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Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

BOE-A-2009-20608·21 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica que publica una Addenda a un protocolo existente entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (en adelante, el Ministerio) y la Comunidad Autónoma de Extremadura. Objeto principal: La Addenda modifica un protocolo previo (prórroga de un convenio de 2005) para ajustar la financiación destinada a programas de acogida e integración de inmigrantes y refuerzo educativo en Extremadura. Específicamente, la Addenda refleja un aumento en la asignación presupuestaria inicial por parte del Ministerio, tras un acuerdo del Consejo de Ministros. A quién afecta: Principalmente, afecta al Ministerio de Trabajo e Inmigración y a la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo sus obligaciones y compromisos financieros. Indirectamente, beneficia a los inmigrantes residentes en Extremadura y a las entidades locales que implementan los programas de acogida e integración. Disposiciones más relevantes: Modificación del Protocolo: Se añade un apartado a la cláusula tercera del protocolo original, estipulando que cualquier variación en la asignación de fondos se reflejará en una Addenda. Obligaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Respetar el marco de cooperación acordado en la Conferencia Sectorial de Inmigración. Presentar un Plan de Acción complementario. Cofinanciar el 30% del coste total de las actuaciones. Derivar al menos el 40% de la aportación complementaria a las Entidades Locales con mayor presión demográfica. Incorporar las actuaciones del plan complementario en la memoria técnica. Obligación del Ministerio: Transferir los fondos aprobados por el Consejo de Ministros. Financiación: El Ministerio transferirá 602.844 € a Extremadura, mientras que la Comunidad Autónoma aportará 258.362 €. Se especifica la distribución de los fondos del Ministerio entre actuaciones de acogida e integración (350.402 €) y refuerzo educativo (252.442 €). Justificación de Fondos: Se establece que la justificación de los gastos se realizará de acuerdo con la normativa vigente. En resumen, la Addenda formaliza un incremento en la financiación destinada a programas de integración de inmigrantes en Extremadura, detallando las obligaciones de ambas partes y la distribución de los fondos.

Suscrita la Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de colaboración suscrito el 21 de julio de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Addenda, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de diciembre de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO

Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito el 21 de julio de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, Don Celestino Corbacho Chaves, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, Dª Pilar Lucio Carrasco, Consejera de Igualdad y Empleo de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente de 24/2007, de 30 de junio (DOE. extraordinario nº 6, de 2 de julio), por Delegación del Presidente de la Junta de Extremadura, según resolución de 2 de agosto de 2007, a quien corresponde la firma de los convenios que se celebren con la Administración General del Estado, según lo dispuesto en el artículo 53.2 de la ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar la presente Addenda al Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.–Que el 1 de junio de 2009 se firmó, entre el Ministro de Trabajo e Inmigración y la Comunidad Autónoma de Extremadura, un Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito en 2005 para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo de educativo de las mismas.

Segundo.–Que de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Conferencia Sectorial de la Inmigración, acordó en su reunión de 10 de febrero de 2009, los criterios objetivos de distribución del fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos para el ejercicio 2009.

Tercero.–Que en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros aprobado, en su reunión de 30 de abril de 2009, se mantienen los criterios objetivos de distribución acordados y se amplía la asignación presupuestaria inicial por un importe de 59.000.000 euros.

Cuarto.–Existe, por lo tanto disponibilidad de crédito presupuestario en la aplicación presupuestaria del Fondo de Apoyo y se considera prioritaria su distribución entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla firmantes del Protocolo de Prórroga del citado Convenio de colaboración para desarrollar sus programas de actuación dirigidos a favorecer la integración de los inmigrantes.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Addenda al Protocolo de Prórroga del Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera Objeto de la addenda.–La presente Addenda al Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito el 21 de julio de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene por objeto adicionar un apartado tercero a la cláusula tercera del mencionado Protocolo por el que se prorroga para el año 2009 el Convenio de Colaboración suscrito el 21 de julio de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la cual:

«3. En el caso de que la asignación resultante para cada Comunidad Autónoma procedente de la dotación del Fondo de Apoyo para el año 2009 variase en virtud de Acuerdo aprobado en Consejo de Ministros, tal variación será objeto de una Addenda a este Protocolo.»

Así como establecer las condiciones y requisitos a los que se ajustará la aportación complementaria aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de abril de 2009.

Segunda Obligaciones de las partes.

1. La Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete a:

a. Respetar el marco de cooperación acordado en la Conferencia Sectorial de la Inmigración del pasado 10 de febrero.

b. Presentar un Plan de Acción complementario, siguiendo los lineamientos del Plan de Acción aprobado para 2009.

c. Cofinanciar con el 30% el coste total de las actuaciones incluidas en los planes de acción aprobados para 2009.

d. Derivar a las Entidades Locales de su territorio con mayor presión demográfica, como mínimo, el 40% de la aportación complementaria del Ministerio de Trabajo e Inmigración para Acogida e Integración y Refuerzo Educativo.

e. Incorporar en la memoria técnica que deben presentar, la parte de las actuaciones incluidas en el plan de acción complementario aprobado.

2. El Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración se compromete a transferir los fondos aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros.

Tercera Financiación.–El Ministerio de Trabajo e Inmigración transferirá a la Comunidad Autónoma de Extremadura la cantidad de seiscientos dos mil ochocientos cuarenta y cuatro euros (602.844€), consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231h.455.00, con cargo al presupuesto de gastos de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración para 2009.

La Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2009, aporta la cantidad de doscientos cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y dos euros (258.362 €), esta cantidad procede de las siguientes aplicaciones presupuestarias:

14.02.313C.460

14.03.313F.641

14.03.313F.641

La aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración se distribuirá según lo señalado a continuación:

Para las actuaciones de acogida e integración trescientos cincuenta mil cuatrocientos dos euros (350.402 €).

Para las actuaciones de refuerzo educativo, doscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos euros (252.442 €),

Cuarta Justificación del empleo de fondos.–Se presentará una única justificación de los gastos correspondientes a los fondos recibidos con cargo a la aplicación presupuestaria del fondo, según lo establecido en la resolución de 24 de marzo de 2009 (BOE 2 de abril), de la Secretaría General Técnica.

Y, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente addenda, en duplicado ejemplar, en el lugar y la fecha indicados.–Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P.D. Orden Ministerial Comunicada de 16 de marzo de 2009), María Consuelo Rumí Ibáñez.–Por la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejera de Igualdad y Empleo (P.A. del Presidente de la Junta de Extremadura, según resolución de 2 de agosto de 2007), Pilar Lucio Carrasco.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.