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Resolución de 5 de abril de 2019, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019.

BOE-A-2019-6138·24 de abril de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Coordinación Territorial que publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El objeto principal del acuerdo es iniciar negociaciones para resolver las discrepancias existentes en relación con varios artículos y disposiciones adicionales de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019. Este acuerdo afecta directamente a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ya que son las partes involucradas en la cooperación y las negociaciones. Indirectamente, podría afectar a los ciudadanos de la Región de Murcia, en la medida en que la resolución de las discrepancias presupuestarias impacte en la gestión de los recursos públicos. Las disposiciones más relevantes del acuerdo son: Inicio de Negociaciones: Se acuerda iniciar negociaciones para resolver las discrepancias específicas identificadas en el artículo 24.1 y las disposiciones adicionales decimoséptima, decimoctava, decimonovena, vigésima y vigésimo primera, punto 1, de la Ley de Presupuestos de la Región de Murcia para 2019. Creación de un Grupo de Trabajo: Se designa un Grupo de Trabajo para analizar las discrepancias y proponer una solución a la Comisión Bilateral de Cooperación. Comunicación al Tribunal Constitucional: Se acuerda comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional, tal como lo exige la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en relación con posibles conflictos de competencias o constitucionalidad. Publicación Oficial: Se establece la publicación del acuerdo tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) para garantizar su transparencia y conocimiento público. En resumen, el acuerdo busca resolver las diferencias interpretativas o de aplicación de la Ley de Presupuestos de la Región de Murcia para 2019 entre el Estado y la Comunidad Autónoma, a través del diálogo y la negociación, con el fin de evitar un posible conflicto legal y asegurar la correcta ejecución del presupuesto regional.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 5 de abril de 2019.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, María de los Llanos Castellanos Garijo.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 24.1 y las disposiciones adicionales decimoséptima, decimoctava, decimonovena, vigésima y vigésimo primera, punto 1, de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.