salariales para la cerámica de Valencia (anexo XI). 11. Tablas salariales para el vidrio de Zaragoza (anexo XII). 12. Tabla de referencia (salarios mínimos garantizados) (anexo XIII).
2. Confección de las tablas provisionales para el año 2006:
2.1 Confección de las tablas provisionales para el año 2006 según el IPC previsto 2 %, más 0,5 % pactado excepto la tabla de referencia (anexo XIII) que se incrementa en un 0,6 %.
Conocido que el IPC previsto para el año 2006 asciende al 2 % y visto que el artículo 7 del Convenio Colectivo Estatal establece un incremento para 2006 del IPC previsto más 0,5 puntos para todas las tablas excepto la de referencia que se incrementa en el IPC previsto (2 %) más 0,6. Se acuerda que las tablas salariales provisionales para el año 2006 sean las de 2005 anteriormente acordadas, incrementadas en los porcentajes indicados anteriormente:
a). Tablas salariales que se unen como anexo formando parte de la presente, las siguientes. 1) Tablas salariales generales (anexo II)
2) Tablas salariales para la provincia de Madrid (anexo III) 3) Tablas salariales para el subsector de vidrio al soplete (anexo IV). 4) Tablas salariales para la fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático, provincia de Barcelona (anexo V). 5) Tablas salariales para la fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa) (anexo VI). 6) Tablas salariales para el sector de industrias extractivas y explotación y manufacturas de tierras industriales (anexo VII). 7) Tablas salariales para el comercio y manufacturas del vidrio plano de Valencia (anexo VIII). 8) Tablas salariales para el sector de baldosín cerámico de la provincia de Valencia (anexo IX). 9) Tablas salariales para el comercio y manufacturas del vidrio plano de Barcelona (anexo X). 10) Tablas salariales para la cerámica de Valencia (anexo XI). 11) Tablas salariales para el vidrio de Zaragoza (anexo XII). 12) Tabla de referencia (salarios mínimos garantizados) (anexo XIII).
b) Otros conceptos:
Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2006: Media dieta 2005: 5,84 euros.
Media dieta provisional: 2006. 5,98 euros. Dieta completa 2005: 37,51 euros. Dieta completa provisional 2006: 38,45 euros. Póliza de seguros por accidente de trabajo: 18.386,95 euros. Plus de turnicidad: 3,21 euros.
3. Atrasos y diferencias por revisión salarial:
Los atrasos derivados del incremento pactado para el año 2006 se abonarán en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación de las tablas en el Boletín Oficial del Estado.
Las diferencias por revisión salarial del año 2005 se abonarán con efectos retroactivos al 1 de enero de 2005, en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los nuevos valores. Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO. y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA).
ANEXO II Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC Real (3,7) + 0,5 puntos
Generales
ANEXO III Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC Real (3,7) + 0,5 puntos
Provincia de Madrid
ANEXO IV Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC Real (3,7 )+ 0,5 puntos
Subsector del Vidrio al Soplete
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, patrono de la industria vidriera, las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.
Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, patrono de la industria vidriera, las empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a cinco días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.
ANEXO VII Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,5 puntos
Sector de industrias extractivas y explotación y manufactura de minerales industriales
Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo, las siguientes industrias: En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.
Más en concreto, las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres, Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Esquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de Trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrio y cerámica.
Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:
Salario día a razón de 455 días ( 365 días/año + 30 Paga extra de Verano + 30 Paga Extra de Navidad + 30 Paga de marzo).
Plus de asistencia a razón de 281 días (220 días trabajo efectivo+ 21 Paga Extra de Verano+20 Paga Extra de Navidad + 20 Paga de vacaciones). Plus de transporte a razón de 220 días (220 días de trabajo efectivo año).
Las empresas que a partir del 1/1/1999 empiecen a regirse por el presente Convenio, podrán optar por la aplicacoin de esta Tabla de Referencia o por aquélla a la que se hubieran acogido de no haber existido esta Tabla de Referencia.
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,46.
Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,64.
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,85.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,62.
Dietas:
Comida y pernocta: 19,08.
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,71.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,49.
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera, las Empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.
ANEXO VI Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0 )+ 0,5 puntos
Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)
ANEXO VIII Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0 )+ 0,5 puntos
Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia
Operarios
Administrativos
ANEXO IX Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0)+ 0,5 puntos
Baldosín cerámico de la provincia de Valencia
ANEXO X Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0)+ 0,5 puntos
Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona
ANEXO XI Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0)+ 0,5 puntos
Cerámica de la provincia de Valencia
ANEXO XII Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0 )+ 0,5 puntos
Vidrio de Zaragoza
* Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar. No se abonará este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.
Respecto al Plus de Asistencia, Ayuda escolar y Fiesta del Pilar se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el BOE n.º 191 del viernes 10 de agosto de 2001.
ANEXO XIII Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0 )+ 0,6 puntos
Tabla de referencia
(Salarios Mínimos Garantizados)
Plus de Asistencia: Por día efectivo de trabajo: 3,47.
Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo: 2,66.
Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:
Salario día a razón de 455 días ( 365 días/año + 30 paga extra de verano + 30 paga extra de Navidad + 30 paga de marzo).
Plus de asistencia a razón de 281 días (220 días trabajo efectivo + 21 paga extra de verano + 20 paga extra de Navidad + 20 paga de vacaciones). Plus de transporte a razón de 220 días (220 días de trabajo efectivo año).
Las empresas que a partir del 1/1/1999 empiecen a regirse por el presente Convenio, podrán optar por la aplicación de esta Tabla de Referencia o por aquélla a la que se hubieran acogido de no haber existido esta Tabla de Referencia.
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Día
-
Euros
II
Personal Titulado Superior
28,36
III
Personal Titulado Medio
26,64
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
25,8
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
25,02
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
24,24
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
23,47
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.
22,67
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.
21,65
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
20,85
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
20,41
XII
Peón, Personal de limpieza
20,25
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado:
3,38
Transporte: por día efectivamente trabajado
2,58
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Día
-
Euros
II
Personal Titulado Superior
28,36
III
Personal Titulado Medio
26,64
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,06
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
25,51
VI
Oficial Administrativo 1.ª , Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
24,98
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
24,46
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.
24,24
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.
23,5
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
23,06
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
22,44
XII
Peón, Personal de limpieza
21,89
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado
2,78
Transporte: Por día efectivamente trabajado
2,56
Dietas:
Comida y Pernocta:
18,61
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Día
-
Euros
II
Personal Titulado Superior
54,79
III
Personal Titulado Medio
50,94
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
47,99
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
41,52
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado
35,1
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
34,08
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
28,51
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.
25,37
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
23,84
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
22,46
XII
Peón, Personal de limpieza
21,89
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado
2,64
Transporte: Por día efectivamente trabajado
2,43
ANEXO V
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,5 puntos
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático
Provincia de Barcelona
Categoría profesional
Básico
PAC
Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos:
Jefe de fabricación
819,59
600,37
37,12
Encargado de sección
690,42
306,17
37,12
Contramaestre
667,95
176,53
37,12
Delineante superior
712,47
293,63
37,12
Delineante de 1.ª
690,18
246,13
37,12
Delineante de 2.ª
690,18
157,44
37,12
Auxiliares de 1.ª
622,02
104,96
37,12
Auxiliares de 2.ª
599,75
43,21
37,12
Administrativos:
Jefe de 1.ª
758,40
396,41
37,12
Jefe de 2.ª
711,99
293,21
37,12
Oficial de 1.ª
690,18
228,86
37,12
Oficial de 2.ª
645,69
174,44
37,12
Auxiliares
633,46
60,86
35,44
Aspirantes
622,02
60,86
35,44
Mercantiles:
Jefe de ventas
712,47
295,32
37,12
Viajante o Agente
690,18
108,09
37,12
Oficial de ventas
622,02
85,08
35,44
Subalternos:
Listeros
451,63
106,58
33,72
Cobradores
622,02
93,43
35,44
Capataces de peones
600,37
113,66
33,72
Almacenero
599,79
111,96
33,72
Vigilante y Portero
622,05
22,78
35,44
Sanitario y Ordenanza
599,75
22,78
33,72
Personal de remuneración diaria
Obreros:
Arqueta
19,73
2,52
35,72
Conductor máquina 1s ks. Potg
21,55
4,49
37,12
Mecánico Mak 1 s ks. de primera
21,55
4,49
37,12
Mecánico Mak 1 s ks. de segunda
21,55
4,38
37,12
Maquinista de primera
21,55
4,49
37,12
Maquinista de segunda
21,55
4,38
37,12
Fundidor de primera
21,55
4,38
37,12
Sacador de primera
21,55
3,90
37,12
Oficial primera de servicios auxiliares
21,55
3,90
37,12
Sacador de segunda
20,7
4,07
31,05
Soplador de primera
19,96
1,42
35,44
Vigilante Arca y Arca Corr.
