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Resolución de 30 de abril de 2010, de la Universidad de Extremadura, por la que se publica el plan de estudios de Máster Universitario en Recursos Renovables e Ingeniería Energética.

BOE-A-2010-7958·17 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Universidad de Extremadura que publica el plan de estudios del Máster Universitario en Recursos Renovables e Ingeniería Energética. Afecta a los estudiantes y profesorado de dicho máster. Se detalla la estructura del plan de estudios, la distribución de créditos ECTS por tipo de materia y la secuenciación de las asignaturas en los semestres.

Obtenida la verificación del plan de estudios por el Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, así como la autorización de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y establecido el carácter oficial del Título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de marzo de 2010 (publicado en el BOE de 29 de abril de 2010).

Este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, ha resuelto publicar el plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Recursos Renovables e Ingeniería Energética, que quedará estructurado según consta en el Anexo de esta Resolución.

Badajoz, 30 de abril de 2010.–El Rector, Juan Francisco Duque Carrillo.

ANEXO

Universidad de Extremadura

Plan de estudios conducente al título de Máster Universitario en Recursos Renovables e Ingeniería Energética (Rama Ciencias)

5.1. Estructura de las enseñanzas.

Tabla 1. Distribución del plan de estudios en ECTS por tipo de materia

Tabla 2.1. Estructura modular del plan de estudios

Tabla 3. Secuenciación del plan de estudios

Primer semestre

Segundo semestre

Esta secuenciación podrá ser objeto de modificación por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura en aquellos casos en los que se autorice su organización académica mediante simultaneidad de estudios para facilitar la realización de dobles titulaciones.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.