Visto el texto del Acta de fecha 10 de febrero de 2011 en la que se contienen las tablas salariales del Convenio colectivo de la Industria Elaboradores del Arroz (Código de Convenio número 99000335011981) (publicado en el «BOE» de 12-9-2007) de una parte por la Asociación empresarial PYMEV-UNIADE en representación de las empresas del sector y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de marzo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ
Asistentes:
PYMEV-UNIADE: Don José Vte. Sanz, don Moisés Tornadijo y don Jesús Pérez.
CC.OO.: Don Luis Molina Juan, don M. Aguilar, don Santiago Pérez, don Joaquín J. Adarn y don Rafael Moreno.
UGT: Don Baldomero López, don Gregori Fayos, don Juan J. Fandos, don Juan R. Moscardó y don Enrique Montesa.
En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 12:00 horas del 10 de febrero de 2011, tiene lugar la reunión de la comisión paritaria del Convenio colectivo de la industria de elaboradores del arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas.
La Comisión paritaria acuerda regularizar dos tablas salariales de 2010:
A la primera (anexo I) se le ha aplicado un incremento del 3,05 % sobre las tablas definitivas de 2009. Esta tabla servirá para el pago de atrasos.
A la segunda (Anexo II) se le ha aplicado un incremento del 3,50 % sobre las tablas definitivas de 2009. Esta tabla servirá únicamente como base para la negociación del próximo Convenio.
Se adjuntan tablas salariales definitivas correspondientes a 2010 para el pago de atrasos (anexo I) y tablas salariales definitivas de 2010 para base de negociación (anexo II) para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Se faculta a don José Vicente Canet Juan, con DNI número 20017913R, para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.
Se levanta la sesión siendo las 13:00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada organización.
ANEXO I
Tabla salarial 2010 (pago atrasos)
3,05 % sobre tablas salariales de 2009 definitivas
ANEXO II
Tabla salarial 2010 (base negociación)
3,50 % sobre tablas salariales de 2009 definitivas
Categorías
Salario (euros)
Personal técnico:
Jefe de Sección
970,46
Oficial 1.ª
914,57
Oficial 2.ª
885,82
Telefonista
885,82
Auxiliar Administrativo
842,71
Botones
580,55
Personal de producción:
Molero y Oficial 1.ª
30,50
Encargado
29,54
Conductor y Maquinista
28,75
Ayudante de Molero
28,43
Oficial Especialista
28,09
Oficial Esp. Carretillero
28,43
Peón Especialista
27,87
Peón
25,30
Personal subalterno:
Portero
826,27
Vigilante
826,27
Vigilante Jurado
842,71
Ordenanza y Pers. Limp.
789,42
Personal de oficios varios:
Oficial 1.ª
30,50
Oficial 2.ª
28,43
Oficial 3.ª
28,09
Plus Convenio
5,71 € por día trabajado
Plus Transporte
2,86 € por día trabajado
Dietas: Completa
7,84
Medía
3,93
Plus cuarto turno
68,91 € semanales
Jubilación voluntaria:
60 años
4.109,33
61 años
3.698,41
62 años
3.287,48
63 años
2.876,53
64 años
2.241.52
Categorías
Salario (euros)
Personal técnico:
Jefe de Sección
974,69
Oficial 1.ª
918,56
Oficial 2.ª
889,68
Telefonista
889,68
Auxiliar Administrativo
846,39
Botones
583,08
Personal de producción:
Molero y Oficial 1.ª
30,63
Encargado
29,67
Conductor y Maquinista
28,88
Ayudante de Molero
28,55
Oficial Especialista
28,21
Oficial Esp. Carretillero
28,55
Peón Especialista
27,99
Peón
25,41
Personal subalterno:
Portero
829,88
Vigilante
829,88
Vigilante Jurado
846,39
Ordenanza y Pers. Limp.
792,87
Personal de oficios varios:
Oficial 1.ª
30,63
Oficial 2.ª
28,55
Oficial 3.ª
28,21
Plus Convenio
5,73 € por día trabajado
Plus Transporte
2,88 € por día trabajado
Dietas: Completa
7,87
Media
3,94
Plus cuarto turno
69,21 € semanales
Jubilación voluntaria:
60 años
4.127,28
61 años
3.714,56
62 años
3.301,84
63 años
2.889,10
64 años
2.251,31