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Resolución de 7 de junio de 2019, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 1/181/2019, interpuesto contra el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta.

BOE-A-2019-9394·21 de junio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno de España, fechada el 7 de junio de 2019. Su objeto principal es dar cumplimiento a una solicitud del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta), relacionada con el recurso contencioso-administrativo número 1/181/2019. Específicamente, la resolución acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente a dicho recurso al Tribunal Supremo. El recurso fue interpuesto por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras contra el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, que trata sobre la reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial. Esta resolución afecta principalmente a: El Tribunal Supremo, al que se remite el expediente. La Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras, como parte recurrente. La Mutualidad General Judicial, cuya estructura orgánica es objeto del Real Decreto impugnado. Potencialmente, a todas aquellas personas físicas y jurídicas que pudieran haber derivado o derivar derechos del Real Decreto 96/2019, o que tengan un interés directo en su mantenimiento. Las disposiciones más relevantes son: La orden de remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, en cumplimiento del artículo 48 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El emplazamiento a terceros interesados (personas físicas y jurídicas que hayan derivado o puedan derivar derechos del Real Decreto, o que tengan interés en su mantenimiento) para que comparezcan y se personen ante el Tribunal Supremo en el plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 49 de la misma ley. Este emplazamiento garantiza el derecho a la defensa y la participación en el proceso judicial de aquellos que puedan verse afectados por la resolución del recurso.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa («BOE» del 14), y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras, contra el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial, publicado en el «BOE» del 12.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 7 de junio de 2019.–La Secretaria General Técnica-Directora del Secretariado del Gobierno, Clara Mapelli Marchena.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.