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Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2025-10776·31 de mayo de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 30 de mayo de 2025 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, específicamente por Luis Gavira Caballero. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco, incluyendo los impuestos correspondientes, en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre (estanqueros) y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de Precios: Se establecen los precios de venta al público (PVP) para una lista específica de picaduras de pipa, detallando los precios tanto para la Península e Islas Baleares como para Ceuta y Melilla. Ámbito Geográfico: La resolución diferencia los precios aplicables a la Península e Islas Baleares de los aplicables a Ceuta y Melilla, reconociendo las particularidades fiscales y económicas de estas últimas. Entrada en Vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento Legal: La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a regular los precios de venta al público de las labores de tabaco.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

E) PICADURAS DE PIPA

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de mayo de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.