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Resolución de 4 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del "Acta referente a la adhesión al IV Acuerdo Nacional de Formación Continua por el sector de la enseñanza privada y constitución de la Comisión Paritaria Sectorial".

BOE-A-2011-3389·21 de febrero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica un acta de modificación de un acuerdo sectorial previo relacionado con la adhesión al IV Acuerdo Nacional de Formación Continua en el sector de la enseñanza privada. Específicamente, modifica el "Acta referente a la adhesión al IV Acuerdo Nacional de Formación Continua por el sector de la enseñanza privada y constitución de la Comisión Paritaria Sectorial". Objeto principal: El objeto principal de la modificación es ajustar los porcentajes de participación de las organizaciones empresariales (ACADE, CECE y CECAP) dentro del acuerdo sectorial. Los nuevos porcentajes son: ACADE (45%), CECE (19%) y CECAP (36%). A quién afecta: Afecta a las empresas y trabajadores del sector de la enseñanza privada representados por las asociaciones empresariales ACADE, CECE y CECAP, y los sindicatos FETE-UGT y FE-USO. Indirectamente, afecta a la formación continua en el sector, ya que estos porcentajes influyen en la gestión y distribución de los fondos destinados a la formación. Disposiciones más relevantes: Registro y Publicación: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción del acta de modificación en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto le da validez legal y publicidad al acuerdo. Modificación de Porcentajes: El cambio en los porcentajes de participación de las organizaciones empresariales es el punto central del acta. Disconformidad de FE-CCOO:** Se incluye una manifestación de FE-CCOO expresando su desacuerdo con la modificación, argumentando que la composición de la mesa de negociación no es la correcta y que los porcentajes no se han acreditado adecuadamente, reservándose el derecho a emprender acciones legales. Esto indica una posible disputa o conflicto en relación con la representación y la validez del acuerdo modificado.

Visto el texto del acta de fecha 20 de diciembre de 2010 en la que se contiene el acuerdo de modificación del «Acta de las organizaciones empresariales y sindicales legitimadas para la negociación colectiva en el sector de la enseñanza privada para la adhesión al IV Acuerdo Nacional de Formación, firma del IV Acuerdo Nacional de Formación Continua para el sector de la enseñanza privada y constitución de la Comisión Paritaria Sectorial» (código de Convenio número 99100045082011), publicada en el «BOE» de 18 de octubre de 2010, acuerdo de modificación que fue suscrito de una parte por las asociaciones empresariales ACADE, CECE y CECAP, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FETE-UGT y FE-USO, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Acta de las organizaciones empresariales y sindicales legitimadas para la negociacion colectiva en el sector de Enseñanza Privada para la modificación del acuerdo sectorial aprobado el día 8 de septiembre de 2010 y publicado en el «BOE» el 18 de octubre de 2010

Asistentes:

Punto único:

Modificación de los porcentajes de las organizaciones patronales

La Comisión negociadora del Acuerdo, modifica los porcentajes de participación de las organizaciones empresariales que se reflejan en el Acuerdo sectorial, quedando como se indica a continuación:

ACADE: 45%.

CECE: 19%.

CECAP: 36%.

Manifestación de FE-CCOO:

Las organizaciones con las que se constituye la mesa de negociación a día de hoy, no son las que estaban convocadas. Los porcentajes establecidos para el banco patronal no se han acreditado y no corresponden con los porcentajes de representación de los convenios, ni a fecha 8 de septiembre ni a día de hoy. CCOO considera que la constitución válida es la del 8 de septiembre, no reconoce la modificación realizada, reservándose las acciones oportunas.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2010.

Nombre y apellidos

Org.

Organización

Tomás Ortiz García.

ACADE.

Asoc. de Centros Autónomos de Enseñanza.

Javier Hernández Nieto.

ACADE.

Asoc. de Centros Autónomos de Enseñanza.

Rocío Blanco Gil.

CECAP.

Confed. Española de Empresas de Formación.

José Manuel Iturzaeta Manuel.

CECAP.

Confed. Española de Empresas de Formación.

Mariano del Castillo Rodríguez.

CECE.

Confed. Española de Centros de Enseñanza.

Valle Torregrosa Franco.

CECE.

Confed. Española de Centros de Enseñanza.

Basilia Cuéllar Gragera.

CECE.

Confed. Española de Centros de Enseñanza.

Yolanda García Heras.

FE-CCOO.

Fed. de Enseñanza de Comisiones Obreras.

Francisco Mirones Morales.

FE-CCOO.

Fed. de Enseñanza de Comisiones Obreras.

Miguel Ángel Manzano Fijó.

FE-CCOO.

Fed. de Enseñanza de Comisiones Obreras.

Irene Aguilar Toha.

FETE-UGT.

Fed. Estatal de Trabajadores de la Enseñanza de la Unión General de Trabajadores.

Jesús Isidoro Gualix Muñoz.

FETE-UGT.

Fed. Estatal de Trabajadores de la Enseñanza de la Unión General de Trabajadores.

Carlos Quirós Bohórquez.

FE-USO.

Fed. de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera.

Francisco Montero Marqués.

FE-USO.

Fed. de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.