Visto el texto de los acuerdos de revisión salarial para el año 2004 y de incremento salarial para el año 2005, así como las correspondientes tablas salariales del Convenio Colectivo del sector de Fabricación de Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves (Código de Convenio n.º 9906955), que fueron suscritos con fecha 7 de abril de 2005, de una parte por la Federación Nacional Profesional de Artesanos de Calzado (FNPAC-RMO) en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de abril de 2005.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.
Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves de ámbito estatal para el 2003-2006
En Madrid a 7 de Abril del 2005 y en el domicilio social de la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia), c/ Alenza, n.º 13, 3ª planta, de Madrid, se reúnen las partes con representación en este convenio. Reunidos de una parte la representación de los Trabajadores, representada en la mesa Por Fiteqa CC.OO. y Fía UGT y por parte la representación empresarial, representada por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder al incremento salarial para el año 2005, en función de lo previsto en el Art. del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2003 y 2006, manifiestan lo siguiente:
Acuerdan proceder a la Revisión de los citados salarios en un 1,2%, en función de la constatación de que el IPC anual del citado año ha supuesto un 3,7% y en este acto, firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento establecido por el diferencial mencionado del IPC anual.
Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, acuerdan autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el Acta de Acuerdo y Tablas Salariales correspondientes al año 2005 del citado Convenio. Lo que así se manifiesta en este acto y se levanta, la presente acta a los efectos legales oportunos.
Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves de ámbito estatal para el 2003-2006
En Madrid a 7 de Abril del 2005 y en el domicilio social de la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia), c/ Alenza, n.º 13, 3ª planta, de Madrid, se reúnen las partes con representación en este convenio. Reunidos de una parte la representación de los Trabajadores, representada en la mesa Por Fiteqa CC.OO. y Fía UGT y por parte la representación empresarial, representada por la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder a la revisión salarial para el año 2004, en función de lo previsto en el Art. del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2003 y 2006, manifiestan lo siguiente:
Acuerdan proceder al Incremento Salarial en un 2,5%, firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento salarial pactado en el Convenio Colectivo.
Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, acuerdan autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el Acta de Acuerdo y Tablas Salariales de la revisión correspondiente al año 2004 del citado Convenio. Lo que así se manifiesta en este acto y se levanta, la presente acta a los efectos legales oportunos.
ANEXO N.º 1
Tablas salariales para 2004
Reparación de calzado
Personal Administrativo
Retribución mensual
Salario base mes
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
OFICIAL DE 1ª
815,82
81,58
94,23
991,63
1.794,81
13.694,41
OFICIAL DE 2ª
745,30
74,53
86,08
905,91
1.639,66
12.510,58
AUXILIAR
645,19
64,52
74,52
784,22
1.419,41
10.830,08
APRENDIZ DE 16 A 21 AÑOS
416,80
41,68
48,14
506,62
916,96
6.996,40
Personal de Oficio
Retribución día
Salario base día
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
MAESTRO DE REPARACIÓN
24,70
2,47
84,04
886,08
1.580,63
12.213,63
GUARNECEDOR
22,29
2,23
