resolucionVigente

Sentencia de 30 de octubre de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso contencioso-administrativo 95/2019 contra el Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general del puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

BOE-A-2019-16423·15 de noviembre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo (Sala Tercera, Sección Cuarta) de fecha 30 de octubre de 2019, que resuelve el recurso contencioso-administrativo número 95/2019. El objeto principal de la sentencia es la anulación del Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, que modificaba la regulación del régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales (Real Decreto 1130/2003) y la determinación de los puestos tipo a efectos de complementos y retribuciones por sustituciones (Real Decreto 2033/2009). El recurso fue interpuesto por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CC.OO.). La sentencia afecta directamente al Ministerio de Justicia, responsable de la elaboración y aprobación del Real Decreto 101/2019, y al Cuerpo de Secretarios Judiciales, cuyo régimen retributivo se pretendía modificar. Indirectamente, afecta al funcionamiento de la Administración de Justicia, al incidir en las condiciones laborales de sus funcionarios. Las disposiciones más relevantes de la sentencia son: Estimación del recurso contencioso-administrativo: El Tribunal Supremo da la razón a la FSC-CC.OO. y anula el Real Decreto 101/2019. Declaración de nulidad del Real Decreto 101/2019: El Real Decreto queda sin efecto. Retroacción del procedimiento: Se ordena que el procedimiento para la modificación del régimen retributivo se retrotraiga a una fase anterior, específicamente para que se lleve a cabo la negociación colectiva con los representantes de los funcionarios. Esto implica que el Ministerio de Justicia debe volver a negociar con los sindicatos antes de aprobar cualquier modificación en la retribución de los Secretarios Judiciales. Imposición de costas a la Administración: El Ministerio de Justicia debe pagar las costas del proceso judicial. Publicación en el BOE:** Se ordena la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial del Estado. En resumen, el Tribunal Supremo considera que el Real Decreto 101/2019 es nulo por no haberse seguido el procedimiento adecuado, en concreto, por no haber mediado la necesaria negociación colectiva con los representantes de los Secretarios Judiciales.

En el recurso contencioso-administrativo número 95/2019, interpuesto por la representación procesal de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CC.OO.) contra el Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general del puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 30 de octubre de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución,

Esta Sala ha decidido:

1.º Estimar el recurso contencioso-administrativo n.º 95/2019, interpuesto por la Federación de Servicios Públicos de Comisiones Obreras contra el Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general del puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, y declarar su nulidad, retrotrayendo el procedimiento para que se lleve a efecto la negociación colectiva del proyecto.

2.º Imponer a la Administración las costas de este recurso en los términos señalados en el último de los fundamentos jurídicos.

3.º Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a que se refieren los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley de la Jurisdicción.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Luis Díez-Picazo Giménez.–Jorge Rodríguez-Zapata Pérez.–Segundo Menéndez Pérez.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva.–María del Pilar teso Gamella.–Firmado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.