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Resolución de 9 de diciembre de 2004, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio específico para el año 2004 del Protocolo General de Colaboración entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

BOE-A-2005-377·7 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Sanidad que publica en el Boletín Oficial del Estado el texto de un Convenio Específico firmado entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El objeto principal del convenio es la colaboración financiera para la ejecución de un programa específico en el año 2004: la "Universalización de prevención de drogodependencias en el ámbito escolar" en la Comunidad Autónoma de Extremadura. El convenio afecta principalmente a la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que es la responsable de ejecutar el programa, y a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, que se compromete a financiarlo. Indirectamente, beneficia a la población escolar de Extremadura a través de la implementación de programas de prevención de drogodependencias. Las disposiciones más relevantes son: La financiación por parte de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas del programa de prevención con un importe de 99.000 euros, provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas. La obligación de la Consejería de Sanidad y Consumo de Extremadura de presentar un informe final y de evaluación del programa, así como una certificación detallada del gasto realizado, durante el primer trimestre del año siguiente. La vigencia del convenio, que se extiende desde la fecha de su firma (23 de noviembre de 2004) hasta el 31 de diciembre de 2004. La sujeción del desarrollo y aplicación del convenio a lo establecido en el Protocolo General de Colaboración previo firmado por ambas partes.

Suscrito el 23 de noviembre de 2004, convenio específico para el año 2004 del Protocolo General de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura (Consejería de Sanidad y Consumo), en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de diciembre de 2004.-El Secretario General, Fernando Lamata Cotanda.

ANEXO QUE SE CITA Convenio específico para el año 2004 del Protocolo General de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura (Consejería de Sanidad y Consumo)

En Madrid, a 23 de noviembre de 2004.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo, nombrada por R.D. 558/2004, de 17 de abril, B.O.E. de 18 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el Apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo Órgano de 3 de julio de 1998 sobre competencias para establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas (B.O.E. de 16 de julio de 1998), de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De otra, el Excmo. Sr. D. Guillermo Fernández Vara, Consejero de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de las funciones atribuidas por el Art. 33.10 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Salud y Consumo de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.-Que la actuación de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2004 se concretará en el desarrollo del programa: Universalización de prevención de drogodependencias en el ámbito escolar: 99.000 €. Segundo.-Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas financiará la realización de este programa, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 99.000 euros con cargo al concepto 16.06.313-G.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados.

Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo del programa y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución del mismo. Cuarto.-Que la vigencia de este convenio se extenderá desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2004. Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en triplicado en el lugar y fecha arriba indicados.-La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado Méndez.-El Consejero de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.