Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2009 del V Convenio Colectivo estatal para Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos publicado en el BOE de 2.7.2007 (Código de Convenio n.º 9909675), que fue suscrito con fecha 18 de marzo de 2009 de una parte por las Asociaciones empresariales CECE y ACADE en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales FETE-UGT, CC.OO. y USO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
Acta de la comisión negociadora de las tablas salariales para el año 2009 del V convenio colectivo estatal para los centros de enseñanza de peluquería y estética, de enseñanzas musicales y de artes aplicadas y oficios artísticos
Asistentes:
Siendo las 12 horas del día 18 de marzo de 2009, se reúnen los indicados arriba en representación de sus organizaciones según la representatividad de la negociación del convenio para proceder a la revisión salarial para el año 2009 del V Convenio Colectivo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava.
Ostentan la Presidencia y la Secretaría CECE y USO, respectivamente.
La organización sindical CIG, convocada en tiempo y forma, no ha asistido a la reunión de hoy. El resto de organizaciones patronales y sindicales acuerdan firmar las tablas salariales del año 2009 en el día de hoy, mandatando a la secretaría para su tramitación con el fin de su posterior publicación en el BOE.
TABLAS SALARIALES 2009
Estas tablas están confeccionadas en 14 pagas.
Sección A: Aplicables a centros de Enseñanzas Especializadas y Regladas de carácter profesional (Peluquería y Estética)
Sección B: Aplicable a centros de Enseñanzas Regladas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos
CECED.ª Basilia Cuellar.D. Tomás Amarillas (ANCEPE).D. Mariano Torija.
FETE-UGTD.ª Natividad Ferrer.D.ª Nieves Cenzual.
ACADED.ª Ana González.D.ª Ana Valero.
CC.OO.D.ª Pilar Moreno.D.ª María Espinosa.
USOD. José Carlos Garcés.
CECE ACADE
FETE-UGT
CC.OO.
USO
Categoría
Salario 2009–Euros
Trienio 2009–Euros
Grupo I. Personal docente:Profesor titular
1.172,43
33,54
Jefe de Taller o Laboratorio
1.172,43
33,54
Profesor Adjunto o Auxiliar
1.084,42
31,18
Instructor
969,99
27,58
Grupo II. Personal administrativo:Jefe de Administración
1.191,86
31,74
Oficial de Administración
966,60
26,81
Auxiliar Administrativo
846,15
26,81
En formación
624,00
26,81
Grupo III. Personal de Servicios Generales:Conserje
1.005,51
26,81
Oficial de 1.ª
959,47
26,81
Portero
877,15
26,81
Celador
877,15
26,81
Personal de limpieza
839,80
26,81
Personal no cualificado
839,80
26,81
En formación
624,00
26,81
Categoría
Salario 2009
Trienio 2009
Grupo I. Personal docente:Profesor titular
1.099,41
30,21
Jefe de Taller o Laboratorio
1.099,41
30,21
Profesor Adjunto o Auxiliar
996,61
27,58
Maestros de Taller o Laboratorio
996,61
27,58
Instructor
907,73
25,55
Grupo II. Personal administrativo:Jefe de Administración
1.191,86
31,74
Oficial Administrativo
966,60
26,81
Auxiliar Administrativo
846,15
26,81
En formación
624,00
26,81
Grupo III. Personal de Servicios Generales:Conserje
1.005,51
26,81
Oficial de 1.ª
959,47
26,81
Portero
877,15
26,81
Celador
877,15
26,81
Personal de limpieza
839,80
26,81
Personal no cualificado
839,80
26,81
En formación
624,00
26,81