19,96
1,42
35,44
Ayudante (todos)
19,96
1,42
35,44
Soplador de segunda
19,96
1,42
35,44
Peones especializados
19,20
1,95
33,72
Oficial segunda de servicios oficiales
20,70
3,26
33,75
Peones y servicio limpieza
18,52
1,64
33,75
Plus estímulo empresarial
1,88
Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados
3,03
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km
0,48
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km
0,70
Personal domiciliado a más de tres kilómetros
0,98
Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega)
0,46
ANEXO VI
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,5 puntos
Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)
Categoría profesional
Básico
PAC
Semanal
Personal con remuneración mensual
Técnicos:
Jefe de fabricación
819,59
584,74
37,12
Encargado de sección
690,18
306,17
37,12
Contramaestre
666,91
210,17
37,26
Administrativos:
Jefe de primera
758,40
400,13
37,12
Jefe de segunda
688,63
283,88
37,12
Oficial de primera
690,16
192,98
37,12
Oficial de segunda
645,66
196,68
37,12
Auxiliares
633,24
47,71
35,44
Aspirantes de 1.ª
622,02
36,15
35,44
Aspirantes de 2.ª
421,67
145,17
25,28
Mercantiles
Jefe de ventas
712,47
277,70
37,12
Viajante o Corredor
690,18
138,24
37,12
Oficial de ventas
622,05
93,38
35,44
Subalternos
Almacenero
599,75
111,07
33,72
Capataces de Peones
599,75
111,07
33,72
Listeros
599,75
97,62
33,72
Sanitarios y Ordenanzas
599,75
33,59
34,52
Cobradores
622,05
131,51
35,44
Guardias y Vigilantes
599,75
36,48
33,72
Porteros
599,75
36,48
33,72
Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)
Gran Plaza:
Maestro abridor
22,52
12,32
37,12
Soplador de primera
21,55
9,52
37,12
Soplador de segunda
21,55
5,75
37,12
Levantador
21,09
3,34
35,44
Posteros y Patroneros
20,70
4,05
35,44
Jarra o 2.º Gran Plaza:
Abridor
21,55
9,52
37,12
Soplador
21,55
4,13
37,12
Levantador de asas
19,96
1,50
35,44
Fantasía:
Maestro
21,55
9,52
37,12
Levantador
20,70
3,34
35,44
Bohemia de 1.ª:
Soplador
21,55
9,52
37,12
Patronero
19,96
5,79
35,44
Bohemia de 2.ª:
Soplador
21,55
8,41
37,12
Patronero
19,96
5,41
35,44
Bohemia de 3.ª:
Soplador
21,55
5,75
37,12
Patronero
19,96
4,10
35,44
Copas Gas Extra:
Maestro
21,55
9,52
37,12
Soplador
21,55
5,79
37,12
Levantador de pies y piernas
19,96
1,50
35,44
Vasos Corte y Gas:
Soplador toda clase
21,55
32,49
37,12
Soplador pequeños finos
21,55
2,95
37,12
Copas Gas Corriente:
Maestro colador pies y pierna
21,55
8,41
37,12
Soplador
21,55
5,17
37,12
Levantador de pies y piernas
18,47
1,50
35,44
Vasos acabados a mano:
Abridor
21,55
8,41
37,12
Soplador
21,55
5,79
37,12
Vasos acabados a mano de 2.ª:
Abridor
21,55
6,66
37,12
Soplador
21,55
4,41
37,12
Prensa Refinada Extra:
Abridor
21,55
9,72
37,12
Prensador
21,55
6,66
37,12
Levantador
20,70
3,34
35,44
Prensa Miniatura:
Abridor
21,55
8,15
37,12
Prensador
21,55
5,75
37,12
Levantador
20,70
3,34
35,44
Prensa sin Refinar:
Prensador
21,55
4,41
37,12
Levantador
20,70
3,00
35,44
Copas Americanas Extras:
Colocador de pies
21,55
6,79
37,12
Soplador
21,55
5,75
37,12
Levantador
19,96
1,50
35,44
Copas Americanas Corrientes:
Colocador de pies
21,55
0,57
37,12
Soplador
21,55
4,95
37,12
Levantador
19,96
1,50
35,44
Tapones a Mano:
Taponero
21,55
6,56
37,12
Tapones Prensador (Punzados):
Taponero
19,96
1,50
35,44
Producción semiautomática:
Oficial de primera máquina
21,55
5,02
37,12
Oficial de primera sacador
21,55
3,54
37,12
Oficiales de primera soplador
19,96
1,50
35,44
Oficial de segunda máquina
21,55
3,88
37,12
Oficiales de segunda sacador
20,70
3,34
35,44
Oficial de segunda soplador
19,96
1,91
35,44
A) Sección Acabado
Cortadores a gas (bohemia/F)
19,96
2,76
35,44
Cortadores a gas corriente
19,96
2,65
35,44
Fletadores (B. y F.)
20,70
3,34
35,44
Fletadores finos al torno
20,70
3,34
35,44
Fletadores corriente
20,70
3,34
35,44
Chaflanadores (B. y F.)
20,70
3,34
35,44
Chaflanadores (sonoro)
20,70
3,34
35,44
Requemadores a mano o máq.
19,96
2,65
35,44
Chaflanadores corrientes
19,96
2,65
35,44
Despuntilladores
19,96
2,65
35,44
Pulidores
19,96
2,65
35,44
Taponadores finos
21,55
3,88
37,12
Taponadores semifino
19,96
5,26
35,44
Taponadores ordinario
19,96
4,05
35,44
B) Sección Enriquecido
Tallería:
Tallador de primera
21,55
6,80
37,12
Tallador de segunda
21,55
4,41
37,12
Tallador de tercera
19,96
6,18
35,44
Pulidor
19,96
3,00
35,44
Decorado:
Decorador de primera
21,55
6,80
37,12
Decorador de segunda
21,55
4,43
37,12
Decorador de tercera
20,70
3,00
35,44
Mufleros
20,70
2,47
35,44
Serigrafiados
20,70
2,47
35,44
Grabado:
Grabador a la rueda de primera
21,55
6,80
37,12
Grabadora a la rueda de segunda
19,96
4,95
35,44
Grabadora a la rueda de tercera
19,96
3,96
35,44
Grabadora al transporte
20,70
2,47
35,44
Panteng y Gillog
20,70
2,47
35,44
C) Sección Temple
Fundidor de primera
21,55
3,88
35,44
Fundidor de segunda
19,96
3,96
35,44
Arqueta
19,96
2,73
35,44
D) Servicios Auxiliares
Oficial de primera
21,55
3,54
37,12
Oficial de segunda
21,55
1,50
37,12
Crisolista de primera
21,55
2,47
37,12
Crisolista de segunda
20,70
1,55
35,44
Peones especializados
19,20
1,75
34,43
Peones
18,52
1,64
34,43
Servicio de limpieza
18,52
1,64
34,43
Plus estímulo empresarial
1,88
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km.
