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Resolución de 4 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2009 del VI Convenio colectivo de colegios mayores universitarios.

BOE-A-2009-8373·20 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación de la revisión salarial para el año 2009 del VI Convenio Colectivo de Colegios Mayores Universitarios. El objeto principal de la resolución es dar validez legal y hacer pública la actualización de las tablas salariales que regirán las condiciones económicas de los trabajadores de los colegios mayores universitarios cubiertos por el convenio colectivo mencionado. La resolución afecta principalmente a: Los trabajadores de los colegios mayores universitarios que estén dentro del ámbito de aplicación del VI Convenio Colectivo. Las empresas (colegios mayores universitarios) representadas por las asociaciones empresariales CECE, E y G y ACADE. Las organizaciones sindicales FSIE y USO, que representan a los trabajadores en la negociación colectiva. Las disposiciones más relevantes son: Aprobación y Registro: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción de la revisión salarial en el registro correspondiente. Esto implica que la revisión cumple con los requisitos legales y administrativos para su validez. Publicación en el BOE: Se dispone la publicación de la revisión salarial en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto garantiza la transparencia y el conocimiento público de las nuevas tablas salariales. Tablas Salariales: Se adjuntan las tablas salariales actualizadas para el año 2009, especificando el salario base y el complemento por trienio para cada categoría profesional dentro de los colegios mayores universitarios (personal docente, administrativo y de servicios generales). Los salarios se expresan en euros y están confeccionados en 14 pagas.

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2009 del VI Convenio colectivo de colegios mayores universitarios publicado en el BOE de 24-10-2007 (Código de Convenio n.º 9909355), que fue suscrito con fecha 18 de marzo de 2009, de una parte, por las Asociaciones empresariales CECE, E y G y ACADE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Organizaciones sindicales FSIE y USO, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de mayo de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2009 DEL VI CONVENIO COLECTIVO

DE COLEGIOS MAYORES UNIVERSITARIOS

ANEXO I

Tablas salariales 2009

Confeccionadas en 14 pagas

Euros (€)

Salario

Trienio

Grupo I. Personal docente:

Director

2.405,93

58,02

Subdirector

2.125,22

58,02

Jefe de Estudios o Tutor

1.913,10

53,31

Educador, Capellán, Médico, Psicólogo

1.617,86

36,45

Grupo II. Personal administrativo:

Jefe de Administración o Secretaría

1.263,81

31,46

Intendente

1.079,53

28,03

Jefe de Negociado

1.066,92

26,95

Oficial

1.017,88

26,63

Auxiliar Administrativo

890,92

26,63

En formación

624,00

Grupo III. Personal de servicios generales:

Conserje y Gobernante/a

1.066,73

26,63

Jefe de Cocina y Oficial 1.ª

1.017,88

26,63

Cocinero

970,21

26,63

Celador, portero, ordenanza, telefonista, oficial 2.ª y ayudante de cocina

930,56

26,63

Socorrista

930,56

26,63

Guarda, sereno, empleado mantenimiento jardinería, servicio de comedor y limpieza, costura, lavado y plancha, personal no cualificado

890,92

26,63

Pinche. En formación

624,00

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.