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Resolución de 9 de septiembre de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 1698/2019, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima.

BOE-A-2019-13076·13 de septiembre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica, dependiente de algún ministerio español (no especificado en el texto, pero presumiblemente el Ministerio de Hacienda, dado que la orden impugnada es del Ministerio de Hacienda y Función Pública). Su objeto principal es emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 1698/2019, interpuesto por Cooperativas Agro-Alimentarias de Andalucía ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima. El recurso contencioso-administrativo se dirige contra la Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, que redujo los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva (módulos) del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el período impositivo 2017, específicamente para actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales. Esta resolución afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas que puedan tener un interés legítimo en el resultado del recurso contencioso-administrativo, es decir, a aquellos que se vean afectados, positiva o negativamente, por la Orden HFP/335/2018. Esto incluye, presumiblemente, a agricultores y ganaderos que tributen por el método de estimación objetiva en el IRPF y que se hayan visto beneficiados o perjudicados por la reducción de los índices de rendimiento neto. La disposición más relevante es el emplazamiento en sí mismo. Se concede un plazo de nueve días, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para que los interesados se personen ante la Audiencia Nacional, si así lo desean, para defender sus derechos en el procedimiento judicial. La base legal para este emplazamiento es el artículo 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El objetivo del emplazamiento es garantizar el derecho de defensa y la participación en el proceso judicial de todos aquellos que puedan verse afectados por la decisión final.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, de la Audiencia Nacional, comunica la interposición por parte de Cooperativas Agro-Alimentarias de Andalucía, del recurso contencioso-administrativo contra la Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, por la que se reducen para el período impositivo 2017 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, por lo que se procede mediante la presente Resolución a dar cumplimiento al trámite de emplazamiento a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, disponiendo de un plazo de nueve días, si a su derecho conviene, para personarse en los autos, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el órgano jurisdiccional que lo ordenó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 9 de septiembre de 2019.–La Secretaria General Técnica, Marta de Andrés Novo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.