Resumen del Artículo 57

Artículo 57 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. (codigo)Objeto. 1. El Plan General Municipal es el instrumento básico a través del cual se establece la ordenación urbanística de un término municipal completo mediante una regulación integrada y global. 2. El Plan General Municipal tiene por objeto definir la estrategia y modelo…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 57

1. El Plan General Municipal es el instrumento básico a través del cual se establece la ordenación urbanística de un término municipal completo mediante una regulación integrada y global.

2. El Plan General Municipal tiene por objeto definir la estrategia y modelo municipal de ocupación del territorio y establecer la ordenación estructurante para todo el término municipal, de acuerdo con el contenido de los apartados 1 y 2 del artículo 49 de la presente ley foral.

3. El Plan General Municipal establecerá la ordenación pormenorizada únicamente para todo el suelo urbano consolidado, y fijará criterios generales para la ordenación pormenorizada del suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable. En municipios menores de 500 habitantes el Plan podrá establecer la ordenación pormenorizada del conjunto de suelo urbano o urbanizable del municipio si así se ha establecido en la Estrategia y Modelo de Ordenación del Territorio.

Norma publicada: 26 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 57

¿Qué dice el Artículo 57 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 57 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 57?

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