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Resolución de 6 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo de Control y Montajes Industriales CYMI, SA.

BOE-A-2018-2381·20 de febrero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Empleo que aprueba y ordena la publicación de las tablas salariales para el año 2017 correspondientes al Convenio Colectivo de la empresa Control y Montajes Industriales CYMI, S.A. (CYMI). Objeto principal: El objeto principal es registrar y hacer públicas las tablas salariales mínimas que regirán para los trabajadores de CYMI durante el año 2017, como resultado de la negociación colectiva entre la empresa y los sindicatos UGT y CC.OO. A quién afecta: Afecta directamente a todos los trabajadores de la empresa Control y Montajes Industriales CYMI, S.A., tanto al personal de oficinas como al personal de obras y taller, estableciendo los salarios mínimos que deben percibir según su categoría profesional y ubicación geográfica. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Empleo ordena la inscripción de las tablas salariales en el registro correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Tablas Salariales: Se detallan las tablas salariales mínimas para diferentes categorías profesionales, tanto para el personal mensual de oficinas y obras/taller, como para el personal horario, diferenciando por zonas geográficas. Personal Mensual: Se establecen salarios mínimos anuales para diversas categorías como ingenieros, arquitectos, técnicos, jefes administrativos, delineantes, oficiales, auxiliares, almacenistas, ordenanzas, contramaestres, encargados, especialistas, peones, aprendices, choferes y listeros. Personal Horario: Se indica que las tablas salariales para el personal horario varían según la provincia o comunidad autónoma donde presten sus servicios. Se enumeran las diferentes zonas geográficas. Horas Extras: Se especifican los valores de las horas extras para diferentes categorías de personal administrativo, técnico, de obras y de taller. Pagas Extras: Se detallan los importes de las pagas extras para el personal de obra y taller, diferenciando por categorías profesionales. Plus Tóxico: Se establece un plus por toxicidad para el personal de pintura. Distribución Salarial: Se aclara que las tablas salariales se refieren a una distribución en 12 pagas, salvo que se indique expresamente lo contrario. Ámbito de Aplicación:** Se especifica que las tablas salariales por zonas geográficas se aplicarán únicamente en las zonas y centros de trabajo indicados, mientras que el resto del personal se regirá por las tablas del personal mensual.

Visto el texto del Acta en la que se contienen las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo de la empresa Control y Montajes Industriales CYMI, SA (código de Convenio: 90001392011981), que fue suscrito con fecha 30 de octubre de 2017 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en su representación, y, de otra, por las secciones sindicales de UGT y CC. OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANEXO I

XIV Convenio Colectivo CYMI

Tablas salariales mínimas 2017

A. Personal mensual.

A.1 Personal de oficinas.

Ingeniero Arquitectos, licenciados: 16.674,99 euros.

Peritos, Ingenieros Técnicos, Diplomados, técnicos medios y TNT: 15.007,41 euros.

Jefe 1.ª administrativo: 15.007,41 euros.

Delineante proyectista y Jefe de Laboratorio.: 13.665,90 euros.

Jefe 2.ª administrativo: 13.340,22 euros.

Delineante 1.ª m, técnico Organización 1.ª: 12.673,02 euros.

Oficial 1.ª administrativo: 12.133,27 euros.

Delineante 2.ª, Técnico organización 2.ª Oficial Administrativo 2.ª y analista de laboratorio 2.ª: 12.339,54 euros.

Telefonista: 11.339,00 euros.

Auxiliar administrativo; auxiliar de Laboratorio, Reproductor planos, Auxiliar técnico de Organización: 11.005,49 euros.

Almacén y Ordenanza: 11.076,98 euros.

A.2 Personal de obras y taller.

Contramaestre: 15.870,66 euros.

Encargado: 15.603,04 euros.

Oficial 1.ª Jefe equipo: 15.007,50 euros.

Oficial 1.ª Responsable: 14.632,64 euros.

Oficial 1.ª: 13.340,02 euros.

Oficial 2.ª: 13.101,77 euros.

Oficial 3.ª: 13.054,15 euros.

Especialista y peón: 12.649,17 euros.

Aprendiz y pinche: 9.132,25 euros.

Chofer Camión: 11.196,08 euros.

Listero: 10.719,65 euros.

B. Personal horario por zonas geográficas.

1. Provincias de Cádiz y Huelva.

2. Provincias de Sevilla, Málaga, Córdoba, Jaén y Granada.

3. Comunidad de Canarias.

4. Comunidades de Madrid, Castilla La Mancha y Extremadura.

5. Pais Vasco.

6. Comunidad de Aragón.

7. Comunidad de Castilla y León.

8. Comunidad de Galicia.

9. Principado de Asturias.

10. Provincia de Barcelona.

11. Provincia de Tarragona.

12. Comunidad Valenciana.

13. Comunidad de Baleares.

14. Comunidad de Murcia (14 pagas).

15. Provincia de Almería (14 pagas).

16 Taller de Fabricación (14 pagas)

El personal de Pintura cobrará un Plus toxico de 0,69 €/horas.

17. Servicios Ferroviarios.

Todas las tablas, excepto aquellas que lo indican expresamente, van referidas a una distribución salarial de 12 pagas

Estas tablas regirán única y exclusivamente en aquellas zonas geográficas y centros de trabajo indicados. El resto de personal, correspondientes a otras áreas, provincias, comunidades Autónomas o Centros de trabajo se regirá por los salarios marcados en el anexo 1 apartado A.

ANEXO II

Horas extras 2017. XIV Convenio Colectivo

Personal administrativo y técnico:

T.N.T.: 14,19 euros.

Jefes de equipo, delineantes y Taller: 12,24 euros.

Delineantes proyectistas: 11,82 euros.

Oficiales 1.ª Administrativos: 10,35 euros.

Oficiales 1.ª Delineantes: 10,35 euros.

Oficiales 2.ª Administrativos: 8,86 euros.

Oficiales 2.ª Delineantes: 8,86 euros.

Reproductor: 8,71 euros.

Auxiliares Administrativos: 8,71 euros.

Delineante Calquista: 8,71 euros.

Personal de obras:

Contramaestre: 13,49 euros.

Encargado: 12,45 euros.

Jefe de equipo: 12,24 euros.

Oficial de 1.ª Responsable: 12,24 euros.

Oficial de 1.ª: 11,39 euros.

Oficial de 2.ª: 9,50 euros.

Oficial de 3.ª: 9,30 euros.

Especialista: 9,30 euros.

Peón y subalterno: 8,43 euros.

Personal de taller:

Contramaestre: 13,49 euros.

Encargado: 12,45 euros.

Jefe de equipo: 12,24 euros.

Oficial de 1.ª: 11,39 euros.

Oficial de 2.ª: 9,50 euros.

Oficial de 3.ª: 9,30 euros.

Especialista: 9,30 euros.

Peón y subalternos: 8,43 euros.

ANEXO III

Pagas extras 2017. XIV Convenio colectivo CYMI

Obra:

Jefe de equipo: 1.126,97 euros.

Oficial de 1.ª responsable: 1.126,97 euros.

Oficial de 1.ª: 1.126,97 euros.

Oficial de 2.ª: 1.111,18 euros.

Oficial de 3.ª: 1.093,34 euros.

Especialista: 1.093,34 euros.

Jefe de equipo: 1.075,39 euros.

Taller:

Jefe de Equipo: 1.172,39 euros.

Oficial de 1.ª: 1.130,63 euros.

Oficial de 2.ª: 1.115,42 euros.

Oficial de 3.ª: 1.113,78 euros.

ANEXO V

Valores Convenio 2017

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.