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Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza a la Asociación Española de Normalización y Certificación para asumir funciones de normalización en el ámbito de los combustibles sólidos recuperados.

BOE-A-2009-5024·25 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Industria que autoriza a AENOR a realizar actividades de normalización en el sector de los combustibles sólidos recuperados. Afecta a la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), permitiéndole desarrollar normas técnicas en este ámbito específico. La resolución se basa en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Vista la petición documentada de fecha 4 de diciembre de 2008, presentada por la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), con domicilio en Madrid, calle Génova 6, por la que se solicita autorización para asumir funciones de normalización en el ámbito de los combustibles sólidos recuperados.

Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Resultando que la citada Asociación quedó reconocida como Organismo de Normalización de los establecidos en el capítulo II del citado Reglamento, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera del aludido Real Decreto 2200/1995.

Resultando que en dicha Asociación se ha creado el Comité Técnico de Normalización apropiado.

Considerando que la AENOR dispone de los medios de organización necesarios para llevar a cabo las actividades correspondientes, y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos.

Esta Dirección General ha resuelto autorizar a la AENOR, para asumir funciones de normalización en el ámbito de los combustibles sólidos recuperados.

Madrid, 4 de marzo de 2009.–El Director General de Industria, Jesús Candil Gonzalo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.