Visto el texto del acuerdo de revisión salarial y las correspondientes tablas para el año 2019 del Convenio colectivo nacional taurino (código de convenio 99001985011988), que fueron suscritos, con fecha 25 de febrero de 2019, de una parte por las organizaciones empresariales ANOET y ASOJET, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales Unión de Toreros, UGT, Unión Nacional de Picadores y Banderilleros (UNPB) y Asociación Nacional de Mozos de Espadas (ASNAME), en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de los citados acuerdo de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de abril de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
COMISIÓN NEGOCIADORA CONVENIO COLECTIVO NACIONAL TAURINO
Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos.
Unión Nacional de Picadores y Banderilleros Españoles.
Asociación Nacional de Mozos de Espadas.
Asociación de Jóvenes Empresarios Taurinos.
Unión de Toreros.
Unión General de Trabajadores.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO TAURINO. CELEBRADA EL DÍA 25 DE FEBRERO DE 2019
Asistentes:
ANOET:
Doña Mar Gutiérrez.
Don Enrique Garza.
ASOJET:
Don Jorge Arellano.
ASNAME:
Don Luis Rodríguez Mellado.
Don Joaquín Llorente.
UNPB:
Don Antonio J. Martínez.
Don Carlos Hombrados.
Don David Prados.
Don Daniel López.
Don Raúl Ruiz Bonilla.
Unión de Toreros:
Don Íñigo Fraile.
UGT:
Don José María García.
En Madrid a 25 de febrero de 2.019 siendo las 11 horas del día indicado se reúnen la Comisión, en la calle Carretas, número 27, 1.º derecha, los señores que al margen se relacionan, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Taurino, para la que fueron convocados con arreglo al siguiente, bajo la presidencia de ASOJET.
ORDEN DEL DÍA
1. Honorarios temporada 2019
Punto 1. Honorarios temporada 2019:
A tenor de lo dispuesto en el artículo 4 se acuerda la subida salarial para la temporada 2019, siendo esta del 3,3 % (IPC octubre 2018 + 1 punto).
Esta comisión delega en la persona de Juan José Martínez Tendero para realizar los trámites necesarios de registro y publicación de la presente acta.
Siendo las 13:30 horas del día al principio indicado se levanta la sesión.
HONORARIOS A PERCIBIR DESDE 1 DE ENERO DE 2019
Plazas de toros de España, Francia y Portugal
Matadores de toros en corridas de toros - 1 res
Matadores de toros en corridas de toros - 2 reses
Matadores de toros en corridas de toros - 3 reses
Matadores de toros en corridas de toros - 4 reses
Matadores de toros en corridas de toros - 5 reses
Matadores de toros en corridas de toros - 6 reses
Matadores de toros grupos A en festivales picados
Matadores de toros grupos B en festivales picados
Matadores de tor os grupo C en festivales picados
Matadores de toros grupos A en festivales sin picar
Matadores de toros grupos B en festivales sin picar
Matadores de toros grupo C en festivales sin picar
Sobresalientes en corridas de toros
Rejoneadores - grupo A
Rejoneadores - grupo B
Rejoneadores - grupo C
Rejoneadores grupos A en festivales picados
Rejoneadores grupos B en festivales picados
Rejoneadores grupo C en festivales picados
Rejoneadores grupos A en festivales sin picar
Rejoneadores grupos B en festivales sin picar
Rejoneadores grupo C en festivales sin picar
En los honorarios de cuadrillas que actúen en festejos de rejones, no se encuentra incluído el salario del ayuda de mozo de espadas, deberán incluirse siempre y cuando sea preceptivo o se requiera de sus servicios.
Sobresalientes rejoneadores en corridas de rejones
Sobresalientes con rejoneadores
Matadores de novillos en novilladas picadas - 1 res
Matadores de novillos en novilladas picadas - 2 reses
Matadores de novillos en novilladas picadas - 3 reses
Matadores de novillos en novilladas picadas - 4 reses
Matadores de novillos en novilladas picadas - 5 reses
Matadores de novillos en novilladas picadas - 6 reses
Matadores de novillos en novilladas sin picar
Matadores de novillos en festivales picados
Matadores de novillos en festivales sin picar
Sobresalientes en novilladas
Becerradas profesionales
Banderillero adicional
Espectáculos cómico-taurinos
Director y Ayudante Director de Lidia
HONORARIOS A PERCIBIR DESDE 1 DE ENERO DE 2019
Plazas de toros de España, Francia y Portugal
Picadores y Banderilleros
Con Matadores de toros en corridas de toros
Con Rejoneadores
Con Novilleros con Picadores en novilladas picadas
Novilladas sin picar
Becerradas
Festivales picados
Festivales sin picar
HONORARIOS A PERCIBIR DESDE 1 DE ENERO DE 2019
Plazas de toros de América
Picadores y Banderilleros
Con Matadores de toros
* La cifra resultante al aumentar en un 20% el sueldo correspondiente, en España, en plazas de primera categoría.
Con Rejoneadores
* La cifra resultante al aumentar en un 20% el sueldo correspondiente, en España, en plazas de primera categoría.
Los matadores, rejoneadores y novilleros podrán obtener la bonificación de los salarios de los integrantes de su cuadrilla, que establece la Disposición Final Quinta del vigente Convenio Colectivo Nacional Taurino.
HONORARIOS A PERCIBIR DESDE 1 DE ENERO DE 2019
Plazas de toros de España, Francia y Portugal
Mozos de espadas
Con Matadores de toros en corridas de toros
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que corresponda, y tres ayudantes.
Con Rejoneadores de toros y novillos
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que corresponda, y tres ayudantes.
En novilladas picadas
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que corresponda, y tres ayudantes.
En novilladas sin picar
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que corresponda, y tres ayudantes.
En festivales picados con matadores, rejoneadores y novilleros
En festivales sin picar con matadores, rejoneadores y novilleros
En los festejos de un matador con seis reses, intervendrá un único mozo de espadas y su salario será el doble de lo estipulado en el festejo que corresponda, y tres ayudantes.
En becerradas
Con sobresaliente en corrida de toros
Con sobresaliente rejoneador en corrida de rejones
Con sobresaliente en novillada picada y rejoneadores de novillos
Con sobresaliente en novillada sin picar y rejoneadores de novillos
Con Toreros cómicos
Plazas de toros de América
Con Matadores de toros
Con Rejoneadores
Con Matadores de novillos
La cifra resultante al aumentar en un 20% el sueldo correspondiente, en España, en plazas de primera categoría.
Ayudantes
Con Matadores de toros en corridas de toros
Con Rejoneadores de toros y novillos
En novilladas picadas
En novilladas sin picar (obligatorio cuando se lidian 3 o más reses)
En festivales picados con matadores, rejoneadores y novilleros
En festivales sin picar con Matadores, Rejoneadores y Novilleros
Puntilleros
Con Matadores de toros en corridas de toros
Con Rejoneadores
En novilladas
Los matadores, rejoneadores y novilleros podrán obtener la bonificación de los salarios de los integrantes de su cuadrilla, que establece la disposición final quinta del vigente Convenio Colectivo Nacional Taurino.