Resumen del Artículo 1

Artículo 1 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Cataluña. Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1

Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1

¿Qué dice el Artículo 1 del EACat?

Cataluña. Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

¿El Artículo 1 del EACat está vigente?

El artículo 1 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1 dentro del EACat?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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