La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables que publique mensualmente mediante Resolución la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes».
Conforme a dicha obligación de actualización mensual de los tipos fijos o diferenciales máximos aplicables, se publica un nuevo anexo que sustituirá al anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013 y a la última actualización publicada en la Resolución de 5 de junio, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
Madrid, 28 de junio de 2013.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa.
ANEXO
Diferenciales máximos aplicables al mes de julio a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera
Vida media de la operación
–
Meses
Tipo fijo máximo
Diferencial máximo sobre euribor 12 meses
Diferencial máximo sobre euribor 6 meses
Diferencial máximo sobre euribor 3 meses
Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
1
3,00
297
2
3,24
316
3
3,34
315
326
4
3,38
317
328
5
3,42
320
331
6
3,49
316
327
338
7
3,64
329
340
351
8
3,77
341
352
363
9
3,88
351
362
373
10
3,97
357
368
379
11
3,99
358
369
380
12
4,06
351
362
374
385
13
4,16
363
374
386
397
14
4,22
368
379
390
401
15
4,28
372
383
395
406
16
4,34
376
388
399
410
17
4,40
381
392
404
415
18
4,46
386
397
408
419
19
4,52
391
402
413
424
20
4,60
397
408
419
430
21
4,69
403
414
425
436
Plazo ≥ 22
4,75
410
421
432
443