resolucionVigente

Sentencia de 23 de junio de 2025, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU, contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.

BOE-A-2025-24113·28 de noviembre de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una sentencia judicial emitida por la Sala Tercera del Tribunal Supremo de España, en respuesta a un recurso contencioso-administrativo presentado por Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU, contra la Orden TED/749/2022. El objeto principal del recurso era impugnar la Orden TED/749/2022, que establecía el incentivo o penalización por la reducción de pérdidas en la red de distribución eléctrica para 2016, modificaba la retribución base de varias distribuidoras para ese mismo año, y aprobaba la retribución de las empresas de distribución para los años 2017, 2018 y 2019. La sentencia afecta principalmente a Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU, y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, responsable de la Orden impugnada. Indirectamente, afecta al sector de la distribución de energía eléctrica en España. Las disposiciones más relevantes de la sentencia son: Estimación parcial del recurso: El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de Hidrocantábrico. Recálculo de la retribución: Se reconoce el derecho de Hidrocantábrico a que el Ministerio actualice su retribución para los años 2017, 2018 y 2019, basándose en el recálculo de los parámetros RIbase, RFbase y VR (relativos a la vida residual y retribución base) ya ordenado en una sentencia anterior (647/2024) respecto a la retribución de 2016. Actualización del incentivo de pérdidas: Un auto de complemento posterior especifica que la actualización de la retribución también debe incluir la actualización del valor del incentivo de pérdidas para los ejercicios 2017 y 2018. Desestimación del resto de pretensiones: Se rechazan las demás peticiones formuladas por Hidrocantábrico en su demanda. Costas:** No se imponen las costas del proceso a ninguna de las partes. En resumen, la sentencia obliga al Ministerio a revisar la retribución de Hidrocantábrico para los años 2017-2019, tomando en cuenta un recálculo previo de parámetros clave y actualizando el incentivo de pérdidas, pero desestima otras reclamaciones de la empresa.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/881/2022 interpuesto por la representación de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU, contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 23 de junio de 2025 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero.

Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU, contra la Orden TED 749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.

Segundo.

Se reconoce el derecho de la entidad recurrente a que, de conformidad con lo resuelto por esta Sala en sentencia n.º 647/2024, de 16 de abril (recurso contencioso administrativo n.º 727/2022) en cuanto al recálculo de los parámetros RIbase, RFbase y VR relativos a Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU y, como consecuencia, de la retribución para 2016 (Orden TED/490/2022, de 31 de mayo), por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se proceda asimismo a la actualización de la retribución que la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, asigna a la demandante para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, a partir del recálculo de los citados parámetros vida residual y retribución base.

Tercero.

Se desestiman el resto de las pretensiones formuladas en el suplico de la demanda.

Cuarto.

No se imponen las costas de este proceso a ninguna de las partes.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma. Excmos. Sres. y Excmas. Sras.; D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, presidente; D. Eduardo Calvo Rojas; D. José Luis Gil Ibáñez; D.ª Berta María Santillán Pedrosa; D. Juan Pedro Quintana Carretero; D.ª Pilar Cancer Minchot.

Asimismo se dictó auto de complemento de sentencia de fecha 22 de julio de 2025, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

La Sala acuerda: haber lugar a la subsanación y complemento de la sentencia n.º 791/2025, de 23 de junio (recurso contencioso-administrativo n.º 1/881/2022) en el sentenciado de que el apartado segundo de la parte dispositiva de la sentencia,

donde dice: «(…) Segundo. Se reconoce el derecho de la entidad recurrente a que, de conformidad con lo resuelto por esta Sala en sentencia n.º 647/2024, de 16 de abril (recurso contencioso administrativo n.º 727/2022) en cuanto al recálculo de los parámetros RIbase, RFbase y VR relativos a Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU y, como consecuencia, de la retribución para 2016 (Orden TED/490/2022, de 31 de mayo), por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se proceda asimismo a la actualización de la retribución que la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, asigna a la demandante para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, a partir del recálculo de los citados parámetros vida residual y retribución base.», debe decir: «(…) Segundo. Se reconoce el derecho de la entidad recurrente a que, de conformidad con lo resuelto por esta Sala en sentencia n.º 647/2024, de 16 de abril (recurso contencioso administrativo n.º 727/2022) en cuanto al recálculo de los parámetros RIbase, RFbase y VR relativos a Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU y, como consecuencia, de la retribución para 2016 (Orden TED/490/2022, de 31 de mayo), por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se proceda asimismo a la actualización de la retribución que la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, asigna a la demandante para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, a partir del recálculo de los citados parámetros vida residual y retribución base, así como a la actualización del valor del incentivo de pérdidas de los ejercicios 2017 y 2018.».

Así se acuerda y firma. Excmos. Sres. y Excmas. Sras.; D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, presidente; D. Eduardo Calvo Rojas; D. José Luis Gil Ibáñez; D.ª Berta María Santillán Pedrosa; D. Juan Pedro Quintana Carretero; D.ª Pilar Cancer Minchot.

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