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Sentencia de 19 de octubre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso contencioso-administrativo número 204/2020, interpuesto por Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) contra el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la Inspección Técnica de Vehículos.

BOE-A-2021-18979·19 de noviembre de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de España, específicamente de la Sala Tercera (Sección Cuarta), con fecha 19 de octubre de 2021. El objeto principal de la sentencia es resolver un recurso contencioso-administrativo (número 204/2020) interpuesto por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) contra el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, que establecía medidas especiales para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) durante un periodo determinado (presumiblemente relacionado con la pandemia). La sentencia afecta directamente a FENADISMER, como parte recurrente, y a la Administración Pública que emitió la Orden SND/413/2020, que es la parte recurrida. Indirectamente, afecta a todos los transportistas y propietarios de vehículos que se vieron afectados por las medidas especiales de la ITV establecidas en la orden impugnada. Las disposiciones más relevantes de la sentencia son: Estimación del recurso: El Tribunal Supremo falla a favor de FENADISMER, estimando el recurso contencioso-administrativo. Anulación del apartado segundo de la Orden SND/413/2020: Se anula el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, que es el objeto de la impugnación. Esto significa que las medidas especiales para la ITV contenidas en ese apartado quedan sin efecto. Imposición de costas: Se imponen las costas del proceso a la parte recurrida (la Administración Pública). Publicación en el BOE: Se ordena la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que le da carácter público y oficial. En resumen, el Tribunal Supremo ha dado la razón a FENADISMER y ha anulado una parte de una orden ministerial que regulaba las ITV, probablemente por considerarla contraria a derecho.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 204/2020, interpuesto por la representación procesal de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) contra el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la Inspección Técnica de Vehículos, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 19 de octubre de 2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero.

Estimar el recurso contencioso-administrativo n.º 204/2020, interpuesto por Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) contra el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la Inspección Técnica de Vehículos y anularlo.

Segundo.

Imponer a las recurridas las costas de este recurso en los términos señalados en el último de los fundamentos jurídicos.

Tercero.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a que se refieren los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley de la Jurisdicción.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva.–Celsa Pico Lorenzo.–Luis María Díez-Picazo Giménez.–María del Pilar Teso Gamella.–Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.–José Luis Requero Ibáñez.–Firmado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.