0,47
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km.
0,70
Personal domiciliado a más de 3 km.
0,98
Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega)
0,46
Grupo profesional
Niveles
Categoría profesional
Salario base Euros
Grupo A) Técnicos
1. Titulados
II
Ingenieros, Licenciados, Capataz Facultativo, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes
28,57
2. No titulados
V
Jefe de fábrica o taller
26,05
VI
Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera.
26,83
IX
Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista
21,88
Grupo B) Administrativos
III
Jefe de primera
26,82
V
Jefe de segunda
25,21
VI
Oficial de primera
24,41
IX
Auxiliar
21,88
Grupo C) Subalternos
VII
Capataz de peones
23,67
X
Listeros, Almacenero, Guarda Jurado, Guarda, Portero, Ordenanza, Basculero, Pesador, Enfermero, Dependiente de Economato, Personal de limpieza
21,02
Grupo D) Obreros
1. Obreros de interior
a) Profesionales de:
VIII
Mineros de primera, Barreneros, Estibadores, Picadores, Caminero de primera
22,80
XII
Caminero de segunda
20,41
b) Especialistas:
X
Ayudantes de Barrenero, Estibador y Picador, Tubero y Bombero
21,70
XI
Vagonero
20,87
2. Obreros de exterior
a) Profesionales de oficio:
VIII
Oficial de primera
22,66
IX
Oficial de segunda
21,88
X
Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero.
21,70
X
Oficial de tercera
21,02
b) Especialistas:
XI
Celadores, Composteros, Lampisteros, Estriadores, Molineros, Trituradores, Ayudante de fogonero, Envasadores de sacos y otras especialidades
20,41
XII
c) Peones
20,25
Pluses:
Plus de transporte: por día debidamente trabajado
2,58
Plus de asistencia: por día debidamente trabajado
3,38
ANEXO VIII
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,5 puntos
Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia
Grupo profesional
Nivel
Categoria profesional
Salario dia
-
Euros
Operarios
VIII
Oficial de primera
22,67
IX
Oficial de segunda
21,73
X
Ayudante Vigilante
21,37
XI
Peón Especialista
20,95
XII
Peón Ordinario
20,56
Plus de transporte : Por dia efectivamente trabajado
2,58
Plus de Asistencia : Por dia efectivamente trabajado
3,38
Grupo profesional
Nivel
Categoria profesional
Salario
mes
-
Euros
Administrativos
III
Jefe de primera
1.016,13
V
Jefe de segunda
892,89
VI
Encargado de taller
814,34
VI
Oficial de primera
814,41
VIII
Oficial de segunda
706,76
IX
Auxiliar, Cobrador, Subalterno.
663,73
Plus de asistencia mensual
67,87
Plus de Transporte mensual
55,58
Dieta:
Media dieta
6,8
Comida y pernocta
20,54
ANEXO IX
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7)+ 0,5 puntos
Baldosín cerámico de la provincia de Valencia
Grupo profesional
Nivel
Categoria
Salario minimo
Salario medio
Salario maximo
VII
Capataz
24,82
-
-
VIII
Oficial de primera
24,43
29,38
34,27
IX
Oficial de segunda
23,68
28,36
33,08
X
Especialista de primera
23,47
28,13
32,82
XI
Especialista de segunda
23,18
27,85
32,54
XI
Especialista de tercera
23,13
27,76
32,4
XII
Peón
23,02
27,55
32,21
XIII
Pinche
21,81
25,87
30,49
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado
3,4
ANEXO X
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,5 puntos
Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona
Grupo profesional
Nivel
Categoría profesional
Salario/día
II
Ingenieros
40,04
II
Licenciados
37,7
II
Peritos
28,27
III
Ayudante Técnico
26,34
III
Jefe de primera administrativo
33,01
IV
Jefe de fabrica
37,66
IV
Delineante proyectista
28,09
V
Jefe de segunda administrativo
28,15
VI
Encargado de taller
28,15
VI
Delineante
26,05
VI
Oficial de primera administrativo
27,05
VI
Vendedor
27,05
VII
Oficial de segunda administrativo
25,14
VIII
Contramaestre
26,9
VIII
Calcador
24,96
VIII
Oficial de primera
25,64
VIII
Capataz de peones
21,61
IX
Oficial de segunda
21,68
IX
Portero
19,89
IX
Ordenanza
19,89
IX
Auxiliar administrativo
20,28
X
Cobrador
22,52
X
Listero
21,99
X
Almacenero
22,22
X
Guarda jurado
20,85
X
Guarda ordinario y Vigilante
19,89
X
Basculero y Pesador
19,89
X
Sanitario no titulado
19,89
X
Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años
19,89
XI
Oficial de tercera y ayudante
20,91
XII
Personal de limpieza
19,89
XII
Peón
20,36
XII
Botones
18,02
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado
3,38
