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Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2025-2370·8 de febrero de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 7 de febrero de 2025 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de los PVP: La resolución fija los precios de venta al público, incluyendo todos los impuestos aplicables, para una lista específica de labores de tabaco. Estos precios han sido propuestos por los fabricantes e importadores correspondientes. Diferenciación geográfica: Se establecen precios diferentes para la Península e Islas Baleares, por un lado, y para Ceuta y Melilla, por otro, reflejando las diferencias en la carga fiscal o los costes de distribución en estas regiones. Entrada en vigor:** La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. En resumen, la resolución es un instrumento legal que regula los precios de venta al público de ciertos productos de tabaco en España, garantizando la transparencia y el control en el mercado del tabaco, de acuerdo con la Ley 13/1998.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de febrero de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.