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Resolución de 5 de abril de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Addenda al Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior y el Servicio Gallego de Salud de la Junta de Galicia.

BOE-A-2010-5930·13 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior que publica la Addenda a un Convenio de Colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior (específicamente la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) de la Junta de Galicia. Objeto principal: La Addenda tiene como objeto principal la renovación del Convenio de colaboración existente desde 1995, para la prestación de asistencia sanitaria a la población interna de los centros penitenciarios ubicados en la Comunidad Autónoma de Galicia. A quién afecta: Afecta directamente a los internos de los centros penitenciarios de Galicia, al Ministerio del Interior (a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y al Servicio Gallego de Salud (SERGAS). Indirectamente, afecta a los profesionales sanitarios que prestan servicios en dichos centros y a la Administración de Justicia. Disposiciones más relevantes: Renovación del Convenio: Se renueva el convenio desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010. Ámbito de aplicación: Se mantiene el ámbito de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia, abarcando áreas como la promoción y protección de la salud, prevención de enfermedades, vigilancia epidemiológica, formación de profesionales, salud mental, atención a drogodependientes, apoyo a la Administración de Justicia, internamientos judiciales, asistencia sanitaria y protección radiológica. Contraprestación económica: Se establece la contraprestación económica para el ejercicio 2010, calculada en base al número de internos (5.422) y un importe "per cápita" de 377.96€, resultando en un importe total de 2.049.299,12€. Se indica que, debido a la previsión negativa de la variación del PIB nominal, no se modifica el importe "per cápita" aplicado en 2009. Naturaleza administrativa y resolución de controversias: Se declara que la Addenda tiene naturaleza administrativa y las controversias se resolverán, en primera instancia, por la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Convenio. En caso de no resolverse, se someterán al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Se excluye la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público.

Habiéndose suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, la Addenda al Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y el Servicio Gallego de Salud de la Junta de Galicia, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 5 de abril de 2010.—La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.

ANEXO

Addenda al Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y el Servicio Gallego de Salud de la Junta de Galicia

En Madrid a 30 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, don Alfredo Pérez Rubalcaba, en su calidad de Ministro del Interior, por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y,

De otra, doña Pilar Farjas Abadía, en calidad de Conselleira de Sanidade de la Junta de Galicia, nombrada por Decreto 81/2009, de 19 de abril, por el que se nombran a los titulares de los departamentos de la Junta de Galicia.

Ambos con capacidad legal suficiente para otorgar el presente Convenio,

MANIFIESTAN

Que con fecha 27 de diciembre de 1995 se procedió a suscribir Convenio de colaboración en materia sanitaria entre el entonces Ministerio de Justicia e Interior (Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios) (hoy Ministerio del Interior y Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, respectivamente), y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia, con el objeto de establecer y regular la cooperación para la prestación de la asistencia sanitaria a la población interna de los centros penitenciarios ubicados en la Comunidad de Galicia.

Que los objetivos y compromisos adquiridos por las partes se han cumplido adecuadamente y desean dar continuidad a las acciones conjuntas emprendidas.

CLÁUSULAS

Primera.—El ámbito de aplicación de este Convenio se circunscribe a la Comunidad Autónoma de Galicia, en las áreas de:

Promoción y protección de la salud y prevención de la enfermedad.

Vigilancia epidemiológica.

Formación de los profesionales.

Salud mental.

Atención a drogodependientes internamientos judiciales.

Apoyo a la Administración de Justicia.

Internamientos judiciales.

Asistencia sanitaria.

Protección radiológica y seguimiento de exposiciones.

Segunda.—De conformidad con lo establecido en la cláusula decimocuarta, modificada en su redacción en fecha 28 de diciembre de 2007, las partes acuerdan renovar el citado convenio, desde el 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010.

Tercera.—De conformidad con lo establecido en la cláusula octava, la contraprestación económica para el ejercicio 2010 se calculará de la siguiente manera:

(*) Dado que la variación del PIB nominal sobre el año anterior se prevé negativa, no procede variar el importe «per cápita» aplicado en el 2009.

Cuarta.—La Addenda del presente Convenio tiene naturaleza administrativa y las controversias que se susciten en la ejecución del mismo, si no son resueltas por la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Convenio establecida en la cláusula duodécima, serán sometidos al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

En todo caso, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en la letra c) del apartado primero de su artículo cuarto.

En prueba de conformidad, se firma la presente Addenda, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.—El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.—La Conselleira de Sanidade, Pilar Farjas Abadía.

N.° Internos

Per cápita 2009

Previsión per cápita 2010

Previsión importe

5.422

377.96 €

377.96 €

2.049.299,12 € (*)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.