Visto el texto de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2009 y las provisionales del año 2010 del Convenio Colectivo nacional del Sector de Harinas Panificables y Sémolas publicado en el BOE de 3-9-2007 (código de Convenio n.º 9902455), que fue suscrito con fecha 3 de febrero de 2010, de una parte por la Asociación de Fabricantes de Harinas y Sémolas de España, en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones Sindicales UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de marzo de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
TABLA SALARIAL «A» DEFINITIVAS
Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la Industria Harinera y Semolera vigente desde 1 de enero a 31 diciembre de 2009
El chófer tendrá un plus de 4,62 € por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA SALARIAL «B» DEFINITIVAS
Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la Industria Harinera y Semolera vigente desde 1 de enero a 31 diciembre de 2009
El chófer tendrá un plus de 5,35 € por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA SALARIAL «A» PROVISIONAL
Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la Industria Harinera y Semolera vigente desde 1 de enero a 31 diciembre de 2010
El chófer tendrá un plus de 4,68 € por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA SALARIAL «B» PROVISIONAL
Del Convenio Colectivo de ámbito nacional de la Industria Harinera y Semolera vigente desde 1 de enero a 31 diciembre de 2010
El chófer tendrá un plus de 5,42 € por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
Categoría
Salario Base mensual
Plus Convenio mensual
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
892,96
102,30
Maestro Molinero
821,02
101,64
Técnico Laboratorio
821,02
101,64
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
821,02
101,64
Jefe de Contabilidad
821,02
101,64
Oficial Administrativo
776,41
101,20
Viajantes, Vendedores y Compradores
776,41
101,20
Auxiliar Administrativo.
731,72
100,78
Personal Obrero Cualificado:
Diario:
Encargado Almacén y 2.º Molinero
25,03
100,92
Chófer, Mecánico y Electricista
24,85
100,88
Limpiero, Carpintero y Albañil
24,68
100,87
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
24,42
100,78
Personal subalterno:
Guardas y Serenos
21,62
100,01
Repasador de Sacos y Personal Limpieza
21,62
100,01
Categoría
Salario Base mensual
Plus Convenio mensual
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
1.031,69
118,19
Maestro Molinero
948,58
117,42
Técnico Laboratorio
948,58
117,42
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
948,58
117,42
Jefe de Contabilidad
948,58
117,42
Oficial Administrativo
897,03
116,94
Viajantes, Vendedores y Compradores
897,03
116,94
Auxiliar Administrativo.
845,39
116,42
Aspirante menor de 18 años
724,45
115,31
Personal obrero cualificado:
Diario:
Encargado Almacén y 2.º Molinero
28,92
116,61
Chófer, Mecánico y Electricista
28,69
116,56
Limpiero, Carpintero y Albañil
28,52
116,54
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
28,23
116,42
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
24,98
115,54
Repasador de Sacos y Personal Limpieza
24,98
115,54
Categoría
Salario Base mensual
Plus Convenio mensual
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
904,12
103,58
Maestro Molinero
831,28
102,91
Técnico Laboratorio
831,28
102,91
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
831,28
102,91
Jefe de Contabilidad
831,28
102,91
Oficial Administrativo
786,11
102,47
Viajantes, Vendedores y Compradores
786,11
102,47
Auxiliar Administrativo.
740,87
102,04
Personal obrero cualificado:
Diario:
Encargado Almacén y 2.º Molinero
25,34
102,18
Chófer, Mecánico y Electricista
25,16
102,14
Limpiero, Carpintero y Albañil
24,99
102,13
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
24,73
102,04
Personal subalterno:
Guardas y Serenos
21,89
101,26
Repasador de Sacos y Personal Limpieza
21,89
101,26
Categoría
Salario Base mensual
Plus Convenio mensual
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
1.044,59
119,67
Maestro Molinero
960,44
118,89
Técnico Laboratorio
960,44
118,89
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
960,44
118,89
Jefe de Contabilidad
960,44
118,89
Oficial Administrativo
908,24
118,40
Viajantes, Vendedores y Compradores
908,24
118,40
Auxiliar Administrativo.
855,96
117,88
Aspirante menor de 18 años
733,51
116,75
Personal obrero cualificado:
Diario:
Encargado Almacén y 2.º Molinero
29,28
118,07
Chófer, Mecánico y Electricista
29,05
118,02
Limpiero, Carpintero y Albañil
28,88
118,00
Personal obrero no cualificado:
Auxiliar, Empacador y Mozo de Almacén
28,58
117,88
Personal subalterno:
Guardas y Serenos
28,29
116,98
Repasador de Sacos y Personal Limpieza
28,29
116,98