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Resolución de 3 de febrero de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 1/97/2009, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sección quinta y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2010-2496·15 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España, fechada el 3 de febrero de 2010. Su objeto principal es doble: 1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 1/97/2009 al Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta). Este recurso fue interpuesto por la Comunidad Autónoma de Madrid. 2. Emplazar a los interesados en el Real Decreto 1162/2009, de 10 de julio, que modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. A quién afecta: Principalmente, a la Comunidad Autónoma de Madrid, como parte recurrente. Afecta también a todas las personas físicas y jurídicas que se hayan visto beneficiadas o puedan verse beneficiadas por el Real Decreto 1162/2009, o que tengan un interés directo en que dicho Real Decreto se mantenga vigente. Disposiciones más relevantes: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con el artículo 48 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se emplaza a los interesados a comparecer y personarse ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 49 de la misma ley. Esto les permite defender sus intereses en el proceso judicial. En resumen, la resolución es un trámite procesal necesario para que el Tribunal Supremo pueda analizar el recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid contra el Real Decreto que modifica la normativa sobre extranjería, garantizando al mismo tiempo que todos los afectados tengan la oportunidad de participar en el proceso judicial.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo (Sección Quinta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Comunidad Autónoma de Madrid, contra el Real Decreto 1162/2009, de 10 de julio, modificando el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 3 de febrero de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Fernando Flores Jiménez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.