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Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado núme- ro 50/2005, interpuesto ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 3, de Madrid.

BOE-A-2005-5006·29 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 50/2005, interpuesto por don José Augusto Gómez contra la desestimación presunta de un recurso sobre la Orden JUS/1068/2004, relativa a las pruebas selectivas para el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia (promoción interna). Afecta a quienes puedan tener interés en el resultado del recurso. Se les concede un plazo de nueve días para comparecer ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 3 de Madrid.

Ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 3 de Madrid, don José Augusto Gómez ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número 50/2005, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra la Orden JUS/1068/2004, de 12 de abril, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocadas por Orden JUS/1424/2003, de 27 de mayo.

En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días.

Madrid, 7 de marzo de 2005.-El Director General, Ricardo Bodas Martín.

Sra. Subdirectora General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.