Transporte: Por día efectivamente trabajado
2,57
Paga de San Antonio
50,55
Dietas:
Media dieta
9,95
ANEXO XI
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,5 puntos
Cerámica de la provincia de Valencia
Grupo profesional
Nivel
Categoría profesional
Salario/día
II
Personal Titulado Superior
37,88
III
Personal Titulado Medio
30,85
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
29,69
V
Jefe Administración 2ª, Jefe de Sección
27,32
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
25,51
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
25,1
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
24,26
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
23,87
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
23,53
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,21
XII
Peón, Personal de limpieza
22,85
Pluses:
De transporte
1,91
Distancia
0,08
Plus de asistencia
0,4
ANEXO XII
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7)+ 0,5 puntos
Vidrio de Zaragoza
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Euro/dia
Euros
II
Personal Titulado Superior
48,29
21.971,95
III
Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1.ª
42,88
19.510,40
IV
Jefe de Personal, Encargado General
41,35
18.814,25
V
Jefe Administración 2.ª, Delineante superior, Jefe de Sección, Jefe de Organización 2.ª,
35,82
16.298,10
VI
Oficial Administrativo, Delineante, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
34,27
15.592,85
VII
Delineante, Técnico Organización 2.ª, Analista 1ª, Capataz
31,73
14.437,15
VIII
Oficial Adminitrativo 2.ª, Corredor, Oficial 1.ª oficio, Analista 2.ª
30,98
14.095,90
IX
Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización, Oficial 2.ª de oficio
29,84
13.577,20
X
Auxiliar Laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante.
26,78
12.184,90
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
26,08
11.866,40
XII
Peón, Personal de limpieza
25,33
11.525,15
Premio de vinculación * (por año de servicio)
16,21
Premio de vinculación (tope máximo)
307,84
Pluses:
Transporte: Por día efectivamente trabajado
2,58
* Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar.
No se abonará este premio a los trabajadores que tengan más de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.
Respecto al Plus de Asistencia, Ayuda escolar y Fiesta del Pilar se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado el BOE número 191, del viernes 10 de agosto de 2001.
ANEXO XIII
Tablas salariales finales año 2005
Incremento IPC real (3,7) + 0,7 puntos
Tabla de referencia
(Salarios mínimos garantizados)
Grupo
Nivel
Salario dia
Salario anual
II
28,45
14.464,33
III, IV y V
25,87
13.290,43
VI y VII
23,93
12.407,73
VIII y IX
22,24
11.638,78
X
20,91
11.033,63
XI
20,47
10.833,43
XII
20,31
10.760,63
Plus de Asistencia: Por día efectivo de trabajo.
3,38
Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo.
2,59
ANEXO II
Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0) + 0,5 puntos
Generales
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Día
II
Personal Titulado Superior
29,07
III
Personal Titulado Medio
27,31
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,45
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
25,65
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
24,85
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
24,06
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.
23,24
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.
22,19
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
21,37
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
20,92
XII
Peón, Personal de limpieza
20,76
ANEXO III
Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0) + 0,5 puntos
Provincia de Madrid
Grupo
profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Día
II
Personal Titulado Superior
29,07
III
Personal Titulado Medio
27,31
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,71
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
26,15
VI
Oficial Administrativo 1.ª , Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
25,60
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
25,07
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.
24,85
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.