75,85
799,77
1.426,66
11.023,91
OFICIAL DE 1ª
22,29
2,23
75,85
799,77
1.426,66
11.023,91
OFICIAL DE 2ª
21,91
2,19
74,57
786,23
1.402,50
10.837,24
AYUDANTE
20,80
2,08
70,78
746,34
1.331,34
10.287,40
PEON-MOZO-PER. LIMPIEZA
20,58
2,06
70,04
738,46
1.317,29
10.178,79
APRENDIZ (16 a 21 AÑOS)
14,14
1,41
48,13
507,49
905,28
6.995,16
Personal de Comercio
Retribución mensual
Salario base mes
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
RECEPCIONISTA
645,19
64,52
74,52
784,22
1.419,41
10.830,08
ASPIRANTE Recepción (16-18)
597,56
59,76
69,02
726,33
1.314,62
10.030,56
Medida-Ortopedia
Personal
Retribución mensual
Salario base mes
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
HORMERO
962,69
96,27
111,19
1.170,15
2.117,92
16.159,75
ENCARGADO DE SECCION
815,69
81,57
94,21
991,47
1.794,51
13.692,12
Personal de Oficio
Retribución día
Salario base día
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
PATRONISTA
29,41
2,94
100,07
1.055,12
1.882,15
14.543,55
MAESTRO DE MESILLA
24,70
2,47
84,05
886,20
1.580,83
12.215,23
SUBENCARGADO SECCION
23,88
2,39
81,25
856,65
1.528,12
11.807,94
CORTADOR
23,00
2,30
78,26
825,13
1.471,90
11.373,50
OFICIAL DE 1ª
23,00
2,30
78,26
825,13
1.471,90
11.373,50
GUARNECEDOR
22,29
2,23
75,85
799,77
1.426,66
11.023,91
OFICIAL DE 2ª
22,12
2,21
75,27
793,64
1.415,72
10.939,39
ESPECIALISTA
20,80
2,08
70,78
746,34
1.331,34
10.287,40
PEON-MOZO-PER. LIMPIEZA
20,58
2,06
70,04
738,46
1.317,29
10.178,79
APRENDIZ (16 a 21 AÑOS)
14,14
1,41
48,13
507,49
905,28
6.995,16
ANEXO N.º 1
Tablas salariales para 2005
Reparación de calzado
Personal Administrativo
Retribución mensual
Salario base mes
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
OFICIAL DE 1ª
836,22
83,62
96,58
1.016,42
1.839,68
14.036,77
OFICIAL DE 2ª
763,93
76,39
88,23
928,56
1.680,65
12.823,35
AUXILIAR
661,32
66,13
76,38
803,83
1.454,89
11.100,84
APRENDIZ DE 16 A 21 AÑOS
427,22
42,72
49,34
519,29
939,88
7.171,31
Personal de Oficio
Retribución día
Salario base día
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
MAESTRO DE REPARACIÓN
25,31
2,53
86,14
908,24
1.620,14
12.518,97
GUARNECEDOR
22,85
2,28
77,75
819,77
1.462,33
11.299,51
OFICIAL DE 1ª
22,85
2,28
77,75
819,77
1.462,33
11.299,51
OFICIAL DE 2ª
22,46
2,25
76,43
805,88
1.437,56
11.108,17
AYUDANTE
21,32
2,13
72,55
765,00
1.364,63
10.544,59
PEON-MOZO-PER. LIMPIEZA
21,10
2,11
71,79
756,92
1.350,22
10.433,26
APRENDIZ (16 a 21 AÑOS)
14,50
1,45
49,34
520,18
927,91
7.170,04
Personal de Comercio
Retribución mensual
Salario base mes
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
RECEPCIONISTA
661,32
66,13
76,38
803,83
1.454,89
11.100,84
ASPIRANTE Recepción (16-18)
612,49
61,25
70,74
744,49
1.347,49
10.281,33
Medida-Ortopedia
Personal
Retribución mensual
Salario base mes
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
HORMERO
986,76
98,68
113,97
1.199,41
2.170,87
16.563,74
ENCARGADO DE SECCION
836,08
83,61
96,57
1.016,25
1.839,37
14.034,43
Personal de Oficio
Retribución día
Salario base día
-
Euros
Plus Conv./mes
-
Euros
Beneficios mes
-
Euros
Salario mes
-
Euros
Extras Juli + Dic.
-
Euros
Total anual
PATRONISTA
30,14
3,01
102,57
1.081,49
1.929,21
14.907,14
MAESTRO DE MESILLA
25,32
2,53
86,15
908,35
1.620,35
12.520,61
SUBENCARGADO SECCION
24,47
2,45
83,28
878,07
1.566,33
12.103,14
CORTADOR
23,57
2,36
80,21
845,76
1.508,70
11.657,84
OFICIAL DE 1ª
23,57
2,36
80,21
845,76
1.508,70
11.657,84
GUARNECEDOR
22,85
2,28
77,75
819,77
1.462,33
11.299,51
OFICIAL DE 2ª
22,67
2,27
77,15
813,48
1.451,11
11.212,88
ESPECIALISTA
21,32
2,13
72,55
765,00
1.364,63
10.544,59
PEON-MOZO-PER. LIMPIEZA
21,10
2,11
71,79
756,92
1.350,22
10.433,26
APRENDIZ (16 a 21 AÑOS)
14,50
1,45
49,34
520,18
927,91
7.170,04