resolucionVigente

Resolución de 8 de julio de 2020, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con el Decreto-ley 2/2019, de 26 de diciembre, de protección integral del Mar Menor.

BOE-A-2020-8349·22 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Coordinación Territorial que publica un Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El objeto principal del Acuerdo es iniciar negociaciones para resolver las discrepancias existentes entre ambas administraciones en relación con los artículos 64, 65 y 66 del Decreto-ley 2/2019, de 26 de diciembre, de protección integral del Mar Menor. Este decreto-ley, emitido por la Región de Murcia, busca establecer medidas para la protección integral del ecosistema del Mar Menor. El Acuerdo afecta directamente a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ya que son las partes involucradas en la Comisión Bilateral de Cooperación. Indirectamente, afecta a todos los ciudadanos y entidades con intereses en la protección del Mar Menor, ya que la resolución de las discrepancias podría influir en la aplicación del Decreto-ley y, por ende, en la efectividad de las medidas de protección. Las disposiciones más relevantes del Acuerdo son: Inicio de negociaciones: Se acuerda iniciar un proceso de negociación para abordar las discrepancias específicas en los artículos 64, 65 y 66 del Decreto-ley. Creación de un Grupo de Trabajo: Se designa un Grupo de Trabajo con el objetivo de analizar las discrepancias y proponer una solución a la Comisión Bilateral de Cooperación. Comunicación al Tribunal Constitucional: Se establece la obligación de comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, en cumplimiento del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, lo que implica que existe un conflicto de competencias o una posible impugnación del Decreto-ley ante dicho tribunal. Publicación oficial: Se ordena la publicación del Acuerdo tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), garantizando su publicidad y conocimiento general. En resumen, el documento refleja un intento de resolver conflictos legales y competenciales entre el Estado y la Región de Murcia en relación con la legislación autonómica destinada a proteger el Mar Menor, mediante la negociación y la búsqueda de soluciones consensuadas, sin perjuicio de la posible intervención del Tribunal Constitucional.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de julio de 2020.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en relación con el Decreto Ley 2/2019, de 26 de diciembre, de protección integral del Mar Menor

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 64, 65 y 66 del Decreto Ley 2/2019, de 26 de diciembre, de protección integral del Mar Menor.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.