24,09
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
23,64
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,00
XII
Peón, Personal de limpieza
22,44
ANEXO IV
Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0) + 0,5 puntos
Subsector del vidrio al soplete
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Día
II
Personal Titulado Superior
56,16
III
Personal Titulado Medio
52,21
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
49,19
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
42,56
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
35,98
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
34,93
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
29,22
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
26,00
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
24,44
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,02
XII
Peón, Personal de limpieza
22,44
ANEXO V
Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0) + 0,5 puntos
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático
Provincia de Barcelona
Categoría profesional
Básico
PAC
Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos:
Jefe de fabricación
840,08
615,38
38,05
Encargado de sección
707,68
313,82
38,05
Contramaestre
684,65
180,94
38,05
Delineante superior
730,28
300,97
38,05
Delineante de 1.ª
707,43
252,28
38,05
Delineante de 2.ª
707,43
161,38
38,05
Auxiliares de 1.ª
637,57
107,58
38,05
Auxiliares de 2.ª
614,74
44,29
38,05
Administrativos:
Jefe de 1.ª
777,36
406,32
38,05
Jefe de 2.ª
729,79
300,54
38,05
Oficial de 1.ª
707,43
234,58
38,05
Oficial de 2.ª
661,83
178,80
38,05
Auxiliares
649,30
62,38
36,33
Aspirantes
637,57
62,38
36,33
Mercantiles:
Jefe de ventas
730,28
302,70
38,05
Viajante o Agente
707,43
110,79
38,05
Oficial de ventas
637,57
87,21
36,33
Subalternos:
Listeros
462,92
109,24
34,56
Cobradores
637,57
95,77
36,33
Capataces de peones
615,38
116,50
34,56
Almacenero
614,78
114,76
34,56
Vigilante y Portero
637,60
23,35
36,33
Sanitario y Ordenanza
614,74
23,35
34,56
Personal de remuneración diaria
Obreros:
Arqueta
20,22
2,58
36,61
Conductor máquina 1s ks. Potg
22,09
4,60
38,05
Mecánico Mak 1 s ks. de primera
22,09
4,60
38,05
Mecánico Mak 1 s ks. de segunda
22,09
4,49
38,05
Maquinista de primera
22,09
4,60
38,05
Maquinista de segunda
22,09
4,49
38,05
Fundidor de primera
22,09
4,49
38,05
Sacador de primera
22,09
4,00
38,05
Oficial primera de servicios auxiliares
22,09
4,00
38,05
Sacador de segunda
21,22
4,17
31,83
Soplador de primera
20,46
1,46
36,33
Vigilante Arca y Arca Corr.
20,46
1,46
36,33
Ayudante (todos)
20,46
1,46
36,33
Soplador de segunda
20,46
1,46
36,33
Peones especializados
19,68
2,00
34,56
Oficial segunda de servicios oficiales
21,22
3,34
34,59
Peones y servicio limpieza
18,98
1,68
34,59
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial
1,93
Plus estímulo empresarial: Peones y Peones especializados
3,11
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km.
0,49
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km.
0,72
Personal domiciliado a más de tres kilómetros
1,00
Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega)
0,47
Categoría profesional
Básico
PAC
Semanal
Personal con remuneración mensual
Técnicos:
Jefe de fabricación
840,08
599,36
38,05
Encargado de sección
707,43
313,82
38,05
Contramaestre
683,58
215,42
38,19
Administrativos:
Jefe de primera
777,36
410,13
38,05
Jefe de segunda
705,85
290,98
38,05
Oficial de primera
707,41
197,80
38,05
Oficial de segunda
661,80
201,60
38,05
Auxiliares
649,07
48,90
36,33
Aspirantes de 1.ª
637,57
37,05
36,33
Aspirantes de 2.ª
432,21
148,80
25,91
Mercantiles:
Jefe de ventas
730,28
284,64
38,05
Viajante o Corredor
707,43
141,70
38,05
Oficial de ventas
637,60
95,71
36,33
Subalternos:
Almacenero
614,74
113,85
34,56
Capataces de Peones
614,74
113,85
34,56
Listeros
614,74
100,06
34,56
Sanitarios y Ordenanzas
614,74
34,43
35,38
Cobradores
637,60
134,80
36,33
Guardias y Vigilantes
614,74
37,39
34,56
Porteros
614,74
37,39
34,56
Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)
Gran Plaza:
Maestro abridor
23,08
12,63
38,05
Soplador de primera
22,09
9,76
38,05
Soplador de segunda
22,09
5,89
38,05
Levantador
21,62
3,42
36,33
Posteros y Patroneros
21,22
4,15
36,33
Jarra o 2.º Gran Plaza:
Abridor
22,09
9,76
38,05
Soplador
22,09
4,23
38,05
Levantador de asas
20,46
1,54
36,33
Fantasía:
Maestro
22,09
9,76
38,05
Levantador
21,22
3,42
36,33
Bohemia de 1.ª:
Soplador
22,09
9,76
38,05
Patronero
20,46
5,93
36,33
Bohemia de 2.ª:
Soplador
22,09
8,62
38,05
Patronero
20,46
5,55
36,33
Bohemia de 3.ª:
Soplador
22,09
5,89
38,05
Patronero
20,46
4,20
36,33
Copas Gas Extra:
Maestro
22,09
9,76
38,05
Soplador
22,09
5,93
38,05
Levantador de pies y piernas
20,46
1,54
36,33
Vasos Corte y Gas:
Soplador toda clase
22,09
33,30
38,05
Soplador pequeños finos
22,09
3,02
38,05
Copas Gas Corriente:
Maestro colador pies y pierna
22,09
8,62
38,05
Soplador
22,09
5,30
38,05
Levantador de pies y piernas
18,93
1,54
36,33
Vasos acabados a mano:
Abridor
22,09
8,62
38,05
Soplador
22,09
5,93
38,05
Vasos acabados a mano de 2.ª:
Abridor
22,09
6,83
38,05
Soplador
22,09
4,52
38,05
Prensa Refinada Extra:
Abridor
22,09
9,96
38,05
Prensador
22,09
6,83
38,05
Levantador
21,22
3,42
36,33
Prensa Miniatura:
Abridor
22,09
8,35
38,05
Prensador
22,09
5,89
38,05
Levantador
21,22
3,42
36,33
Prensa sin Refinar:
Prensador
22,09
4,52
38,05
Levantador
21,22
3,08
36,33
Copas Americanas Extras:
Colocador de pies
22,09
6,96
38,05
Soplador
22,09
5,89
38,05
Levantador
20,46
1,54
36,33
Copas Americanas Corrientes:
Colocador de pies
22,09
0,58
38,05
Soplador
22,09
5,07
38,05
Levantador
20,46
1,54
36,33
Tapones a Mano:
Taponero
22,09
6,72
38,05
Tapones Prensador (Punzados):
Taponero
20,46
1,54
36,33
Producción semiautomática:
Oficial de primera máquina
22,09
5,15
38,05
Oficial de primera sacador
22,09
3,63
38,05
Oficiales de primera soplador
20,46
1,54
36,33
Oficial de segunda máquina
22,09
3,98
38,05
Oficiales de segunda sacador
21,22
3,42
36,33
Oficial de segunda soplador
20,46
1,96
36,33
A) Sección Acabado
Cortadores a gas (bohemia/F)
20,46
2,83
36,33
Cortadores a gas corriente
20,46
2,72
36,33
Fletadores (B.y F.)
