Resumen del Artículo 3

Artículo 3 del Convenio Económico Estado-Navarra (ConvEcNav)Competencias exclusivas del Estado. 1. Corresponderá, en todo caso, al Estado: a) La regulación, gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos que se recauden mediante monopolios fiscales, los derechos de importación y los gravámenes a la importación…

ConvEcNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 3

1. Corresponderá, en todo caso, al Estado:

a) La regulación, gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos que se recauden mediante monopolios fiscales, los derechos de importación y los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

b) La regulación de todos los tributos en los que el sujeto pasivo, a título de contribuyente o sustituto, sea una persona física o entidad con o sin personalidad jurídica que, conforme al ordenamiento tributario del Estado, no sea residente en territorio español.

La gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos a que se refiere el párrafo anterior corresponderá a la Comunidad Foral de Navarra conforme a lo previsto en el Convenio Económico.

n el ejercicio de las funciones a que se refiere el párrafo anterior la Comunidad Foral deberá atenerse a lo dispuesto en los Convenios internacionales suscritos por España para evitar la doble imposición, así como en las normas de armonización fiscal de la Unión Europea, debiendo asumir las devoluciones que proceda practicar como consecuencia de la aplicación de tales Convenios y normas. E

2. Quedará siempre a salvo la alta inspección del Estado, en garantía de las facultades que se le reservan en el presente Convenio Económico.

Norma publicada: 26 de diciembre de 1990

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 3

¿Qué dice el Artículo 3 del ConvEcNav?

Competencias exclusivas del Estado. 1. Corresponderá, en todo caso, al Estado: a) La regulación, gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los tributos que se recauden mediante…

¿El Artículo 3 del ConvEcNav está vigente?

El artículo 3 del ConvEcNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 3 dentro del ConvEcNav?

Forma parte del articulado del Convenio Económico Estado-Navarra.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 3?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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