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Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 1618/2019, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima.

BOE-A-2020-12246·14 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 1618/2019, interpuesto por CSIF contra la inadmisión del recurso de reposición contra la Instrucción 7/2019 sobre jornada y horarios del personal de Instituciones Penitenciarias. Afecta a los empleados públicos penitenciarios interesados en el recurso. Se les concede un plazo de nueve días para personarse ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Conforme a lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en relación con el procedimiento ordinario 1618/2019, instruido en base al recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), contra la inadmisión del recurso de reposición interpuesto contra la Instrucción 7/2019, sobre jornada y horarios de trabajo del personal funcionario y laboral destinado en los Servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y de la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, se procede por medio de la presente al cumplimiento del trámite de la notificación de emplazamiento a todos aquellos empleados públicos penitenciarios, que aparezcan interesados en el mismo, si a su derecho conviniera, disponiendo para ello de un plazo de nueve días, desde el día siguiente a la publicación oficial de la presente Resolución, ante el órgano jurisdiccional que lo ordenó.

Madrid, 29 de septiembre de 2020.–El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.