21,22
3,42
36,33
Fletadores finos al torno
21,22
3,42
36,33
Fletadores corriente
21,22
3,42
36,33
Chaflanadores (B. y F.)
21,22
3,42
36,33
Chaflanadores ( sonoro)
21,22
3,42
36,33
Requemadores a mano o maq.
20,46
2,72
36,33
Chaflanadores corrientes
20,46
2,72
36,33
Despuntilladores
20,46
2,72
36,33
Pulidores
20,46
2,72
36,33
Taponadores finos
22,09
3,98
38,05
Taponadores semifino
20,46
5,39
36,33
Taponadores ordinario
20,46
4,15
36,33
B) Sección Enriquecido
Tallería:
Tallador de primera
22,09
6,97
38,05
Tallador de segunda
22,09
4,52
38,05
Tallador de tercera
20,46
6,33
36,33
Pulidor
20,46
3,08
36,33
Decorado:
Decorador de primera
22,09
6,97
38,05
Decorador de segunda
22,09
4,54
38,05
Decorador de tercera
21,22
3,08
36,33
Mufleros
21,22
2,53
36,33
Serigrafiados
21,22
2,53
36,33
Grabado:
Grabador a la rueda de primera
22,09
6,97
38,05
Grabadora a la rueda de segunda
20,46
5,07
36,33
Grabadora a la rueda de tercera
20,46
4,06
36,33
Grabadora al transporte
21,22
2,53
36,33
Panteng y Gillog
21,22
2,53
36,33
C) Sección Temple
Fundidor de primera
22,09
3,98
36,33
Fundidor de segunda
20,46
4,06
36,33
Arqueta
20,46
2,80
36,33
D) Servicios Auxiliares
Oficial de primera
22,09
3,63
38,05
Oficial de segunda
22,09
1,54
38,05
Crisolista de primera
22,09
2,53
38,05
Crisolista de segunda
21,22
1,59
36,33
Peones especializados
19,68
1,79
35,29
Peones
18,98
1,68
35,29
Servicio de limpieza
18,98
1,68
35,29
Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial
1,93
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km
0,48
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km
0,72
Personal domiciliado a más de 3 km
1,00
Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega)
0,47
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera, las Empresas abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta incrementada, en su caso, con el premio de antigüedad, si correspondiera.
ANEXO VII
Tablas salariales provisionales año 2006
Incremento IPC previsto (2,0) + 0,5 puntos
Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufactura de Minerales Industriales
Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo, las siguientes Industrias:
En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.
Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres,Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de trípoli, y todos aquellos que se utilizan , predominantemente, en la fabricación de vidrio y cerámica.
Grupo profesional
Niveles
Categoría profesional
Salario base
-
Euros
Grupo A) Técnicos
1. Titulados
II
Ingenieros, Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes
29,28
2. No titulados
V
Jefe de fábrica o taller
26,7
VI
Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera
27,50
IX
Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista
22,43
Grupo B) Administrativos
III
Jefe de primera
27,49
V
Jefe de segunda
25,84
VI
Oficial de primera
25,02
IX
Auxiliar
22,43
Grupo C) Subalternos
VII
Capataz de peones
24,26
X
Listeros. Almacenero. Guarda Jurado. Guarda. Portero. Ordenanza. Basculero. Pesador. Enfermero. Dependiente de Economato. Personal de limpieza
21,55
Grupo D) Obreros
1. Obreros de Interior
a) Profesionales de:
VIII
Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera
23,37
XII
Caminero de segunda
20,92
b) Especialistas
X
Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero.
22,24
XI
Vagonero
21,39
2. Obreros de Exterior
a) Profesionales de oficio:
VIII
Oficial de primera
23,23
IX
Oficial de segunda
22,43
X
Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero
22,24
X
Oficial de tercera
21,55
b) Especialistas:
XI
Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Envasadores de sacos y otras especialidades.
