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Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 789/2020, interpuesto ante la Audiencia Nacional.

BOE-A-2020-11949·7 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica que tiene como objeto principal emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 789/2020, interpuesto por el Ayuntamiento de Vinarós ante la Audiencia Nacional. A quién afecta: Afecta a todos aquellos interesados que puedan verse afectados por la resolución judicial que se dicte en el mencionado recurso contencioso-administrativo. Esto incluye, pero no se limita a, otras entidades locales que hayan recibido subvenciones en la misma resolución impugnada, o cualquier otra persona física o jurídica que pueda tener un interés legítimo en el resultado del litigio. Disposiciones más relevantes: Objeto del Recurso: El recurso contencioso-administrativo 789/2020 se interpuso contra la Resolución de 12 de diciembre de 2019 de la Secretaría de Estado de Política Territorial. Motivo del Recurso: La resolución impugnada asigna subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria, previstas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2018. El Ayuntamiento de Vinarós, por tanto, impugna la asignación de dichas subvenciones. Emplazamiento: La Secretaría General Técnica, en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, emplaza a los interesados a comparecer ante la Audiencia Nacional en un plazo de nueve días a partir de la publicación de esta resolución. Esta comparecencia es para que los interesados puedan defender sus derechos si lo consideran conveniente. Consecuencia de la no comparecencia: La no comparecencia en el plazo indicado no impide que el proceso judicial siga su curso, pero implica que el interesado no podrá presentar alegaciones ni pruebas en defensa de sus intereses. En resumen, la resolución busca garantizar el derecho a la defensa de todos aquellos que puedan verse afectados por el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Vinarós contra la asignación de subvenciones para la reparación de infraestructuras.

Recibido el requerimiento de la Audiencia Nacional a que hace referencia el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al recurso contencioso-administrativo, número 789/2020 interpuesto por el Ayuntamiento de Vinarós contra la Resolución de 12 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se asignan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria, previstas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2018,

Esta Secretaría General Técnica ha resuelto emplazar para que comparezcan ante el referido Tribunal, en el plazo de nueve días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución a todos los interesados en el procedimiento, si a su derecho conviniera.

Madrid, 28 de septiembre de 2020.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.