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Resolución de 5 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se modifica el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por el que se dispone la numeración de las Órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado».

BOE-A-2024-343·6 de enero de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 5 de enero de 2024 por la Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Gobierno de España. Objeto principal: La resolución tiene como objetivo principal modificar el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, que establece el sistema de numeración de las Órdenes Ministeriales publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Específicamente, actualiza la tabla de códigos alfabéticos de tres letras que identifican al departamento ministerial de origen de cada orden. A quién afecta: Esta resolución afecta principalmente a: Los departamentos ministeriales del Gobierno de España, ya que deben utilizar los nuevos códigos para numerar las órdenes ministeriales que emitan. El Secretariado del Gobierno, responsable de la ordenación y control de la publicación de las disposiciones y actos administrativos en el BOE, quien debe implementar las medidas necesarias para aplicar la resolución. El Boletín Oficial del Estado (BOE), que deberá reflejar los cambios en la numeración de las órdenes ministeriales. Disposiciones más relevantes: Sustitución del anexo: Se sustituye la tabla de códigos ministeriales del Acuerdo de 2001 por una nueva tabla que se adjunta como anexo a la presente resolución. Aplicación de los nuevos códigos: Los nuevos códigos ministeriales se aplicarán a las órdenes ministeriales que se adopten a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, que modifica la estructura de los departamentos ministeriales. Esto implica que las órdenes emitidas antes de esa fecha mantendrán los códigos anteriores. Responsabilidad del Secretariado del Gobierno: Se encarga al Secretariado del Gobierno la implementación de las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la resolución. En resumen, la resolución adapta el sistema de numeración de las órdenes ministeriales publicadas en el BOE a la nueva estructura de los departamentos ministeriales establecida por el Real Decreto 1230/2023, garantizando la correcta identificación del ministerio de origen de cada disposición.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, se dispuso la numeración de las órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado».

Con arreglo a lo establecido en el mencionado acuerdo, todas las disposiciones y resoluciones que adopten la forma de orden ministerial y deban publicarse, de conformidad con la normativa de ordenación del diario oficial del Estado, en las Secciones I, II y III del «Boletín Oficial del Estado», se numerarán, incorporando, entre otros elementos, un código alfabético de tres letras indicativo del departamento de procedencia.

La aprobación del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, hace necesario adaptar la tabla de códigos ministeriales recogida en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por lo que, en uso de la habilitación contenida en el apartado cuarto del mencionado acuerdo, resuelvo:

Primero.

La tabla de códigos ministeriales que figura en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de diciembre de 2001, por el que se dispone la numeración de las órdenes ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado», queda sustituida por la que figura como anexo de la presente resolución.

Segundo.

Los nuevos códigos ministeriales se aplicarán para numerar aquellas órdenes ministeriales que se adopten a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Tercero.

Por el Secretariado del Gobierno, competente para la ordenación y control de la publicación de las disposiciones y actos administrativos que deban insertarse en el «Boletín Oficial del Estado», se adoptarán las medidas necesarias para la efectividad de lo previsto en esta resolución.

Madrid, 5 de enero de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO

Tabla de códigos ministeriales

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.