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Resolución de 31 de enero de 2013, de la Subsecretaría, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento de derechos fundamentales 27/2012 de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, sección cuarta.

BOE-A-2013-1453·11 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Subsecretaría que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 27/2012, interpuesto por FITAG-UGT ante la Audiencia Nacional. El recurso se dirige contra la Orden IET/2425/2012 que fijó servicios mínimos en el sector eléctrico durante la huelga general del 14 de noviembre de 2012. Afecta a todos aquellos que tengan un interés legítimo en el procedimiento, quienes disponen de cinco días para personarse ante el Tribunal.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección cuarta,de la Audiencia Nacional, la Federación de Industria y de los Trabajadores Agrarios de la Central Sindical UG FITAG-UGT ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, n.º 27/2012 (procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales), contra la Orden IET/2425/2012, de 8 de noviembre, por la que se establece la disponibilidad y los servicios mínimos de determinadas instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, de manera que quede garantizada la continuidad del suministro de energía eléctrica y preservada la estabilidad del sistema eléctrico ante la huelga general de ámbito estatal prevista para el día 14 de noviembre de 2012.

En consecuencia, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que puedan comparecer y personarse ante el Tribunal en el plazo de cinco días siguientes a la publicación de la presente resolución, en la forma prevista en el artículo 23 de dicha ley.

Madrid, 31 de enero de 2013.–El Subsecretario de Industria, Energía y Turismo, Enrique Hernández Bento.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.