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Resolución de 6 de mayo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se modifica la de 24 de marzo de 2010, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

BOE-A-2010-8123·21 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) el 6 de mayo de 2010. Su objeto principal es modificar una resolución anterior, específicamente la del 24 de marzo de 2010, que creó y reguló el Registro Electrónico del CSIC. La resolución afecta a todos los ciudadanos y entidades que interactúan con el Registro Electrónico del CSIC, especialmente en lo que respecta al ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos. También afecta internamente a la estructura organizativa del CSIC, reasignando responsabilidades. La disposición más relevante es la modificación del Anexo II de la resolución original. Esta modificación transfiere la responsabilidad del Fichero del Registro Electrónico, así como la gestión de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a la Secretaría General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La justificación para este cambio es ofrecer servicios más accesibles a los ciudadanos, ya que la Secretaría General se considera un punto de contacto más lógico dentro de la estructura del CSIC. En resumen, la resolución busca mejorar la eficiencia y accesibilidad del Registro Electrónico del CSIC al centralizar la responsabilidad de la gestión de datos y los derechos asociados en la Secretaría General. La resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Resolución de 24 de marzo de 2010, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, incluye en su anexo II a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como órgano responsable del Fichero y ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Como quiera que dicho órgano administrativo no se encuentra integrado dentro de la estructura organizativa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, resulta lógico, desde la perspectiva de ofrecer al ciudadano unos servicios más accesibles, que sea la propia Secretaría General de esta Agencia Estatal quien asuma la responsabilidad y cualidad citadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación.

Se modifica el anexo II de Resolución de 24 de marzo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, quedando atribuida a la Secretaría General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas la cualidad de órgano administrativo responsable del Fichero y ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de mayo de 2010.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.