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Resolución INT/4023/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Resolución INT/956/2022, de 4 de abril, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2022.

BOE-A-2023-5029·25 de febrero de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución (INT/4023/2022) emitida por el Consejero de Interior de Cataluña, a través del Director del Servicio Catalán de Tráfico (SCT). Su objeto principal es corregir un error material en el anexo B de la Resolución INT/956/2022, que establecía las restricciones de circulación para el año 2022. La resolución afecta a todos los usuarios de las carreteras catalanas, especialmente a aquellos transportistas y conductores que se ven afectados por las restricciones de circulación. Las disposiciones más relevantes son: Corrección del error: Se modifica el anexo B de la Resolución INT/956/2022 para sustituir la fecha del 8 de diciembre de 2022 por la del 11 de diciembre de 2022 en la restricción de circulación especificada. Esto significa que la restricción originalmente programada para el 8 de diciembre se aplicará en realidad el 11 de diciembre. Justificación: La resolución se basa en la Ley 14/1997, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, y en la Resolución INT/741/2011, de delegación de competencias del Consejero de Interior, que otorgan al Director del SCT la potestad para modificar las restricciones de circulación. Entrada en vigor:** La resolución entra en vigor en la fecha de su firma, el 19 de diciembre de 2022. En resumen, la resolución es una corrección técnica para asegurar la correcta aplicación de las restricciones de circulación establecidas para el año 2022 en Cataluña, trasladando una restricción del día 8 al día 11 de diciembre.

El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.

Mediante la Resolución INT/956/2022, de 4 de abril (DOGC núm. 8643, de 7.4.2022), se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2022.

En el anexo B de la citada Resolución consta, por error, la restricción establecida para horarios de retorno para el día 8 de diciembre, cuando esta restricción debería referirse al día 11 de diciembre.

Por todo ello, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del Departamento, procede modificar dicho error.

En consecuencia, resuelvo:

Modificar el anexo B de la Resolución INT/956/2022, de 4 de abril, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2022, en el sentido de sustituir la fecha de aplicación de la restricción establecida para el día 8 de diciembre de 2022 por la fecha del 11 de diciembre de 2022.

Por este motivo, la restricción que constaba aplicable al jueves día 8 de diciembre de 2022 es aplicable al domingo día 11 de diciembre de 2022, con los datos que se especifican en la siguiente tabla:

Barcelona, 19 de diciembre de 2022.–El Consejero de Interior, P. D. (Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo), el Director del Servicio Catalán de Tráfico, Ramon Lamiel Villaró.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.