20,92
XII
c) Peones
20,76
Pluses:
Plus de transporte: por día debidamente trabajado
2,64
Plus de asistencia: por día debidamente trabajado
3,46
Grupo profesional
Nivel
Categoría profesional
Salario día
-
Euros
VIII
Oficial de primera
23,24
IX
Oficial de segunda
22,27
X
Ayudante Vigilante
21,9
XI
Peón Especialista
21,47
XII
Peón Ordinario
21,07
Plus de transporte : Por día efectivamente trabajado
2,64
Plus de Asistencia : Por día efectivamente trabajado
3,46
Grupo profesional
Nivel
Categoría profesional
Salario mes
-
Euros
III
Jefe de primera
1.041,53
V
Jefe de segunda
915,21
VI
Encargado de taller
834,7
VI
Oficial de primera
834,77
VIII
Oficial de segunda
724,43
IX
Auxiliar. Cobrador Subalterno
680,32
Plus de asistencia mensual
69,57
Plus de Transporte mensual
56,97
Dieta:
Media dieta:
6,97
Comida y pernocta.
21,05
Grupo profesional
Nivel
Categoría
Salario mínimo
-
Euros
Salario medio
-
Euros
Salario máximo
-
Euros
VII
Capataz
25,44
-
-
VIII
Oficial de primera
25,04
30,11
35,13
IX
Oficial de segunda
24,27
29,07
33,91
X
Especialista de primera
24,06
28,83
33,64
XI
Especialista de segunda
23,76
28,55
33,35
XI
Especialista de tercera
23,71
28,45
33,21
XII
Peón
23,6
28,24
33,02
XIII
Pinche
22,36
26,52
31,25
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado
3,49
Grupo profesional
Nivel
Categoría profesional
Salario día
-
Euros
II
Ingenieros
41,04
II
Licenciados
38,64
II
Peritos
28,98
III
Ayudante Técnico
III
Jefe de primera administrativo
33,84
IV
Jefe de fábrica
38,6
IV
Delineante proyectista
28,79
V
Jefe de segunda administrativo
28,85
VI
Encargado de taller
28,85
VI
Delineante
26,7
VI
Oficial de primera administrativo
27,73
VI
Vendedor
27,73
VII
Oficial de segunda administrativo
25,77
VIII
Contramaestre
27,57
VIII
Calcador
25,58
VIII
Oficial de primera
26,28
VIII
Capataz de peones
22,15
IX
Oficial de segunda
22,22
IX
Portero
20,39
IX
Ordenanza
20,39
IX
Auxiliar administrativo
20,79
X
Cobrador
23,08
X
Listero
22,54
X
Almacenero
22,78
X
Guarda jurado
21,37
X
Guarda ordinario y Vigilante
20,39
X
Basculero y Pesador
20,39
X
Sanitario no titulado
20,39
X
Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años.
20,39
XI
Oficial de tercera y ayudante
21,43
XII
Personal de limpieza
20,39
XII
Peón
20,87
XII
Botones
18,47
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado
3,46
Transporte: Por día efectivamente trabajado
2,63
Paga de San Antonio
51,81
Dietas:
Media dieta
10,2
Grupo profesional
Nivel
Categoría profesional
Salario/día
-
Euros
II
Personal Titulado Superior
38,83
III
Personal Titulado Medio
31,62
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
30,43
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
28,00
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
26,15
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
25,73
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
24,87
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2ª operario
24,47
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
24,12
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,79
XII
Peón, Personal de limpieza
23,42
Pluses:
De transporte
1,96
Distancia
0,08
Plus de asistencia
0,41
Grupo profesional
Nivel salarial
Categoría profesional
Euro/día
Euros
II
Personal Titulado Superior
49,50
22.522,50
III
Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1ª
43,95
19.997,25
IV
Jefe de Personal, Encargado General.
42,38
19.282,90
V
Jefe Administración 2ª, Delineante superior, Jefe de Sección, Jefe de Organización 2.ª,
36,72
16.707,60
VI
Oficial Administrativo, Delineante, Técnico Organización 1ª, Jefe Taller, Encargado
35,13
15.984,15
VII
Delineante, Técnico Organización 2ª, Analista 1.ª Capataz
32,52
14.796,60
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Corredor, Oficial 1ª oficio, Analista 2.ª
31,75
14.446,25
IX
Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización, Oficial 2ª de oficio
30,59
13.918,45
X
Auxiliar Laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante.
27,45
12.489,75
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado .
26,73
12.162,15
XII
Peón, Personal de limpieza
25,96
11.811,80
Premio de Vinculación * (por año de servicio) . . . . . . . . . . . . .
16,62
Premio de Vinculación (tope máximo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
315,54
Pluses:
Transporte: Por día efectivamente trabajado . . . . . . . . . . . . . . .
2,64
Grupo
Nivel
Salario día
Salario anual
II
29,19
14.841,72
III, IV y V
26,54
13.635,97
VI y VII
24,55
12.730,52
VIII y IX
22,82
11.943,37
X
21,45
11.320,02
XI
21,00
11.115,27
XII
20,84
11.042,47