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Resolución de 9 de diciembre de 2025, del Instituto Social de la Marina, por la que se modifica la de 7 de diciembre de 2022, por la que se establece el ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales.

BOE-A-2025-25706·16 de diciembre de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 9 de diciembre de 2025 por la Directora del Instituto Social de la Marina (ISM), Elena Martínez Carqués. Su objeto principal es modificar la Resolución del ISM de 7 de diciembre de 2022, que establece el ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales. La resolución afecta principalmente a la organización interna del ISM y, por extensión, a los ciudadanos que solicitan prestaciones económicas al amparo de los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social, especialmente aquellos cuya legislación aplicable sea la de Portugal. Las disposiciones más relevantes son: Modificación del ámbito competencial: Se modifica el apartado 2 del resuelve tercero de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, alterando la distribución de competencias entre las direcciones provinciales del ISM en relación con las pensiones reconocidas al amparo de los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social (específicamente los Reglamentos (CE) núm. 883/2004 y núm. 987/2009, o sus anteriores Reglamentos (CEE) núm. 1408/1971 y núm. 574/1972). El objetivo declarado es mejorar la agilidad en la gestión de estos procedimientos. Tramitación de expedientes pendientes: Se establece una disposición transitoria para los expedientes de prestaciones económicas al amparo de Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social en los que la legislación aplicable sea la de Portugal, cuyas solicitudes se hayan presentado antes de la entrada en vigor de esta resolución y que estén pendientes de resolución. Estos expedientes serán tramitados y resueltos por la Dirección Provincial de Gijón. Entrada en vigor:** La resolución entra en vigor el 1 de enero de 2026. En resumen, la resolución busca optimizar la gestión de las pensiones reconocidas bajo la normativa comunitaria, reasignando competencias entre las direcciones provinciales del ISM y estableciendo un régimen transitorio para los expedientes ya iniciados.

La estructura periférica del Instituto Social de la Marina ha sufrido distintas modificaciones a partir de la Ley de 18 de octubre de 1941, por la que se reorganiza el Instituto Social de la Marina, hasta alcanzar su actual organización periférica en direcciones provinciales. En lo que se refiere al ámbito competencial de las direcciones provinciales también se ha ido modificando con la finalidad de mejorar la eficacia en la actuación de la entidad en el desarrollo de sus funciones.

En la actualidad, el ámbito territorial y competencial de las citadas direcciones provinciales se recoge en la Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, por la que se establece el ámbito competencial y territorial de sus direcciones provinciales.

La citada Resolución determina, en su resuelve tercero que las direcciones provinciales ejercerán sus funciones en el ámbito territorial de actuación que se establece para cada una de ellas en el resuelve segundo con una serie de excepciones para determinadas materias, siendo una de estas excepciones la que afecta a la materia de pensiones reconocidas al amparo de los Reglamentos Comunitarios (CE) núm. 883/2004 y núm. 987/2009, o sus anteriores Reglamentos Comunitarios (CEE) núm. 1408/1971 y núm. 574/1972.

En aras de mejorar la agilidad en la ejecución de los procedimientos de gestión en esta materia se considera necesario proceder a una nueva modificación del ámbito competencial de algunas de las direcciones provinciales del Instituto.

Por lo expuesto, en virtud de las competencias que le atribuye el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina,

Esta Dirección, resuelve:

Primero. Modificación de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, por la que se establece el ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales.

El apartado 2 del resuelve tercero de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, por la que se establece el ámbito territorial y competencial de sus direcciones provinciales, queda redactado de la siguiente manera:

Segundo. Solicitudes ya presentadas y pendientes de resolución.

Los expedientes de prestaciones económicas al amparo de Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social en los que la legislación aplicable sea la de Portugal, cuyas solicitudes se hayan presentado con anterioridad a la entrada en vigor de esta resolución y que se encuentren en dicho momento pendientes de resolución, serán tramitados y resueltos por la Dirección Provincial de Gijón.

Tercero. Entrada en vigor y efectos.

Lo dispuesto en la presente resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2026.

Madrid, 9 de diciembre de 2025.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.