resolucionVigente

Sentencia de 10 de marzo de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, y contra la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

BOE-A-2022-6604·25 de abril de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de España, fechada el 10 de marzo de 2022. El objeto principal de la sentencia es resolver un recurso contencioso-administrativo (número 700/2017) interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 897/2017 y la Orden ETU/943/2017. Estas normativas regulan la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. La sentencia afecta directamente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gobierno de España (como emisor de las normativas impugnadas) y, de forma indirecta, a todos los consumidores domésticos de energía eléctrica que se puedan beneficiar del bono social y las medidas de protección reguladas. La disposición más relevante es el FALLO, que declara que el Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 897/2017. La estimación parcial se realiza en los términos especificados en el fundamento de derecho séptimo de la sentencia (no incluido en el texto proporcionado). La sentencia también establece que no se imponen costas a ninguna de las partes. En resumen, el Tribunal Supremo ha dado la razón, en parte, a Castilla-La Mancha en su impugnación de la normativa estatal sobre el bono social eléctrico.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/700/2017, interpuesto por La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, y contra la Orden ETU/943/2017, de 6 de Octubre, por la que se desarrolla el RD 897/2017 por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección de los consumidores domésticos de energía eléctrica, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 10 de marzo de 2022, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Que debemos estimar en parte el recurso contencioso-administrativo núm. 700/2017 interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, en los términos del fundamento de derecho séptimo. Sin costas.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Ángel Ramón Arozamena Laso.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.