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Resolución de 3 de abril de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo 2/630/2007, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección tercera, y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-6266·14 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 2/630/2007 al Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Segundo, emplazar a los interesados en el mencionado recurso. A quién afecta: Esta resolución afecta directamente a E.On Generación, S.A., la empresa que interpuso el recurso contencioso-administrativo. Además, afecta a todas aquellas personas físicas y jurídicas que se hayan beneficiado o puedan beneficiarse del Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2007, que es el acto administrativo impugnado. Este Acuerdo aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2008-2012. En resumen, afecta a todas las entidades que tengan un interés directo en que se mantenga la validez del Acuerdo del Consejo de Ministros. Disposiciones más relevantes: Remisión del expediente: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con lo solicitado por este órgano judicial. Esto es un paso procesal necesario para que el Tribunal pueda analizar el recurso contencioso-administrativo. Emplazamiento a interesados: Se emplaza a los interesados a comparecer y personarse en el procedimiento judicial ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución. Este emplazamiento garantiza que todos aquellos que puedan verse afectados por la decisión judicial tengan la oportunidad de defender sus intereses. La falta de comparecencia dentro del plazo podría implicar la pérdida de la oportunidad de participar activamente en el proceso judicial. Base legal:** La resolución se basa en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establecen los procedimientos para la remisión de expedientes y el emplazamiento de interesados en este tipo de recursos.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo (Sección tercera), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por E.On Generación, S.A., contra Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 2007, por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 3 de abril de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Diego Chacón Ortiz.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.