Visto el texto de la revisión salarial del V Convenio Colectivo Estatal para los Centros de Enseñanza de Peluquería y Estética, de Enseñanzas Musicales y de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (publicado en el BOE de 2.7.2007) (Código de Convenio n.º 9909675) que fue suscrito con fecha 26 de mayo de 2008 de una parte por las organizaciones empresariales CECE y ACADE en representación de las empresas del sector y de otra por los sindicatos FETE-UGT, CC.OO. y USO en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 9 de junio de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
REVISIÓN SALARIAL DEL V CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LOS CENTROS DE ENSEÑANZA DE PELUQUERÍA Y ESTÉTICA, DE ENSEÑANZAS MUSICALES Y DE ARTES APLICADAS Y OFICIOS ARTÍSTICOS Tablas salariales 2008
Estas tablas están confeccionadas en 14 pagas.
Categoría
Salario - Euros
Trienio - Euros
Sección A: Aplicables a centros de Enseñanzas Especializadas y Regladas de carácter profesional (Peluquería y Estética)
Grupo I. Personal docente:
Profesor titular
1.156,24
33,54
Jefe de Taller o Laboratorio
1.156,24
33,54
Profesor Adjunto o Auxiliar
1.069,45
31,18
Instructor
956,60
27,58
Grupo II. Personal administrativo:
Jefe de Administración
1.175,41
31,74
Oficial de Administración
953,25
26,81
Auxiliar Administrativo
834,46
26,81
En formación
600,00
26,81
Grupo III. Personal de Servicios Generales:
Conserje
991,63
26,81
Oficial de 1.ª
946,22
26,81
Portero
865,04
26,81
Celador
865,04
26,81
Personal de limpieza
828,20
26,81
Personal no cualificado
828,20
26,81
En formación
600,00
26,81
Sección B: Aplicable a centros de Enseñanzas Regladas Musicales y de Artes Aplicadas a Oficios Artísticos
Grupo I. Personal docente:
Profesor titular
1.073,64
30,21
Jefe de Taller o Laboratorio
1.073,64
30,21
Profesor Adjunto o Auxiliar
970,88
27,58
Maestros de Taller o Laboratorio
970,88
27,58
Instructor
895,19
25,55
Grupo II. Personal administrativo:
Jefe de Administración
1.175,41
31,74
Oficial Administrativo
953,25
26,81
Auxiliar Administrativo
834,46
26,81
En formación
600,00
26,81
Grupo III. Personal de Servicios Generales:
Conserje
991,63
26,81
Oficial de 1.ª
946,22
26,81
Portero
865,04
26,81
Celador
865,04
26,81
Personal de limpieza
828,20
26,81
Personal no cualificado
828,20
26,81
En formación
600,00
26,81