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Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2022-14761·10 de septiembre de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 9 de septiembre de 2022 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. Estos precios han sido propuestos por los fabricantes e importadores correspondientes. Esta resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de tabaco: Ya que sus propuestas de precios son las que se publican. Expendedurías de Tabaco y Timbre: Quienes deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de tabaco: Quienes pagarán los nuevos precios. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de precios: Se detallan los nuevos PVP para labores de tabaco específicas, diferenciando entre la Península e Islas Baleares, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Inclusión de tributos: Se especifica que los precios publicados ya incluyen todos los impuestos aplicables. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Fundamento legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de septiembre de 2022.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.