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Resolución de 5 de abril de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Addenda al Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior y la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud.

BOE-A-2010-5928·13 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior que publica una Addenda a un convenio de colaboración preexistente en materia sanitaria. El convenio original fue suscrito en 1995 entre el Ministerio del Interior (antes Ministerio de Justicia e Interior) y la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud. El objeto principal de la Addenda es prorrogar la vigencia del convenio de colaboración sanitaria entre las partes desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, manteniendo las áreas de cooperación en educación para la salud, medicina preventiva, salud ambiental, formación, salud mental, consultas de especialidades, reserva de camas hospitalarias, protección radiológica y seguimiento de exposiciones. Este acuerdo afecta principalmente a la población interna de los centros penitenciarios ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, garantizando su acceso a la asistencia sanitaria a través de la colaboración entre la administración penitenciaria y el sistema público de salud andaluz. También afecta al Ministerio del Interior, la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud, estableciendo sus obligaciones y responsabilidades en la prestación de dicha asistencia. Las disposiciones más relevantes son: La prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2010. La confirmación de las áreas de colaboración ya establecidas en el convenio original. El cálculo de la contraprestación económica para el ejercicio 2010, que se mantiene igual al año anterior debido a la previsión negativa del PIB nominal. El importe total previsto es de 6.584.441,16 €. La naturaleza administrativa de la Addenda y la sumisión de las controversias al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. La exclusión** de la Addenda del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público.

Habiéndose suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, la Addenda al Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 5 de abril de 2010.—La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.

ANEXO

Addenda al Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud.

En Madrid a 30 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, don Alfredo Pérez Rubalcaba, en su calidad de Ministro del Interior, por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y,

De otra, doña María Jesús Montero Cuadrado, en calidad de Consejera de Salud de la Junta de Andalucía, nombrada por Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril (BOJA núm. 79, de 21 de abril de 2008), en uso de las atribuciones propias de su cargo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 26.1 y 2i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

Y, de otra parte, don José Luis Gutiérrez Pérez, Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, nombrado por el Decreto 109/2008, de 22 de abril (BOJA núm. 83, de 25 de abril), en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de la Junta de Andalucía.

Ambos con capacidad legal suficiente para otorgar el presente Convenio,

MANIFIESTAN

Que con fecha 17 de noviembre de 1995 se procedió a suscribir Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el entonces Ministerio de Justicia e Interior (Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios) (hoy Ministerio del Interior y Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, respectivamente), y la Conserjería de Salud y el Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía, con el objeto de establecer y regular la cooperación para la prestación de la asistencia sanitaria a la población interna de los centros penitenciarios ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Que los objetivos y compromisos adquiridos por las partes se han cumplido adecuadamente y desean dar continuidad a las acciones conjuntas emprendidas,

CLÁUSULAS

Primera.—El ámbito de aplicación de este Convenio se circunscribe a la Comunidad Autónoma de Andalucía y en las áreas de:

Educación para la salud.

Medicina preventiva y vigilancia epidemiológica.

Salud ambiental.

Formación.

Salud mental.

Consulta especialidades.

Reserva de camas en los hospitales del Servicio Andaluz de Salud para los ingresos procedentes de centros penitenciarios.

Protección radiológica y seguimiento de exposiciones.

Segunda.—De conformidad con lo establecido en la cláusula decimoquinta, modificada en su redacción en fecha 28 de diciembre de 2007, las partes acuerdan renovar el citado Convenio, desde el 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010.

Tercera.—De conformidad con lo establecido en la cláusula novena, la contraprestación económica paro el ejercicio 2010 se calculará de la siguiente manera:

(*) Dado que la variación del PIB nominal sobre el año anterior se prevé negativa, no procede variar el importe «per capita» aplicado en el 2009.

Cuarta.—La Addenda del presente Convenio tiene naturaleza administrativa y las controversias que se susciten en la ejecución del mismo, si no son resueltas por la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Convenio establecida en la cláusula duodécima, serán sometidos al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

En todo caso, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en la letra c) del apartado primero de su artículo cuarto.

En prueba de conformidad, se firma la presente Addenda, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.—El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.—La Consejera de Salud, María Jesús Montero Cuadrado.—El Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, José Luis Gutiérrez Pérez.

N.º Internos

Per cápita 2009

Previsión per cápita 2010

Previsión importe

17.421

377.96 €

377.96 €

6.584.441,16 € (*)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.