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Resolución de 30 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre salario mínimo sectorial para 2018 derivado del V Acuerdo estatal sobre materias concretas y cobertura de vacíos del sector cementero.

BOE-A-2018-11515·13 de agosto de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de un Acuerdo sobre el Salario Mínimo Sectorial para el año 2018 dentro del sector cementero. Este acuerdo deriva del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero. Objeto principal: El objeto principal es establecer el salario mínimo sectorial para el año 2018 para los trabajadores del sector cementero en España. A quién afecta: Afecta a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero, es decir, a las empresas fabricantes de cemento representadas por la Agrupación de Fabricantes de Cemento de España (OFICEMEN) y a sus trabajadores representados por los sindicatos FICA-UGT y CC.OO.-Construcción y Servicios. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Trabajo aprueba el acuerdo y ordena su inscripción en el registro correspondiente y su publicación en el BOE. Salario Mínimo Sectorial 2018: Se establece el salario mínimo sectorial para el año 2018 en 19.180 euros anuales. Este monto se compone de un incremento fijo de 240 euros y una parte variable de 60 euros, basados en el incremento de las ventas de cemento en 2017 respecto a 2016. Fundamentación: El acuerdo se basa en el análisis de las estadísticas del sector cementero, que muestran un aumento en las ventas de cemento en 2017. Representación: Se identifica a los representantes de la patronal (OFICEMEN) y de los sindicatos (FICA-UGT y CC.OO.-Construcción y Servicios) que participaron en la negociación del acuerdo. Autorización:** Se autoriza a Don Aniceto Zaragoza Ramírez a realizar las gestiones necesarias para la notificación del acuerdo a la autoridad laboral.

Visto el texto del acuerdo, de 20 de julio de 2018, sobre salario mínimo sectorial para el año 2018, acuerdo derivado de lo dispuesto en el Título VII del V Acuerdo estatal sobre materias concretas y cobertura de vacíos del sector cementero (código de acuerdo número 99100025082011), publicado en el «BOE» de 13 de diciembre de 2017, y que ha sido suscrito, de una parte, por la organización empresarial Agrupación de Fabricantes de Cemento de España (OFICEMEN), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FICA-UGT y CC.OO.-Construcción y Servicios, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83.3 y 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de julio de 2018.–La Directora General de Trabajo, Concepción Pascual Lizana.

ACUERDO SOBRE SALARIO MÍNIMO SECTORIAL PARA 2018

Acta reunión

Reunida la comisión negociadora del V Acuerdo Estatal sobre Materias Concretas y Cobertura de Vacíos del Sector Cementero (V AEMCCV) el 20 de julio de 2018, a las 11:30 h, compuesta por:

OFICEMEN:

– Don Ignacio Gómez Moreno.

– Don José Luis Baroja.

– Doña Carmen Burgos Casas.

– Don Emilio Martínez Mier.

– Doña María Luisa Otero García.

– Don Enric Pujol.

– Don Alfonso Queipo de Llano.

– Don Miguel Rodríguez del Río.

– Don Alberto del Valle Ruíz.

– Don Pedro Mora Peris.

– Don Aniceto Zaragoza Ramírez.

Por CC.OO. Construcción y Servicios

– Don Daniel Barragán Burgui.

– Don José Lafuente.

– Don Ildefonso Lucas Blanco.

– Don Alfonso Haro Sánchez.

– Don Juan José de la Cruz.

– Don Alfonso Galisteo.

Por FICA – U.G.T

– Don Juan Carlos Barrero Mancha.

– Don Javier Lecumberri Urabayen.

– Don Roberto Serrano Herrero.

– Doña Concepción Jiménez.

– Don Felipe Borlado Ortega.

Para establecer el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2018 de acuerdo con Título VII del V AEMCCV, se toman los siguientes acuerdos:

1. Según la estadística que contiene los principales datos del sector cementero, a diciembre de 2017, el total de ventas de cemento se incrementó en 2017 respecto a 2016 en 1.429.239 toneladas de cemento.

2. De acuerdo con el punto 1 del Título VII de V AEMCCV corresponde para el ejercicio 2018 un incremento del salario mínimo sectorial de 240 euros fijos más 60 euros correspondientes a la parte variable.

3. Por tanto, se acuerda fijar el salario mínimo sectorial para el ejercicio 2018 en 19.180 euros anuales.

4. Igualmente se acuerda, facultar a don Aniceto Zaragoza Ramírez, para que en nombre de esta Comisión Negociadora realice cuantas actividades sean precisas a fin de llevar a cabo las gestiones que se precisen para su notificación a la autoridad laboral.

5: Delegar en un representante de cada organización la firma del presente Acta.

Sin más asuntos que tratar se levanta la reunión a las 11:30 h del día indicado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.